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Tema: tengo una cedula de notificacion y requerimiento

  1. #1
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    Avatar de Madriles44
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    Unhappy tengo una cedula de notificacion y requerimiento

    Hola, es que no se si con esto me puedo oponer o no o que hacer. Es un procedimiento de ejecución de titulos no judiciales sobre un prestamo. Pone que se procede que se depache ejecucion a favor de los ejcutantes salvo que se pague claro. Que se acueda despachar orden general de ejecucion de titulo, que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecuta pueda oponerse al depacho de ejecucion en los terminos previstos en el art. 557 etc. y en el plazo de 10 dias al siguiente a la notificacion del presente auto.
    ¿que puedo hacer? presentar en el juzgado escrito de oposicion entonces?

    gracias de antemano. Vaya añito que llevoooo. Saludos.

  2. #2
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    Aquí tienes una respuesta de RCB a un caso de procedimiento de ejecución de títulos no judiciales:

    http://www.foroantiusura.org/threads...cucion+titulos
    "Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"

    George Patton

  3. #3
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    gracias por el enlace, entonces entiendo que no debo hacer nada, ahora estoy con la ejecución de la hipoteca, a mi ya para este año me han embargado cuenta y lo que me devuelve hacienda si me devuelve este año..... y mi marido percibre prestación por desempleo ¿es embargable esto aunque sea lo unico que nos quede?

  4. #4
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    Tu no puedes presentar ese escrito de oposición.

    Tiene que hacerlo un abogado y un procurador, si la demanda es superior a 2.000 euros.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  5. #5
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    han embargado 6 euros de la cuenta bancaria, porque esta solo a nombre de mi pareja pero como recibe del inem, tiene que cobrar en una cuenta como titular, mi pregunta es:
    el mes que viene cuando cobre el paro el dia 10 ¿podrian embargar eso? es lo único que se recibe y según llega lo saco todo, pero claro si lo pillan es dia ¿que hago? porque no tenemos ningun ingreso mas, lo único que embarguen lo proporcional despues del paro.... ¿no? gracias! esto es un sin vivir... Saludos

  6. #6
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    si, que es superior a 2000 euros

  7. #7
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    Si te embargan eso, te vas al juzgado y solicitas su devolución por ser una cantidad ya o embargable, ya que aunque embargaran la parte proporcional de esa paga, esta se haría en origen, es decir antes de que llegara ese dinero al banco. Lo que llegue al banco de esa prestación es inembargable.
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  8. #8
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    Osea, que tengo que estar ojo avizor para que el proximo mes no embarguen de la cuenta, y una pregunta ¿si abro una cuenta nueva en otro banco y domicilio ahí el inem?

  9. #9
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    Daría igual, puesto que la orden de embargo se habrá dictado sobre cualquier cuenta a tu nombre.
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  10. #10
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    Ya, pero hasta que la localizan pasara algun mes mas digo yo y asi evitaré que el dia de la prestacion del inem me encuentre con 0000, ¿no? o estoy equivocada? Muchas gracias por tus respuestas RCB que esto es un sin vivir, tenemos una ****** de dinero para subsistir y tambien la quitan leñe!

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