
Iniciado por
jotaramon
Recibo respuesta del defensor del cliente de las cajas de ahorro catalanas donde dice textualmente " la oficina XXXX llego a un acuerdo con el cliente condonando la comisión cobrada . Adjunto le remitimos regularización de liquidación por servicio donde se puede comprobar la condonación de la comisión solicitada por el reclamante". Visto lo alegado por la entidad reclaclamada y examinada la documentación que acompaña , considero atendida favorablemente la reclamación de referencia.
Yo no he llegado a ningún acuerdo con ellos mas que nada porque jamas se han puesto en contacto conmigo. Yo reclamaba 800 euros y me "condonaron", que no me devolvieron, 200 euros. Esta reclamación esta en el BdE. Y mi duda es , porque no me dicen exactamente cuales son las comisiones "condonadas" con fecha ? En que se basan para decir esta si y esta no, si son todas por el mismo concepto ?