Esta la respuesta recibida por el SAC de la entidad ante la petición de reembolso de las comisiones por reclamación de posiciones deudoras
(...)las Entidades están legalmente facultadas para fijar las comisiones y/o gastos a repercutir por operaciones o servicios prestados a clientes y usuarios, asi como sus importes, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Servicios de Pago, y que se legitiman al existir una prestación de un servicio y que han de considerarse aceptadas por el cliente mientras subsista el contrato, como en su caso.
¿Que os parece?, han de considerarse aceptadas, les faltó poner, me da igual que quiera aceptar o no el servicio o se haya prestado o no.