enalma estás equivocado, en este documento la AGPD insta a la entidad CITIBANK ESPAÑA, S.A. para que, en el plazo de diez días remita al reclamante "o sea a tí" certificación en la que se te informe de la improcedencia de tus solicitudes "o sea de lo que solicitas" pudiendo incurrir si no lo hace en una de las infracciones previstas en el artículo 44 de la LOPD y eso es precisamente lo que han hecho, te han enviado un certificado firmado por el apoderado de citi "certificando" la improcedencia de lo que pides, sinceramente que tenga un número más el dni o no te tiene que traer sin cuidado porque puede que exista o que hayan pulsado dos veces un número como puede ser el 0, lo que cuenta es que ellos han cumplido como toca y para nada se les está dando diez días para que te requieran fehacientemente el pago de la deuda, algunas veces nos ponemos tan "nerviosos" que no sabemos ni lo que estamos leyendo o estamos tan "obcecados" que entendemos lo que queremos, solo quería aclararte esto... un saludo!
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