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Tema: imputación de pagos

  1. #1
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    Avatar de soygili2000
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    imputación de pagos

    Vamos a ver...yo tengo una deuda con el BSCH y por ella tengo mi cuenta corriente embargada.
    Dicha cuenta corriente es del BBVA donde tengo un préstamo que pago puntualmente todos los meses y así seguiré haciendo.
    El caso es que a partir de ahora tengo que pagar la cuota de ese préstamo por ventanilla para que el embargo no me ventile la pasta en cuenta.
    Pues bien, yo creo que en este caso no procede la imputación de pagos ya que yo no tengo ninguna deuda con el BBVA, lo único que quiero es que ese dinero que ingreso sea para pagar la cuota correspondiente.
    Creéis que me pondrán algún problema en pagarles por ventanilla sin imputación de pagos estrictamente, simplemente de palabra y con un recibí, ya que yo con ellos no tengo ninguna deuda...
    Espero haberme esplicado.

  2. #2
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    Pues es tan sencillo como hablar con ellos y explicarles el caso.

    No creo que te pongan ningún problema con esto.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  3. #3
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    cuando lo hagas nos comentas haber que te han dicho

  4. #4
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    Sinceramente, lo veo muy dificil que lo acepten, pero por hablar con ellos e intentarlo, no pierdes nada, pero un consejo, si te dicen que sí, antes de salir de la sucursal, que te expidan el recibo correspondiente al pago; que luego las palabras se las lleva el tiempo.
    Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
    Si la vida te da la espalda, tócale el culo.

  5. #5
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    Avatar de Maria Hurtado
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    pero ese embargo es puntual ó es perpetuo hasta alcanzar el importe de la deuda?
    El BBVA te lo puede decir, ese embargo tiene una clave y esa clave te indica si es por el saldo que había en ese momento ó es por todos los importes que ingreses.
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

  6. #6
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    No tengo ni idea, me llegó la semana pasada el auto procediendo al embargo de mis cuentas, pero aún no lo han hecho(tengo 20 euros en la cuenta para tantear...).
    No sé cuanto tardaarán en hacerlo y tp sé de qué depende que hagan embargo puntual o perpetuo....algún abogado en la sala que lo sepa?

  7. #7
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    Depende de lo que haya dictado el juez en su auto de embargo.
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  8. #8
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    el auto pone literalmente lo siguiente:
    "se decreta el embargo de los saldoss favorables que posea el ejecutado en las cuentas de las entidades bancarias adscritas al convenio de 16/11/07, realizándose la orden de embargo por vía telemática"

    Esto es todo lo que dice, por tanto.....ni puñetera idea...

  9. #9
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    Hasta no hace mucho los embargos de cuentas bancarias se ejecutaban vía oficio dirigido a la entidad en soporte papel.

    En éstos, unos Juzgados referían expresamente que fuera bloqueada hasta nuevo aviso, y otros simplemente dirigían un texto puntual.

    Sin embargo, desde primeros de este año el Consejo General del Poder Judicial ha servido una aplicación informática mediante la cual se hacen barridos puntuales, en cada ocasión que la parte ejecutante lo solicita.

    Este sistema se está extendiendo por su comodidad, pero siendo un procedimiento relativamente nuevo (y opcional) ignoro si todos los Juzgados del estado español utilizarán esa herramienta, o se decantarán por el sistema tradicional.


    La forma de saberlo es examinando el expediente o preguntando en tu entidad bancaria.
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  10. #10
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    gx RCB, de todos modos me extraña que aún no hayan embargado la cuenta, lo poco que hay vamos ya que el auto es de la semana pasada, sabéis por qué puede ser esto, tardan en enviar la orden de embargo?
    Estaría bien saber cuándo lo harán...

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