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Enviadas Cartas Reclamando Movimientos
Hola, ayer envié sendas cartas certificadas y con acuse de recibo al SAC de Barclays y de la Caixa.
Resulta que en Barclays tengo un prestamo desde 2001 y en esa cuenta solo hago ingresos de los recibos mensuales, me di cuenta que me cargaron comisiones de mantenimiento, y me han dejado la cuenta en negativo -13 eu, y me reclaman la regularización de la cuenta.
En La Caixa el tema es aun peor, estoy en el juzgado, a la espera de juicio, despues de que incluso intentara arreglar mi situacion, poniendome al dia en los pagos, osea que les ingresé el dinero, para nada, ya que han seguido y me han denunciado, vamos como si fuera un delincuente.
Ayer me enteré de que si tienes cuentas donde solamente haces los ingresos de los recibos mensuales de los prestamos y nada más, que es lo que me pasa a mi en estos dos bancos, es totalmente ilegal que me cobren comisiones de servicio y mantenimiento de cuenta.
Así que lo primero que he hecho ha sido reclamar a sendos bancos los extractos de cuenta desde el principio, para así poder calcular cuanto me han cobrado ilegalmente.
Por favor si alguien sabe cual es el BOE donde sale es orden que me lo facilite, por favor.
Muchas gracias por todo, os iré informando.
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En el BOE no, en el BDE.
Es el Banco de España el que publica la normativa bancaria.
A ver si algun compañer@ te lo pone,yo no puedo,lo siento.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Está en los criterios del Banco de España, yo ahora tampoco te lo puedo poner porque estoy desde el móvil, pero dicho esto, si ya tienes judicializados esas dos cuentas, la entidad no te va a enviar nada y el BDE se inhibe de estas reclamaciones que ya están en los tribunales, así que esa opción de reclamación solamente la podrás ejercer en tu defensa en el juicio.
Saludos
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
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Y otra cosa que no habia visto.
No es el SAT (Servicio Asistencia Tecnica), los bancos tienen SAC (Servicio Atencion al Cliente).
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Iniciado por
RCB
Está en los criterios del Banco de España, yo ahora tampoco te lo puedo poner porque estoy desde el móvil, pero dicho esto, si ya tienes judicializados esas dos cuentas, la entidad no te va a enviar nada y el BDE se inhibe de estas reclamaciones que ya están en los tribunales, así que esa opción de reclamación solamente la podrás ejercer en tu defensa en el juicio.
Saludos
Hola, entonces no tengo derecho a tener un extracto de cuenta para saber que cargos he tenido?, esas comisiones no tengo ningun derecho a reclamarlas aunque este el juzgado?. Me perece una autentica pasada.
Gracias
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Si esta en el juzgado, te tendra que llegar un tocho de papeles con los movimientos o tu abogado tendra que pedir esos movimientos y reclamarlo ante el juez.
Pero como ya has enviado esas cartas,espera a ver si te lo mandan.
La normativa del bde dice esto sobre el mantenimiento en cuentas impuestas por la entidad.
Comisión de mantenimiento
BANCO DE ESPAÑA
128
MEMORIA DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES, 2009
El Servicio de Reclamaciones considera que no corresponde a los clientes soportar ninguna
comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen, con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario,por imposición de la entidad,pues conduciría al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación —apertura de cuenta para facilitar la gestión de la enti-
dad— que esta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios,o por voluntad del interesado, pues la comisión carecería de causa. No obstante, si las entidades negaran la gratuidad a este canal de pago, podrían habilitar alternativamente cualquier otro procedimiento para que los prestatarios pudieran hacer los pagos sin coste alguno (como transferencias a una cuenta habilitada a tal fin,domiciliación en cuentas abiertas en otras entidad, etc.). De no ser así, deberían informar del coste a soportar en el momento de la contratación.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Iniciado por
wilfra22
Y otra cosa que no habia visto.
No es el SAT (Servicio Asistencia Tecnica), los bancos tienen SAC (Servicio Atencion al Cliente).
Cambiado, desde luego no se te va una....jajajaja
Mil perdones de un novatillo...
Gracias
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Iniciado por
wilfra22
Si esta en el juzgado, te tendra que llegar un tocho de papeles con los movimientos o tu abogado tendra que pedir esos movimientos y reclamarlo ante el juez.
Pero como ya has enviado esas cartas,espera a ver si te lo mandan.
La normativa del bde dice esto sobre el mantenimiento en cuentas impuestas por la entidad.
Comisión de mantenimiento
BANCO DE ESPAÑA
128
MEMORIA DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES, 2009
El Servicio de Reclamaciones considera que no corresponde a los clientes soportar ninguna
comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen, con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario,por imposición de la entidad,pues conduciría al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación —apertura de cuenta para facilitar la gestión de la enti-
dad— que esta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios,o por voluntad del interesado, pues la comisión carecería de causa. No obstante, si las entidades negaran la gratuidad a este canal de pago, podrían habilitar alternativamente cualquier otro procedimiento para que los prestatarios pudieran hacer los pagos sin coste alguno (como transferencias a una cuenta habilitada a tal fin,domiciliación en cuentas abiertas en otras entidad, etc.). De no ser así, deberían informar del coste a soportar en el momento de la contratación.
Uff que pasada, esto es lo que queria ver, muchisimas gracias, no sabes como te lo agradezco.
Sigo en la lucha...
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Iniciado por
Tungurawa
Cambiado, desde luego no se te va una....jajajaja
Mil perdones de un novatillo...
Gracias
Se me van mas de una,no te creas.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.