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Tema: Dgsfp

  1. #1
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    Avatar de josemari28
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    Dgsfp

    Hola que tal,me ha llegado la carta de DGSFP y no es favorable para mi.¿Que puedo hacer ahora?

  2. #2
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    Avatar de julia59
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    Cuélgala aquí para que podamos verla, sin datos personales.
    Proverbios 28:8 2 El que aumenta su riqueza por interés y usura, la recoge para el que se apiada de los pobres."

  3. #3
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    Avatar de josemari28
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  4. #4
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    Sólo te queda la vía judicial, pero no tienes garatías de nada, ya que en tu caso si que está firmado tu consentimiento al seguro y reconoces haber recibido y leido las condiciones de dicho seguro.

    Lo tienes complicado con esa resolución.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  5. #5
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    Avatar de Maria Hurtado
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    una pregunta, eso que dicen que has firmado.......está dentro de un SOLICITUD DE PRESTAMO???
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

  6. #6

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Ojo, hay un caso en el que un instructor pasó de leer el contrato, lo que decía este era que había un extracto de condiciones generales.

    Cuelga lo que has reclamado a la entidad, el contrato y lo que dirigiste a la DSSFP; puede que se pueda empezar de nuevo de otra forma.

    Esto de Cardif es un caso delicado que hay que abordar de forma cuidadosa.

  7. #7
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    Segun el boe articulo 1254 codigo civil

    TÍTULO II

    De los contratos

    CAPÍTULO PRIMERO

    Disposiciones generales

    Art. 1254.

    El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras,
    a dar alguna cosa o prestar algún servicio.[Bloque 1520: #art1255]


    Art. 1255.

    Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente,
    siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.[Bloque 1521: #art1256]



    Art. 1256.

    La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

    Asi que lo añadido referente a este articulo donde dice
    Por tanto ,para que exista contrato se exige que haya consentimiento
    Este consentimiento puede ser expreso o tacito

    pa mi que se lo ha sacado de la manga o bien
    no a leido lo siguiente articulos 1255 y 1256
    el articulo 1255 del codigo civil dice bien clarito
    Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones
    siempre que no sean contrarios a las leyes

    y otra cosa mas que se a sacado de la manga
    segun el articulo 5 de la ley 50/1980 de contrato de seguros
    y segun dice la señora inspectora
    De forma que la poliza de seguro debe entenderse como un acto de fijacion
    y reproduccion del contrato , sin ser su firma requisito

    El contrato de seguro y sus modificaciones o adicionales
    deberan ser formalizadas POR ESCRITO
    lo dice bien clarito el articulo 5 de la ley 50/1980 de contrato de seguros
    Una solicitud es una solicitud y la póliza es la formalización de esa solicitud

  8. #8

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    La clave puede estar aquí:

    “El abajo firmante manifiesta su conformidad con este contrato después de tener conocimiento de las condiciones generales y particulares y la de su seguro, al dorso señaladas”.

    Y lo que viene al dorso es un extracto de condiciones esenciales. Nunca pidáis la devolución del dinero, que eso le da yu-yu a la DGSFP.
    Pedid que informen de vulneraciones de normas y sanción.

  9. #9

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Jose Mari, pide a Celicar o a Julia el último modelo para reiniciar los trámites de nuevo con cetelem.

  10. #10

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Archivo adjunto 12091

    En el zurullete de contrato ¿venía algo así? Por que eso no son las condiciones generales que suelen ser más de 10 páginas en el caso de cardif.

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