Hola, buenas. Hoy he recibido una carta certificada de Cajamar en la que me responden de mi escrito solicitándole la documentación de mis 3 préstamos hipotecarios que tengo con ellos, en los que les informo de mi disconformidad con varias comisiones (devolución de recibo) que me están cobrando desde hace 4 años, ya que no puedo ponerme al día desde entonces. En fin, ¿qué os voy a contar a vosotros...?
El caso es que mi solicitud tuvo entrada en el SAC el día 21/01/13, y yo viendo que no me respondían cursé mi reclamación al BDE con fecha 09/04/13 (mas de 2 meses después, como vosotros me apuntasteis). El BDE le dio entrada una semana después, y ahora, a los 5 meses, me contestan que la copia de las escrituras de mis préstamos se encuentran en poder de la entidad gestora de mis operaciones y que le traslade mi petición para que "gustosamente me atiendan". Ja.
En segundo lugar, en lo referente a mi solicitud del documento donde se refieren aplicación de intereses, comisión por reclamación de recibo vencido,cuota por recibo devuelto y recargo de mora, especificando el interés que aplican; me indican que en la cláusula cuarta y quinta de las escrituras se recogen los tipos de interés y las comisiones aplicables a cada una de las operaciones. Hasta ahí, bien.
En cuanto al adeudo de las comisiones que yo les indico como improcedentes, me informan, literalmente, "que nuestro ordenamiento jurídico establece la libertad para las entidades de crédito de fijar las comisiones y gastos que repercutirán a sus clientes y usuarios por la prestación de sus servicios financieros, con las únicas condiciones de que hayan sido informados y respondan a servicios efectivamente prestados y/o gastos realmente habidos. En los casos que nos ocupan se ha adeudado varias comisiones por reclamación de posiciones deudoras vencidas, descubiertos o excedidos. Dichas comisiones se cobran por la gestión de reclamación que realiza la entidad ante la existencia de retrasos en los pagos de las cuotas de los referidos préstamos. Las mencionadas comisiones se encuentran pactadas contractualmente respecto a las correspondientes operaciones; y además la entidad ha realizado las gestiones correspondientes ante el cliente deudor para reclamar los impagos producidos; debiendo concluirse, pues, que se desestima la reclamación planteada".
¿Qué quiere decir todo eso? ¿Que debo hacer ahora, esperar que me conteste el BDE o adjuntar esta carta a mi reclamación? Ayudadme porque esta gente me está mareando. Gracias como siempre por vuestra paciencia infinita....