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Tema: pregunta sobre plazo màximo devolución en cuenta

  1. #1
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    Avatar de bull72
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    pregunta sobre plazo màximo devolución en cuenta

    ¿que plazo màximo hay, para que una aseguradora devuelva por un recibo cargado en mi cuenta sin mi autorización?Di de baja (cancelé) la póliza en tiempo y forma.la póliza vencía el 14 de febrero del 2014 y yo la cancelé por escrito el 29 de noviembre del 2013

    ¿que plazo màximo hay, para que una aseguradora al dar la orden de pago,se abone en cuenta el importe?
    Según la aseguradora se dió la orden de pago el 7/3/2014 .... y según el tramitador tardan entre 9 y 10 días en hacerse efectivo ese abono en cuenta.

    Tengo entendido que la nueva ley de pagos ,indica que el plazo màximo de una transferencia nacional es de 1 día hábil¿no?

  2. #2
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    Avatar de Teresa48
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    Una cosa es el plazo de una trasferencia y otra muy distinta los dias que tarda en hacerse efectivo en cuenta una orden de abono.

  3. #3
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    Avatar de bull72
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    ¿No es lo mismo el plazo de trasnferencia y lo que se tarda en hacerse efectivo una orden de abono?
    Quiero decir, si se supone que han dado orden de pago de un siniestro en fecha 6/3/2014 la devolución tendría que ser en 1 día hábil ¿no?
    ¿Porque me dice la asegurtadora que ellos tardan entre 9 y 10 días en pagar,despues de haber dado la orden de pago?(en otro siniestro que tuve,me pagaron a los 2 días de dar la orden de pago)

    Si me han cargado un seguro que cancelé hace tiempo,y me comentan que han dado la orden de devolución,tendría que ser en 1 día hábil¿no?
    ¿Porque me dice la aseguradora que se abonaré en cuenta a los 60 días de la orden de pago, porque está aun en el plazo de devolución?

    La devolución que pido es sobre un recibo que estaba cancelado su domiciliación ,por lo que, lo que ellos aplican de tiempo no se da en este caso.
    Ya que según tengo entendido, cuando es una devolución de un recibo autorizado,que no es mi caso, son 8 semanas que tienes tiempo ,para la devolución del recibo desde el cargo de esté.
    Si esté se cargó en 14/2/2014 y dan la orden de devolución el 17/3/2014....no quedan 60 días de periodo de devolución.

  4. #4
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    Avatar de Maria Hurtado
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    pq no devuelves el recibo y yastá???
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

  5. #5
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    Es que el problema ya no es el recibo que me han cargado habiendo cancelado la póliza,sino que no han pagado un siniestro que declaré el 30/1/2014,y que con fecha del 6/3/2014 dieron orden de pago, y que a fecha de hoy,siguen sin pagar.
    Además de que , las excusas que dan ,son pateticas....

    Ya que saben que legalmente el plazo de un día hábil para efectuarse el abono en cuenta,y constestan que ellos,su policita interna es pagar entre 9 y 10 días despues de haber dado la orden de pago(la orden de transferencia)...
    Lo mismo con la devolución del recibo de la póliza que se anuló el 29 de noviembre del 2013,por escrito y firmada y que el 14/2/2014 pasan cargo en cuenta.
    Se acogen a una legalidad ,que no existe,los supuestos 60 días,desde que reclama el cliente:

    Pero eso ,no es cierto,ya que:
    Primero el cliente no anula un recibo autorizado,sino que pide la devolución inmediata de un cargo sin mi autorización(apropiación iondebida)por lo que el abono a de ser automatico y el mismo día.
    Segundo, ni los 60 días están correctamente calculados,ya que si fuera un recibo domiciliado autorizado,que repito no es mi caso, sería 8 semanas màximo que pueden tardar en devolver,desde el cargo(14/2/2014) no desde que se le reclama.....

  6. #6
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    la póliza que anulé en noviembre es de decesos y el siniestro que les falta por abonar es de Defensa Jurídica(pagar a mi abogado la minuta)
    Ya les he dicho, que al tener abogado, y pedir el abono del sinietsro de defensa jurídica ,por minuta de mi abogado, no hay problema en denunciar mediante letrado lo que están haciendo.

  7. #7
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    ¿puedo pedir a la misma aseguradora asistencia jurídica(letrado) por lo que han hecho ellos mismos?
    Tengo defensa jurídica.No indica en las coberturas que no puedan defendar o asistir esta reclamación.
    Lo digo,porque,sería muy gracioso,que, la aseguradora tuviera que pagar por la denuncia interpuesta por mi, la defensa jurídica¿no?

  8. #8
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    Avatar de Teresa48
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    Pues no creo que el abogado muerda la mano que le da de comer...

  9. #9
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    Pero supongo que puedo pedir defensa jurídica si está incluida en la póliza ¿no?
    No pueden negarse la aseguradora¿no?
    Es una manera ,creo yo, de darles presión para que devuelvan antes.
    Ya veremos.....

  10. #10
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    Avatar de Teresa48
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    Pero esa poliza que tiene asistencia juridica no es la que has cancelado??

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