Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Monitorio Banco Cooperativo

  1. #51
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    Ahora el demandante tiene que presentar en el juzgado una demanda de ejecución (ojo, no siempre llegan a solicitar esa ejecución) y el juzgado te lo comunica.

    En esa demanda de ejecución te viene relacionado lo que solicitan embargar, ya sea nómina, cuentas o devoluciones de hacienda o todo.

    Lo mejor que puedes hacer es no tener nada en esas cuentas, de lo contrario, si el demandante lo solicita, te lo embargarán.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  2. #52
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    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    Ahora el demandante tiene que presentar en el juzgado una demanda de ejecución (ojo, no siempre llegan a solicitar esa ejecución) y el juzgado te lo comunica.

    En esa demanda de ejecución te viene relacionado lo que solicitan embargar, ya sea nómina, cuentas o devoluciones de hacienda o todo.

    Lo mejor que puedes hacer es no tener nada en esas cuentas, de lo contrario, si el demandante lo solicita, te lo embargarán.

    Ojalá me equivoque, pero estoy segura de que van a solicitar la ejecución.

    No tengo nada en las cuentas, pero ingresan la nómina en una de ellas, eso es lo que me preocupa....

    Gracias, RCB.
    Maldito el dinero que viene de la desgracia de los pueblos

  3. #53

    Sxxxxx
    Avatar de Sxxxxx
    Nenuski, ya conoces mi opinión; tú sólo tienes lo que tienes, y nada más. Estás pagando una hipoteca y no tienes propiedades embargables. La ley dice que que te pueden embargar hasta el 30% de la diferencia entre el SMI y lo que cobres por nómina; nada más que eso.
    No tienes una cuenta de "empresa"; sois una familia que vive con un salario mileurista... irán, si lo hacen, a tu nómina (no sé si también procedería una anotación a tu vivienda). Todo lo demás es "reclamable", pues se puede considerar que lo que os queda de nómina resulta imprescindible para poder vivir con cierta dignidad.

    En tu caso, que NO ES IGUAL A TODOS LOS CASOS, yo iría hasta el juzgado y hablaría con el secretario o secretaria judicial que corresponda... estos dan trámite a todos los expedientes que allí se tratan; conocerán "las costumbres, plazos y días" de ejecución... en fin, tú ya sabes.

    Ánimo, y tranquilidad.

    Biquiños.
    Última edición por Sxxxxx; 16/06/2014 a las 17:36

  4. #54

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    mucho ánimo guapa, espero que todo se resuelva de la mejor forma posible... un besito!

    Enviado desde mi FAU movil mediante Tapatalk jejeje

  5. #55
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    Avatar de Teresa48
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    Cita Iniciado por nenuska Ver mensaje
    Bueno, pues ya han pasado los veinte días que tenía para oponerme y ya he recibido carta del juzgado comunicándome que al no haberme opuesto ni pagado se da traslado a la parte actora a fin de que formule demanda de ejecución.............me gustaría saber lo que va a pasar ahora, espero que alguien que ha pasado por esto pueda aclarar mis dudas que son estas:

    ¿Me llamaran del juzgado para que diga cuales son mis bienes embargables?

    ¿Embargan ya directamente?

    ¿Puedo presentar en el juzgado un escrito para intentar evitar que me embarguen las cuentas?........ lo que más me preocupa es el trastorno que me van a causar si embargan las cuentas.

    Gracias.
    Dependera del juzgado si te piden que les des relacion de bienes o no.
    Si embargan la nomina desde origen deberian dejar en paz las cuentas y si no habria que ir al juzgado para que no embagaran dos veces.
    Mucho animo...

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