Ahora el demandante tiene que presentar en el juzgado una demanda de ejecución (ojo, no siempre llegan a solicitar esa ejecución) y el juzgado te lo comunica.
En esa demanda de ejecución te viene relacionado lo que solicitan embargar, ya sea nómina, cuentas o devoluciones de hacienda o todo.
Lo mejor que puedes hacer es no tener nada en esas cuentas, de lo contrario, si el demandante lo solicita, te lo embargarán.