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Tema: Embargo de nominas y pagas extras ???

  1. #1
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    Avatar de morinfo
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    Embargo de nominas y pagas extras ???

    Actualmente me encuentro con un embargo en la nómina por orden judicial sobre mi sueldo me embargan aprox unos 53 euros al mes, voy a cambiar de trabajo y mi mujer va a trabajar tambien, ella tiene una deuda con la seguridad social de autonomos de unos 4500 euros. El sueldo de ambos serie 825 euros , me seguiran embargando a mi y le embargaran a ella lo de la seguridad social, arreglo a el smi esa es la 1ª pregunta ??? y la segunda que pasa cuando se cobre paga extra ?? se contabilizan como nominas aparte y por consiguiente cada nomina tiene su embargo o se hace todo junto ?? gracias

  2. #2
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    Avatar de Pinky
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    Hola morinfo, el smi para 2014 se ha establecido en 645,30 €; por debajo de éste importe no te van a retener nada. Tu embargo va a seguir ejecutándose porque así lo ha decretado el secretario, pero el embargo de tu mujer depende de 2 factores:

    1.- Tendría que superar en su nómina los 645,30 € (cosa que no cuadra porque dices que entre los dos sumaríais 825 €, entiendo que no la embargarían)
    2.- Que el acreedor se entere que ella está trabajando o que soliciten averiguación de bienes al Juzgado y con ello, soliciten la mejora de embargo.

    Sobre lo de la paga extra depende de si es prorrateada, semestral... pero las tablas que marca la Ley son éstas:


    • 1.º Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.
    • 2.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100.
    • 3.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 por 100.
    • 4.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 por 100.
    • 5.º Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100

    Un saludo.

  3. #3
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    Exactamente explicado,y cuando las extras van prorrateadas cada mes se hace:

    Salario por 14 pagas y dividido entre 12 meses,con lo cual el SIM que queda es mayor.Es importante esto porque muchas empresas no miran sí van prorrateadas o no.Ellos cogen todo y le aplican embargo a todo lo que pase del SIM.
    De hecho hemos tenido casos y hemos reclamado.Se ha devuelto el dinero no embargando nada en los próximos meses.

  4. #4
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    Entonces a ver si me aclaro : explico mi caso
    sueldo de 825 euros al mes - el mes que se paga la paga extra seran mas o menos 1500.
    Entonces cuando van prorrateadas serie 645 x 15 = 9675 dividido entre 12 meses = 806,25 estos 806 seran el smi que tengo que aplicar a lo que cobre todos los meses ???????

  5. #5
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    No, no está bien hecho así, el SMI es el mismo, cobres lo que cobres, lo que varía no es el SMI sino las cantidades sobre las que hay que aplicar ese SMI.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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  6. #6
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    entonces 825 x 15 pagas 12375 dividido entre 12 meses = 1031,25 entonces la cantidad a embargar serie 1031,25 - 645 = 386,25 x 0,3 = 115,87 una vez realizado el embargo la cantidad a cobrar todos los meses serie 915 euros aproximadamente, serien las cuentas asi ?????

  7. #7
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    Cobras tres pagas?
    Las cobras junto con el sueldo entonces?
    Vive y se feliz

  8. #8
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    si en el campo son 15 pagas si es asi estan bien hechas las cuentas ???

  9. #9
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    mi problema es saber si no fueran prorrateadas cuando llegue el dia de cobrar la paga extra y te hacen como dos nominas una con el sueldo y otra con la paga, si se suman las dos y se les resta el smi y se aplican los porcentajes me embargarian ese mes unas 356 euros , pero en la web de la agencia tributaria al hacerlo todo en el año cada mes de paga extra un embargo de 96 y solo me sale 356 euros en diciembre y eso es lo que no entiendo.

  10. #10
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    A mi me lo hicieron en dos.Pero claro cobro en distintos días.
    Vive y se feliz

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