Hace unos meses me comentaba alguien del foro que no existe alzamiento de bienes si cambias los bienes de titularidad antes de que haya cualquier reclamación judicial, pero más tarde de eso a otro alguien del foro leí que la ley al respecto habia cambiado y que hay que estar mas cuidadoso al respecto, en relación a esto último me puede indicar alguien como va este tema, qué es lo que hay que tener en cuenta para no incurrir en alzamiento de bienes.
Cualquier texto o enlace para aclararme sera bienvenido.
Saludos y gracias de anticipado.![]()