Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 19

Tema: Monitorio contra The Phone House, tema seguro

  1. #1
    Estado
    Desconectado
    Avatar de bull72
    Fecha de ingreso
    09 sep, 11
    Mensajes
    1,012
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    172

    Monitorio contra The Phone House, tema seguro

    Pusé demanda contra The Phone House, que se admitió a trámite el 13/10/14, y se notificó a The Phone House el 16/10/14 (he visto el acuse de recibo amarillo en el juzgado).
    Ha pasado 20 días, y ni se ha opuesto ni ha pagado.
    Ayer, interpuse un escrito solicitando ejecución del monitorio.

    A ver cuanto tardan en ejecutarlo y abonarme el importe.
    Ya os mantendré informados.

  2. Me gusta VIRMOMA indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  3. #2
    Estado
    Desconectado
    Avatar de juan777
    Fecha de ingreso
    14 jul, 12
    Ubicación
    En la Montaña Serrada
    Mensajes
    6,080
    Me gusta (Dados)
    3023
    Me gusta (Recibidos)
    2469
    Suerte!!!!!!
    "Aparta de mi falsedad y mentira, no me des pobreza ni riqueza, mantenme del pan diario." La Biblia

    NO SE HABLA CON RECOBRADORES !!!! Tu mente te lo agradecerá.

    DIFERENCIA ENTRE UNA TARJETA REVOLVING Y UNA NORMAL
    https://www.foroantiusura.org/thread...ng+diferencias


    PARA SOLICITAR ABOGADO O HACERSE SOCIO, PINCHA AQUI: https://asociacionacusa.org

  4. #3
    Estado
    Desconectado
    Avatar de toniybea
    Fecha de ingreso
    10 mar, 14
    Mensajes
    479
    Me gusta (Dados)
    4
    Me gusta (Recibidos)
    208

    Monitorio contra The Phone House, tema seguro

    Suerte pero si no se han opuesto ahora el juzgado tiene 30 días para que lo hagan efectivo y luego comunicártelo a ti, sino me equivoco así que un poco de paciencia

  5. #4
    Estado
    Desconectado
    Avatar de SanBlas
    Fecha de ingreso
    06 feb, 14
    Ubicación
    En Rivas Madrid
    Mensajes
    18,260
    Me gusta (Dados)
    3158
    Me gusta (Recibidos)
    17023
    Espera tranquilo bull, yo lo tengo admitido a trámite desde bastante antes que tú y al preguntar en el juzgado me dijeron que estaban hasta arriba y que ya me llegaría comunicación del juzgado, el mio lo admitieron a trámite el 01/09/2014.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

  6. #5
    Estado
    Desconectado
    Número de socio:   902

    Avatar de Anele
    Fecha de ingreso
    20 sep, 11
    Ubicación
    Barcelona
    Mensajes
    42,854
    Me gusta (Dados)
    44997
    Me gusta (Recibidos)
    18004
    suerte!!!! los juzgados van lentos

    COMUNICADO PARA LOS NUEVOS SOCIOS
    https://www.foroantiusura.org/thread...-NUEVOS-SOCIOS

    PARA ASOCIARSE:


    https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    HILO TARIFAS ACUSA.
    https://www.foroantiusura.org/thread...ogados-y-ACUSA

    - https://www.foroantiusura.org/thread...TOS-(TEMPORAL)


    PARA SOLICITAR ABOGADO
    https://asociacionacusa.org/formulario-para-solicitar-abogado-de-a-c-u-s-a

    PREGUNTAS FRECUENTES

    https://www.foroantiusura.org/threads/64941-Preguntas-Frecuentes-y-primeros-pasos-IMPRESCINDIBLE

  7. #6
    Estado
    Desconectado
    Avatar de bull72
    Fecha de ingreso
    09 sep, 11
    Mensajes
    1,012
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    172
    Hoy he ido al juzgado, y me han dicho que The Phone house se ha opuesto¿¿??
    Pero les he pedido que me dijeran cuando,porque a mi no me ha llegado la notificación, y me han dicho que tienen que subirlo(del Decanato) de la primera planta al juzgado de 1ª Instancia.Que ya me lo enviaran a casa.....
    Les he preguntado si entonces, directamente habrá juicio verbal (para pedir justicia gratuita) y me han contestado que lo más seguro....
    ¿no es muy raro?,quiero decir, que han pasado 20 días, y, ¿aún no han enviado la notificación desde el juzgado de la oposición de la parte demandada?
    ¿que os parece?

  8. #7
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Amazona22
    Fecha de ingreso
    03 may, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    17,233
    Me gusta (Dados)
    334
    Me gusta (Recibidos)
    5926
    El juzgado tiene 30 dias para comunicar al demandante que el demandado se ha opuesto y te preguntaran si quieres seguir para verbal.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  9. #8
    Estado
    Desconectado
    Avatar de bull72
    Fecha de ingreso
    09 sep, 11
    Mensajes
    1,012
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    172
    Ya puse, en la petición de monitorio, que si se oponia la parte demandada que siguiera por juicio verbal u ordinario.
    Eilfra, lo de los 30 dias que tiene el juzgado para comunicarme que se ha opuesto, ¿donde se detalla ese plazo máximo?
    Me refiero en que articulo o ley lo dice.

  10. #9
    Estado
    Desconectado
    Avatar de bull72
    Fecha de ingreso
    09 sep, 11
    Mensajes
    1,012
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    172
    ¿Cómo se computa el plazo de un mes para interponer la demanda del ordinario?

    Respecto del dies a quo, el plazo de un mes ¿ha de computarse desde la notificación de la providencia teniendo por presentada la oposición por el deudor requerido o desde el traslado de la copia de ese escrito? Aunque se trata de una cuestión controvertida la mejor solución es la ofrecida por el AAP Alicante, sec. 5ª, núm. 82/2011, de 2 junio -EDJ 2011/173644-, que estima que ha de computarse desde la notificación de la resolución teniendo por presentada la oposición por el deudor; el argumento se basa en que "(...) la presentación de la demanda de juicio ordinario que debe de hacer el instante del proceso monitorio, exige una previa decisión del Juez de 1ª Instancia, que debe de comprobar que el escrito de oposición formulado por el demandando en el procedimiento monitorio, ha sido presentado dentro de plazo, que cumple los requisitos legales, tales como la firma de abogado y procurador, así como decidir en razón de la cuantía el tipo de procedimiento a seguir, por lo que lo lógico en la interpretación del artículo comentado (redactado para casos generales y no para este supuesto específico) es pensar que el plazo no correrá sino desde la fecha en que se le de el traslado a través del Juzgado. Interpretarlo de otra forma, equivaldría además, a obligar al demandante del juicio monitorio a formular una demanda de juicio ordinario y acudir, incluso a veces, al asesoramiento y contratación de abogado si no se disponía y realización de costes y gastos que supone la formalización de una demanda, sin saber, si la oposición del demandado reunía los requisitos legales para su viabilidad, a poco que se retrasara el Juzgado en notificarle la procedencia de la oposición formulada".

  11. #10
    Estado
    Desconectado
    Avatar de bull72
    Fecha de ingreso
    09 sep, 11
    Mensajes
    1,012
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    172
    ¿Cómo se computa el plazo de un mes para interponer la demanda del ordinario?

    Respecto del dies a quo, el plazo de un mes ¿ha de computarse desde la notificación de la providencia teniendo por presentada la oposición por el deudor requerido o desde el traslado de la copia de ese escrito? Aunque se trata de una cuestión controvertida la mejor solución es la ofrecida por el AAP Alicante, sec. 5ª, núm. 82/2011, de 2 junio -EDJ 2011/173644-, que estima que ha de computarse desde la notificación de la resolución teniendo por presentada la oposición por el deudor; el argumento se basa en que "(...) la presentación de la demanda de juicio ordinario que debe de hacer el instante del proceso monitorio, exige una previa decisión del Juez de 1ª Instancia, que debe de comprobar que el escrito de oposición formulado por el demandando en el procedimiento monitorio, ha sido presentado dentro de plazo, que cumple los requisitos legales, tales como la firma de abogado y procurador, así como decidir en razón de la cuantía el tipo de procedimiento a seguir, por lo que lo lógico en la interpretación del artículo comentado (redactado para casos generales y no para este supuesto específico) es pensar que el plazo no correrá sino desde la fecha en que se le de el traslado a través del Juzgado. Interpretarlo de otra forma, equivaldría además, a obligar al demandante del juicio monitorio a formular una demanda de juicio ordinario y acudir, incluso a veces, al asesoramiento y contratación de abogado si no se disponía y realización de costes y gastos que supone la formalización de una demanda, sin saber, si la oposición del demandado reunía los requisitos legales para su viabilidad, a poco que se retrasara el Juzgado en notificarle la procedencia de la oposición formulada".

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.