Banco Cetelem, perteneciente al grupo BNP Paribas, condenado a devolver 9.000 euros a un cliente, cobrados en falsos intereses por una deuda de sólo 700 euros.
Los créditos rápidos pueden suponer un 'suicidio económico'. Se han llegado a pagar intereses de más del 22%, lo que supone en un crédito de 15.000 euros a 7 años, llegar a pagar unos 30.000 euros.
El Banco Cetelem, entidad dedicada a la comercialización de créditos rápidos, ha sido condenada por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Getxo a devolver a un cliente 9.000 euros que habían sido cobrados como intereses correspondientes a un crédito contratado con la entidad que no superaba los 700 euros.
Antecedentes
Los clientes, asociados de Ausbanc, compraron un mueble en 2004, y se les ofreció financiar los 700 euros que costaba con Banco Cetelem.
Pero esos 700 euros fueron creciendo, con intereses abusivos, comisiones y seguros que no se sabe de dónde salían, hasta una cantidad que superaba los 7.000 euros. Los clientes habían pagado todas las cuotas desde 2004 hasta 2009, año en que perdieron su empleo y, al revisar las cuentas, advirtieron que la deuda con Cetelem nunca terminaba.
Ante esa situación los clientes deciden dejar de pagar y pedir al banco que les explicara de dónde surgían las cantidades que les reclamaban. Sin embargo, desde la entidad nunca les proporcionaron información detallada al respecto.
El banco interpuso un proceso monitorio y la letrada de Ausbanc, Marisa Gracia, encargada del proceso, argumentó la improcedencia de la reclamación -el cliente no tenía tarjeta de crédito, como afirmaba la entidad, ni se había acreditado la procedencia de la supuesta deuda-. Además, interpuso una reconvención, reclamando al banco 8.000 euros y detallando cada concepto, para que se viera claramente la abusiva gestión del Banco Cetelem.
El cliente había firmado un contrato de financiación con Cetelem, denominado "contrato de tarjeta de crédito sistema flexipago aurora", en el que se señalaba "línea de crédito actual: 700 euros". El contrato prevé la ampliación del crédito, pero en ninguna cláusula se dice que se entrega una tarjeta de crédito, ni la entidad ha podido acreditar que la haya entregado. Y Cetelem asegura que los cargos que se han venido haciendo son consecuencia de las disposiciones efectuadas con la tarjeta.
Según la sentencia, el banco no comunicó al cliente ni siquiera el número de la tarjeta. Y cuando el juez requirió al banco que aportara los justificantes de las presuntas disposiciones efectuadas por el cliente, tan sólo aportaron un documento en el que sólo hacen constar, y de manera unilateral, las partidas que consideran oportuno.
Según la LEC, es el banco quien tiene que acreditar tanto que ha entregado la tarjeta al cliente, como justificar las disposiciones que éste haya podido hacer... pero Cetelem no ha podido hacer ninguna de las dos cosas.
En suma, que el contrato habla de una línea de crédito de 700 euros, los clientes reconocen una deuda de 831,04 euros -los 700, más los intereses correspondientes-... pero habían pagado hasta la fecha un total de ¡¡¡9.801,10 euros!!!
Así que, en palabras del juez: "se estima íntegramente la demanda reconvencional, debiendo abonar la demandante [Banco Cetelem] las cantidades que han sido abonadas y cuya disposición no está acreditada, así como los intereses y demás cantidades no acreditadas por la demandante, que ascienden a 8.978,11 euros".
¡Ojo con los créditos rápidos!
No este es el primer caso que detecta Ausbanc de abusos en los llamados créditos rápidos. Desde la asociación continuamente se alerta del riesgo que suponen. La elección de un crédito rápido en las diferentes entidades que lo comercializan (Mediatis, Cetelem, Cofidis, Credial o Crediágil entre otras) se definiría casi como un 'suicidio económico'. En este sentido, cada vez los consumidores necesitan más dinero y, debido al endurecimiento de este tipo de créditos en la banca tradicional, se acude más a este tipo de empresas que ofrecen el capital en un par de días pero, a cambio, las entidades ofrecen un tipo de interés nominal que supera en la mayoría de los casos el 20%. Y es que, es normal que con tipos de interés nominal de este corte, pedir un crédito de este tipo (la entidad otorga al consumidor la cantidad solicitada en tan sólo 48 horas sin dar explicaciones sobre el uso que se dará al dinero prestado y con poco o ningún papeleo, sería suficiente presentar una nómina y la fotocopia del DNI) en alguna de las entidades que los conceden -y son muchas y crecen muy rápido como consecuencia de la crisis y del cierre crediticio en los bancos, cajas y demás entidades financieras- supone abonar en concepto de intereses, por lo menos, la mitad de dicho crédito. Por ejemplo en un préstamos de rápido de 15.000 euros a 7 años se acaban pagando casi 30.000 euros.
Ante estos abusos, Ausbanc se pregunta si el Banco de España no debería permanecer vigilante ante estos abusos, aunque como es habitual en su Gobernador, Miguel A. Fernandez Ordóñez, en esta ocasión tampoco está ni se le espera.
Fuente: ausbanc.es