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Tema: Lindorff me embarga la nomina

  1. #1
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    Avatar de angi2425
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    Lindorff me embarga la nomina

    Buenas tardes,

    Esta mañana el jefe de mi marido ha ido al juzgado y ha recogido una sentencia en la cual le embargan el sueldo. Se trata de una deuda que teníamos con el Santander por un crédito inicial de 12.000€, del cuál ahora le reclaman casi los 12000 mas costas. El tema está en que yo no he recibido nada que diga que el crédito ha sido vendido a Lindorff. En su día nos llegaría el monitorio del Santander, allá por el 2009, pero nada más. Se puede hacer algo o ya pagar y ya está?

  2. #2
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    Tu no tienes que recibir nada, si no te opusiste a ese monitorio, pues siguió adelante y han ejecutado ahora esos titulos no judiciales. Si Lindorf se ha presentado en el juzgado como parte, pues han solicitado la ejecución y el embargo.

    No hay nada que hacer.......
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  3. #3
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    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    Tu no tienes que recibir nada, si no te opusiste a ese monitorio, pues siguió adelante y han ejecutado ahora esos titulos no judiciales. Si Lindorf se ha presentado en el juzgado como parte, pues han solicitado la ejecución y el embargo.

    No hay nada que hacer.......
    Pues nada, a pagar, no queda otra. Menos mal que ahora estamos en una posición económica privilegiada para los tiempos que corren y podemos hacernos cargo del pago. Gracias por tu respuesta RCB

  4. #4
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    Avatar de elxenxo
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    Desde el monitorio en 2009 te ha llegado ahora el embargo?6 años después? :/

  5. #5
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    Avatar de Pablo711
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    Si es la primera vez que ejecutan desde el monitorio puede que su acción esté caducada al pasar más de 5 años. Deberíais pasar por el juzgado a preguntar.

  6. #6
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    Cita Iniciado por Pablo711 Ver mensaje
    Si es la primera vez que ejecutan desde el monitorio puede que su acción esté caducada al pasar más de 5 años. Deberíais pasar por el juzgado a preguntar.
    "Esta mañana el jefe de mi marido ha ido al juzgado y ha recogido una sentencia en la cual le embargan el sueldo."
    Si el juzgado a dado trámite a la ejecución de esa sentencia, no ha prescrito.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

  7. #7
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    Avatar de angi2425
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    En 2009 ya se puso una anotación preventiva de embargo sobre mi vivienda, pero no embargaron la nómina de mi marido, no entiendo porqué pues ya tenía nómina. Trabaja en el mismo sitio desde 2009. Entiendo que Lindorff ha comprado el crédito, lo ha notificado al juzgado y ha pedido que embarguen la nómina. Ayer llamaron a mi marido y le dijeron que también tenemos una deuda de tarjeta del santander que no llega a 3000€ que también han comprado ellos y que también está ya judicializada, que pronto nos llegará el embargo. Supongo que esta vez el embargo será sobre mi nómina pues la tarjeta estaba a nombre de los dos.
    Otra cosa, el miércoles voy al SMAC y la empresa en la que trabajaba me va a pagar 3000€, hemos llegado a un acuerdo para que me fuera de la empresa. Si ingreso ese dinero en la cuenta me lo embargarán también?

  8. #8
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    Avatar de M. Angeles
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    Posiblemente también te lo pueden embargar, todo depende si solo han pedido embargo de nomina o también de cuentas.

    Personalmente, intentaría ingresar ese dinero en una cuenta en la que sólo seas autorizada y no titular. Así no podrán tocarlo.
    Y dejé de dar explicaciones cuando comprendí que la gente solo entiende desde su nivel de percepción, nivel de consciencia y nivel de educación.

  9. #9
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    Cita Iniciado por M. Angeles Ver mensaje
    Posiblemente también te lo pueden embargar, todo depende si solo han pedido embargo de nomina o también de cuentas.

    Personalmente, intentaría ingresar ese dinero en una cuenta en la que sólo seas autorizada y no titular. Así no podrán tocarlo.
    Pues no lo ingresaré porque el titular es el, yo estoy de autorizada precisamente por si me llegaba algún embargo que no se llevaran pasta, y el préstamo era a nombre de él. Si cuando nos entren las dos nóminas nos embargan el dinero puedo ir al juzgado a decir que eso no son ahorros? Es decir, que ese dinero es para pagar, no para ahorrar

  10. #10
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    Lo de dinero "para pagar" o "para ahorrar" no creo que sirva de nada, porque son cuestiones sin ninguna trascendencia jurídica. Dependerá de la cuantía de las nóminas para ver que cantidad de dinero es embargable.
    De todos modos el tema de los embargos es algo que ha cambiado bastante en los últimos años con el tema del punto neutro judicial y otros aspectos, por lo que si está declarada la deuda, el embargo y disponeis de recursos para afrontarla, antes o después se acabará haciendo (ya sea vía embargo de nómina, devoluciones de la Agencia Tributaria, etc...)

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