Saludos compañer@s.
Recientemente, leo que hay dudas, sobre el procedimiento de embargo, por parte de nuestra empresa.
Lo siguiente expuesto, es como se hace en mi empresa, quizás en otras no se haga así, simplemente es un ejemplo de mi caso.
Siempre hemos leído en el foro, que el embargo se nos hace, en base al liquido que cobramos, es decir, a lo que llega a nuestra cuenta.
Pues bien, en mi caso y según lo realiza mi empresa, no es así, paso a explicarlo.
Quiero añadir, que no se, si mi empresa lo esta haciendo bien, o mal, pero así es como lo hace.
En definitiva todo va en función de diferentes aspectos de vuestra nomina.
Esto es para aquellos que tengáis los mismos conceptos o parecidos a mi ( anticipos,compras,seguros,etc,etc) que vengan reflejados en vuestras nomina.
Vamos con el ejemplo.
Como podéis comprobar, ese mes cobre liquido 1.186,52€
Hasta hace poco, yo pensaba que si me llegase un embargo, seria sobre esos 1.186,52€
Pero no, como dije antes, según mi empresa no.
Seria así:
Devengos : 1.959,42€
Deduciones : Cot. Contingencia Común 112.31
Cot, Ddesempleo 37.04
Cot.Form. Prof. 2.39
Retencion I.R.P.F. 295,47
TOTAL : 447,21
Cifra de la cual se basan para embargar : 1512,21€
CLARO CELES, ES QUE ESA CANTIDAD ES EL LIQUIDO A PERCIBIR, ES DECIR EL BRUTO, MENOS LOS DESCUENTOS NORMALES, POR LO TANTO ES SOBRE ESTA CANTIDAD SOBRE LA QUE HAY QUE APLICAR EL EMBARGO, TU EMPRESA LO ESTÁ HACIENDO BIEN.
Por lo tanto, el resto de deducciones, ya sean iguales que las mías, o por el concepto que sean, no se quitan para la cifra a embargar.
Como dije antes, así es como se realizan los embargos en mi empresa, quizás otras no lo realicen así.
Un saludo y espero que le sirva a alguien y resuelva, algunas dudas.