Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Resultados 1 al 5 de 5

Tema: CITIBANK. Recomendaciones sobre posible reclamacion.

  1. #1
    Estado
    Desconectado
    Avatar de THORMENTO
    Fecha de ingreso
    09 abr, 12
    Mensajes
    2
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    0

    CITIBANK. Recomendaciones sobre posible reclamacion.

    Buenas noches a todos.

    Quiero exponeros mi caso ya que nose si tengo alguna posibilidad de conseguir algo.

    Cogi la tarjeta en una conocida gasolinera con un saldo inicial de 900€ y al principio todo iba muy bien gastaba y lo devolvia todo al mes siguiente, pero al año empezo a empeorar cuando tuve unos gastos imprevistos y tuve que tirar de la tarjeta, puse un pago de 300€ y seguia pagando religiosamente porque el trabajo me iba bien siendo autonomo.

    Me ampliaron el credito de la tarjeta a 1400€ y se iba gastando mas y disminuyendo lo que podia pagar, asi hasta que me ampliaron a 2200€ hace mas de 2 años que es cuando para mi empezaron las dificultades para poder pagarles, pagando tarde y con comisiones por retraso y por exceso, hasta el punto en que tuve que dejar de hacerlo hace unos 10 o 9 meses o asi.

    Entonces es cuando empezo el calvario llamadas continuas a mi casa y al movil con distintos numeros llegando hasta el punto de avergonzarme por no contestar el telefono o decir al que contestaba que dijera que no estaba, reclamandome casi 3000€

    Hace un tiempo que no me llaman y si lo hacen lo hacen a un numero el cual no uso y esta siempre apagado, hasta hace unos dias que conteste al telefono de mi casa sin darme cuenta y eran los abogados de Citibank, me comentaron que tenia que ingresar algo , que pidiera el dinero a alguien o de lo contrario me llevarian a juicio y tendria que pagar abogado, procurador y como iba a perder tendria que pagar los gastos del juicio diciendome que serian casi 6000€ con todo. Me dijeron que tambien me hacian una quita de los intereses generados y ahi quedo todo.

    Ahora estoy viendolas venir y la verdad es que mirando casos por aqui veo los pasos que tengo que realizar, pero lo que que yo pregunto es si me merece la pena en mi caso , porque no quiero mas problemas de los que tengo.

    Un saludo, muchas gracias y perdon por todo el toston que he escrito.
    Última edición por xxxxxxxxx; 11/04/2012 a las 03:49

  2. #2

    Ixxxxxx
    Avatar de Ixxxxxx
    Hola THORMENTO. Cuando dices que no quieres más problemas de los que ya tienes, no entiendo muy bien que es lo que quieres decir, pero bueno. Claro que tienes posibilidades, has estado pagando los recibos de las tarjetas tarde y mal y eso ha hecho que te carguen una serie de comisiones que las debes reclamar.No te voy a decir los pasos a seguir pues dices que ya los conoces, rería una lástima que no lo hicieras. Creo entender que llevas 9 ó 10 meses sin pagar y entiendo que por ahora no tienes posibilidades de hacerlo. A estas alturas de la película si ingresas alguna cantidad a cuenta no te va a suponer nada. Lo del departamento judicial y todo eso no es más que para asustarte y que pagues. Eso de que te va a costar 6.000 euros y que vas a perder y demás lo dicen ellos, eso estar por ver.
    Yo empezaba con las reclamaciones ya. En el caso de que te pusiesen un monitorio, podrías solicitar justicia gratuita y eso lleva un tiempo, luego te opomdrías al monitorio y eso lleva otro largo tiempo y cuando salga el juicio, (caso que así sea) pagarás lo que diga el juez y cómo diga el juez y no lo que seguramente harían ellos ahora si vas haciendo ingresos sin saber ni en concepto de qué ni a donde van. Bueno esa es mi opinión que espero te haya aclarado algo, la decisión final la tienes tu y aquí hay mucha información y muy buena como para que así sea.
    Un saludo y mucha suerte.

  3. #3
    Estado
    Desconectado
    Avatar de tails
    Fecha de ingreso
    06 mar, 12
    Mensajes
    303
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Hola THORMENTO , tengo el mismo "producto financiero" que tienes tu, yo llevo 3 meses sin pagarles y te garantizo que dentro 33 y de 333 y de 3333 y de 33333 meses no les pagare ni un duro al menos que lo dicte un Juez ¿es tarjeta verdad crack? La llamada es para asustar, abogados? xD permiteme que me descojone, ami el dia que me llamen los "abogados" le dire:


    -Si quienes
    -Hola bueno dias le llamo de Citi del departamento legal, soy Javier Garcia de las fuentes abogado de Citibank
    -Ah si espere un momento (Activando Software de grabacion en mi telefono) Buenos dias, mediante el presente comunicado le informo que esta llamada esta siendo grabada por recomendacion de mi abogado y por la agencia de protecion española de datos AGPD, por favor todo lo que me tengan que comunicar como he dicho 2903128'3128'3412'93123'123123 millones de veces por favor por escrito
    -Cornuo te vamos a llevar Juicio
    -Gracias, por favor que sea lo antes posible timadores, buenas tarde PI PI PI PI PI


    Bueno pongamonos serios, con caracter de urgencia lee esto:


    LEETE SIN FALTA LO QUE HA ELABORADO NUESTRO COMPAÑERO EL CRACK RCB

    http://www.foroantiusura.org/threads...IMPRESCINDIBLE

    NO DEJES DE LEER

    EMPIEZA A RECLAMAR DATOS; CONTRATOS Y DEMAS


    JUAS NO ME JODAS; UNA TARJETA EN LA GASOLINERA, ESTO ME RECUERDA A LAS HIPOTECAS FIRMADAS EN EL BURGER KING DEL TIME SQUARE EN NY DELANTE MIA
    era tan pobre que no tenía más que dinero

  4. #4

    xxxxxxxxx
    Avatar de xxxxxxxxx
    Hola THORMENTO.

    Cada uno sabe sus circunstancias y, sobre eso, poco se puede comentar. Lo que sí te digo es que si hay una entidad de la que se habla mucho en este foro es precisamente CITIBANK.

    Hay post para aburrir sobre sus procedimientos, timos, engaños, acuerdos para locos, estupideces, sms fin del mundo....

    Por favor, si crees que vale la pena plantarles cara (para mí, a muerte incluso; y con presunta deuda o sin ella no les voy a dejar vivir por algunas cosas que hacen, incluso aunque me estén denunciando a diario por acoso), en el rectángulo superior derecho escribe la palabra: CITIBANK. Será como leer todo un Tratado sobre esa entidad.

    Sí te digo una cosa con franqueza: Como te escondas, van a por ti en el sentido de que te notarán huidizo y, obviamente, les estás diciendo que eres "presa" fácil. Se les caerá la baba de llamarte y de intentar coaccionarte.

    Si no les puedes pagar porque no hay cómo, esconderse es respetable, pero un tanto absurdo, porque es muy distinto de que no quieras pagarles.

    Llevas dos post, por lo que entiendo que estás en la fase del horror y no saber cómo salir. Te animo a que leas sobre esta entidad en el foro y ya verás como cambia tu percepción de las cosas y bastante. Ah, no eres un delincuente ni vas a ir a la cárcel. Por posibles deudas -ciertas o no- no se va a la cárcel.

    Si en lugar de Citibank me hablaras del cuarteto del horror (Cetelem, Cofidis, Carrefour, Celeris), la estrategia ya tendría que ser distinta porque estos son presuntamente y de apariencia de actos algo parecido a la MAFIA. (pena no tener nada con ellos para reconducirles hacia el bien)

    Citibank son muy tontitos, pesados, cansinos, asustaviejas y más como te vean acojonao, a veces graciosos, a veces payasos, a veces cutres, etc, pero mucho mejores que otros.

    Te falta información sobre ellos. Eso es todo.
    Última edición por xxxxxxxxx; 11/04/2012 a las 03:41

  5. #5
    Estado
    Desconectado
    Avatar de papyrus
    Fecha de ingreso
    13 mar, 12
    Mensajes
    23
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    1
    Ya he preparado la carta a Citi y a Carrefour. Son parecidas, así que os paso la más completa, que es la de Citibank, a ver qué opináis. Me gustaría saber si quito o pongo algo antes de enviarla. Básicamente es la vuestra un poco "customizada". Gracias

    SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE CITIBANK ESPAÑA
    P.E. LA MORALEJA, AVENIDA DE EUROPA, 19
    28108 ALCOBENDAS
    MADRID
    Estimados señores/as:
    Una vez recibida la documentación sobre los movimientos generados por la tarjeta Visa Oro que mantuve con ustedes y la refinanciación de la deuda en un préstamo personal, he observado que tras hacer reiterados ingresos en cuenta gran parte de este importe se ha destinado a cubrir una serie de comisiones de 30 euros en concepto de comisión por impago. Esto me ha llevado a repasar movimientos anteriores, advirtiendo que este tipo de comisiones se me han aplicado de manera automática y con cierta frecuencia en el pasado irregularmente, a tenor del asesoramiento de los letrados de la asociación de usuarios de productos financieros especializada en reclamar este tipo de situaciones y a la que me he asociado. Quiero poner de manifiesto que el cobro de comisiones indebidas detectado, tanto por impago de cuota mensual como por exceso, debe repercutir a mi favor la cantidad de 1.141,46 euros, que desgloso en un documento adjunto en formato de tabla Excel.
    Sorprendentemente admiten en su escrito, las condiciones para este tipo de comisiones se calculan con el 1% del crédito o saldo dispuesto más los intereses, a lo que habría que sumar el mínimo a pagar del mes anterior y la comisión de la reclamación de la cuota impagada más los intereses generados. Con estas afirmaciones, y teniendo en cuenta que el TAE aplicado fue de hasta el 26,82% en algunas operaciones, a un juez de instrucción no le resultará difícil determinar los términos usuarios de la tarjeta, de la que ni tan siquiera existe un contrato, sino una mera solicitud. Pero concentrándonos en primer término en lo más gravoso, al haberse producido retrasos en el pago de las distintas cuotas en las fechas relacionadas es considerable que dicho retraso ya se me penaliza mediante un tipo interés de demora de por si suficientemente elevado. Todo ello avalado con un dato más que objetivo: mi deuda era de 5.762 euros en abril del 2009. Tras haber pagado en estos tres años 5.616,61 euros (según el documento único que m e han remitido) más otros 936 euros en comisiones de demora y exceso, actualmente tengo una deuda de 3.598 euros. Es decir, cuando acabe de pagar la deuda habré desembolsado mucho más del triple del dinero que me prestaron, lo que los jueces denominan usura, como comprobarán más adelante en las sentencias que les adjunto.
    La mera existencia de la referida comisión es ilegal, pues no obedece ni a un servicio solicitado previamente por quien esto suscribe, ni a un servicio efectivamente prestado por la entidad que pueda demostrar, ni a un gasto que haya debido asumir ésta porque de hecho la entidad no me ha reclamado nada, habiéndose limitado a repercutir en mi cuenta las referidas comisiones.
    Todo ello vulnera la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.
    Quiero recordar que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en su memoria anual que las comisiones de este tipo (con independencia del nombre que reciban) no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar -porque no existen- haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas, ni la necesidad de las mismas.
    Entiende dicho servicio que la aplicación automática de estas comisiones, «tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado gestiones encaminadas al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión».
    Redunda que su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).

    Les recuerdo además que la ley del préstamo al consumo de 1995 enuncia en el artículo 13 sobre el cobro indebido:

    2. Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos. No consideraré mi reclamación atendida si no me devuelven el importe reclamado más los intereses del TAE del préstamo incrementados en un 5%.

    Les reitero que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria, me he enterado hace unos días que el cobro de las citadas comisiones eran improcedentes y he acudido a una asociación especializada en este tipo de recuperaciones (asociación que tiene un amplio historial de dinero recuperado a su entidad, entre otras), en la cual obtengo asesoramiento profesional por los letrados de dicha asociación; con lo cual alego que he sido ignorante hasta ahora de que era víctima de malas prácticas bancarias.

    Les adjunto una tabla Excel, en la que está, relacionadas todas las cantidades indebidamente cobradas, así como los intereses generados a mi favor, añadiendo el 5% de penalización correspondiente a la Ley del Préstamo al Consumo, lo que hace un total de 1.141,46 euros, que deberán retrotraer en la cuenta xxxxxxxxxx.

    Les agradeceré que retrotraigan dicha cantidad y los respectivos intereses a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de dos meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, les anuncio que presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad. Recordarle en este sentido las sentencias que se están dictando en los juzgados españoles en torno a las condiciones abusivas de tarjetas como la mía, por lo que de no retrotraer la citada cantidad entenderé que debería revisar y denunciar íntegramente las condiciones del contrato que nunca firmé con ustedes.

    Sentencias:
    a) AP Barcelona (Sección 13ª), sentencia núm. 224/2006 de 4 abril. JUR 2006\246548. - Sobre intereses remuneratorios
    b) AP Guadalajara (Sección 1ª), sentencia núm. 62/2005 de 9 marzo. AC 2005\359. - Sobre la apreciación por los Tribunales en cada caso concreto del carácter usurario o abusivo de los intereses pactados en los contratos de préstamo
    c) AP Ourense, sentencia de 12 julio 2004. AC 2004\982. - Sobre intereses usurarios
    d) AP Barcelona (Sección 13ª), sentencia núm. 433/2004 de 9 junio. AC 2004\1049.- Sobre intereses remuneratorios
    e) AP Murcia (Sección 5ª), sentencia núm. 129/2002 de 10 abril. JUR 2002\176582.- Sobre consumidores y usuarios
    f) AP Pontevedra (Sección 4ª), sentencia de 27 junio 2001. AC 2001\1303.- Sobre interés remuneratorio
    g) AP Asturias (Sección 4ª), sentencia núm. 156/2001 de 28 marzo. JUR 2001\127490.
    - Sobre usura
    h) AP Zaragoza (Sección 5ª), sentencia núm. 110/2001 de 26 febrero. JUR 2001\118094. - Sobre usura
    i) AP Málaga (Sección 4ª), sentencia núm. 861/2001 de 20 febrero. AC 2001\1425. - Sobre intereses pactados y límites de normalidad
    j) AP Asturias (Sección 6ª), sentencia núm. 84/2001 de 15 febrero. JUR 2001\125311.- Sobre usura
    k) AP Valencia (Sección 7ª), sentencia núm. 26/2001 de 18 enero. AC 2003\1937. Sobre intereses de demora y carácter abusivo
    l) AP Girona (Sección 1ª), sentencia núm. 495/2000 de 9 noviembre. JUR 2001\61229.- Sobre usura
    m) TS (Sala de lo Civil), sentencia núm. 1038/2001 de 10 noviembre. RJ 2001\9442. - Sobre el préstamo usurario
    n) TS (Sala de lo Civil), sentencia núm. 200/1998 de 7 marzo. RJ 1998\1267.- Sobre la TAE
    ñ) TS (Sala de lo Civil), sentencia núm. 978/1992 de 6 noviembre. RJ 1992\9228.
    o) AP Barcelona (Sección 19ª), sentencia de 5 noviembre 2003. JUR 2004\4562. - Sobre intereses de demora
    p) AP Madrid (Sección 11ª), sentencia de 20 diciembre 2002. AC 2003\387. - Sobre intereses, gastos y comisiones bancarias
    q) AP Cuenca, sentencia de 14 enero 1994. AC 1994\1669. - Sobre la usura
    r) AP Asturias, sentencia de 22 enero 1993. AC 1993\32.


    Sin nada más que añadir, y quedando a la espera de que accedan a las peticiones expuestas en el presente escrito, reciba un cordial saludo.

    Nombre, dni y firma

  6. Me gusta MARIAVS indicó/indicaron que le/s gusta esto.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.