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Reinclusión ASNEF/BADEXCUG TTI Finance-MBNA Dic'16
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Post-It
Gracias SanBlas.
Pero hay algo que no me ha quedado claro: ¿les requiero para que modifiquen las fechas ya o espero a que se cumplan los 6 años desde la fecha de la primera inclusión para reclamar que cancelen mis datos?
Si tienes documentación para demostrar los seis años,no te compliques.
Espera a los seis años.
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Teniendo esa documentación que te sirve como referencia fundamental, lo que si que podrías hacer a ratos libres es pedirles no, exigirles, el requerimiento de pago que tuvieron que hacerte en su momento para poder incluirte en el fichero. A ver como prueban que existió ese requerimiento y si coinciden las cantidades con las notificadas al fichero.
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Reinclusión ASNEF/BADEXCUG TTI Finance-MBNA Dic'16
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Caninus
Teniendo esa documentación que te sirve como referencia fundamental, lo que si que podrías hacer a ratos libres es pedirles no, exigirles, el requerimiento de pago que tuvieron que hacerte en su momento para poder incluirte en el fichero. A ver como prueban que existió ese requerimiento y si coinciden las cantidades con las notificadas al fichero.
Canninus,a mi a dos buitres anteriores,a uno de ellos al pedirle el Derecho de Acceso,uno me lo envió y otro no.
Por eso también creo,que estos no contestan la mayoría de las veces, al Derecho de Acceso o al de Rectificación
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FLGR994
Canninus,a mi a dos buitres anteriores,a uno de ellos al pedirle el Derecho de Acceso,uno me lo envió y otro no.
Por eso también creo,que estos no contestan la mayoría de las veces, al Derecho de Acceso o al de Rectificación
Bueno, el requerimiento es algo con lo que no pueden vacilar. Si existió, no tienen que tener ningún problema en remitirlo y así de paso se pueden confirmar las fechas y las cantidades, no vaya a ser que al verse presionados se saquen del sobaco requerimientos que no tienen nada que ver (ya que son posteriores) con la inclusión del dato en el fichero. Cuidado con las fechas y por supuesto con los importes de la deuda.
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al registro de morosidad asnef le importa un pepino que les mandes documentación de primera inscripción, te siguen poniendo la fecha del fondo buitre, y a la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION ni se preocupa, de pedir cuenta al registro, ( ¿porqué?), esto es parte del misterio, te puedo decir que si llamas a la AGENCIA ESPAÑOLA y le dás la extensión 4, no te lo cojen, tengo la sensación de múltiples llamadas sbre esto, por eso me he dirijido al defensor del pueblo, porque me huele a podrido; hoy me ha contestado diciéndome que se admite la denuncia, y que tendré noticias sobre el mismo, hay que llenar de reclamaciones , para que tomen conciencia de lo que está sucediendo , sobre lo que indicas sanblas tiene toda la razón en el momento que se cumpla 6 años, le pongo una demanda a asnef, y eso es lo importante, la agencia española lo que quiere es que reclames al acreedor, no al registro, que es todo lo contrario que dice la ley, que el responsable es ASNEF O FICHEROS DE MOROSOS
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En principio hay que anular al acreedor que es el que da el primer paso (y el principal), para posteriormente ir a por los palmeros, que son los responsables del fichero. Ir a reclamar a estos vainas de primeras es mear contra el viento, por eso insisto tanto en la primera fase que es la del requerimiento, que de haber existido, es la fecha a partir de la cual se contabiliza el tiempo de permanencia.
Última edición por Caninus; 18/01/2017 a las 21:31
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Caninus
Teniendo esa documentación que te sirve como referencia fundamental, lo que si que podrías hacer a ratos libres es pedirles no, exigirles, el requerimiento de pago que tuvieron que hacerte en su momento para poder incluirte en el fichero. A ver como prueban que existió ese requerimiento y si coinciden las cantidades con las notificadas al fichero.
No llego a entender esto bien Caninus, quizás te esté entendiendo mal.
Dices que podría exigirles, el requerimiento de pago que tuvieron que hacerle en su momento para poder incluirle en el fichero?
No lo entiendo bien, ¿Por qué tendrían que enviárselo?...Yo creo que no se molestarían ni en contestar.
Ellos (supuestamente), tuvieron que presentar ese requerimiento al fichero para que procedieran a la inclusión. Que lo hicieran o no...quilosa. Pero a él, no le van a poner en bandeja su posible infracción, eso está claro.
Depende de ti, el presentar una denuncia ante la AEPD, si estás seguro de que no fue así.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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SanBlas
No llego a entender esto bien Caninus, quizás te esté entendiendo mal.
Dices que podría exigirles, el requerimiento de pago que tuvieron que hacerle en su momento para poder incluirle en el fichero?
No lo entiendo bien, ¿Por qué tendrían que enviárselo?...Yo creo que no se molestarían ni en contestar.
Ellos (supuestamente), tuvieron que presentar ese requerimiento al fichero para que procedieran a la inclusión. Que lo hicieran o no...quilosa. Pero a él, no le van a poner en bandeja su posible infracción, eso está claro.
Depende de ti, el presentar una denuncia ante la AEPD, si estás seguro de que no fue así.
Esto viene a ser como las supuestas gestiones necesarias para poder cobrarte una comisión: que tenían que justificarlo ¿no? Bueno, pues aquí se da el caso de que tienen que demostrar que se te requirió previamente la deuda para poder inscribirte en el fichero y pienso que tendrán que estar en condiciones de probarlo. Con la negativa o con un envío fulero, denuncia y según respuesta, juzgado o juzgado directamente.
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Caninus
Esto viene a ser como las supuestas gestiones necesarias para poder cobrarte una comisión: que tenían que justificarlo ¿no?
Es parecido, pero no igual. Entre el banco y la comisión que te pone sin hacer las gestiones obligatorias, no hay nada de por medio.
En este caso, se supone que han tenido que cumplir con esas gestiones, para que el fichero les admita la inclusión.
Es parecido, pero no igual.
Bueno, pues aquí se da el caso de que tienen que demostrar que se te requirió previamente la deuda para poder inscribirte en el fichero y pienso que tendrán que estar en condiciones de probarlo. Con la negativa o con un envío fulero, denuncia y según respuesta, juzgado o juzgado directamente.
Pues llegamos a lo mismo....si quieres algo, solo te queda denunciar, pero si les han admitido esa inclusión, te vas a tener que pegar con dos.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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SanBlas
Pues llegamos a lo mismo....si quieres algo, solo te queda denunciar, pero si les han admitido esa inclusión, te vas a tener que pegar con dos.
Con los que hagan falta. Pero yo lo que quiero fundamentalmente es la evidencia aportada por el acreedor. A partir de ahí se arrastra al que sea.
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