Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: Cofidis y una señora de 70 años

  1. #1
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    Avatar de JoseFernandez
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    Cofidis y una señora de 70 años

    Hola ¿cómo se inicia una reclamación sobre un contrato de prestamo hecho por telefono? creo haber leido que es diferente si Cofidis te llama a ti, o eres tu quien les llama a ellos. ¿tiene que haber un contrato en papel firmado en este caso por mi suegra, una mujer que no entiende nada de prestamos, y mucho menos de un interés del 24,5%? el primer paso es ¿dejamos de pagar? ¿reclamamos el contrato?¿cómo se hace esta reclamación?. Estando en este estado de confinamiento ¿le querrán dar la documentación a su hija, mi mujer? Tal vez todo esto está en el foro, y no he llegado a leerlo.

  2. #2
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    Avatar de ERCI
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    Hace qué tiempo está pagando ese préstamo?
    Aunque el acuerdo de ese crédito sea por teléfono le enviarian documentación para firmar y enviar de regreso al acreedor.

    Esta en su derecho de reclamar documentación de ese crédito, a su nombre y DNI... firmar y enviar carta certificada con acuse de recibo.

    Cualquier duda nos lo dices.

    Lee con mucha atencion este enlace esta muy bien explicado el procedimiento de reclamación.

    https://www.foroantiusura.org/thread...IMPRESCINDIBLE

  3. #3
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    Avatar de JoseFernandez
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    Con su edad no sabe decirnos como fue el inicio. Yo creo que a ella no le enviaron ninguna documentación para firmar. Que debe haber un contrato telefónico grabado, dando su consentimiento ella cuando al final te hacen la típica pregunta "¿esta usted de acuerdo con todo lo que le hemos leido? Pero creo haber visto no se donde, que si tu les llamas a ellos no es necesario que haya un documento físico firmado y que cuando ellos te llaman a ti, si. Tampoco sabemos si llamo Cofidis a mi suegra o fue ella quien les llamó.
    Como bien me indicas, reclamará la documentación a su nombre no por carta certificada de momento sino por la pagina web. NO podemos salir mucho.
    El tiempo que lleva pagando los 4000€ es año y pico. Creo que ha pagado 1400€ en 14 o 15 mensualidades, pero claro al 24% aún tiene una deuda de 3700€. Una barbaridad vamos

  4. #4
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    Avatar de JoseFernandez
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    He encontrado esto en Consumo Responde- "Cuando sea la persona empresaria la que se ponga en contacto telefónicamente con una persona consumidora para celebrar un contrato a distancia, deberá confirmar la oferta a la persona consumidora por escrito o, si ésta se opone, en cualquier soporte de naturaleza duradera (memorias USB, CD-ROM, DVD, tarjetas de memoria, discos duros, correos electrónicos, mensajes SMS). La persona consumidora sólo quedará vinculada una vez que haya aceptado la oferta mediante su firma o mediante el envío de su acuerdo por escrito, que, entre otros medios, podrá hacerse mediante papel, correo electrónico, fax o sms."
    Me parece muy interesante

  5. #5
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    Por eso te digo que le enviarian documentos para que firme.

    Tu solicita la documentación, aquí en el foro tenemos modelos de cartas, cuando te envien nos lo cuentas.

    A por ellos!!

  6. #6
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    Avatar de Nicol
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    Cofidis y una señora de 70 años

    Mientras no solicites documentación, cómo te dice la asesora Erci, no podemos saber nada. Debes pedirla certificado y acuse de recibo.
    Ya nos contarás

    Enviado desde mi YAL-L21 mediante Tapatalk

  7. #7
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    Avatar de JoseFernandez
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    Pedida la documentación por correo electrónico y por su propia pagina accediendo al Espacio Cliente. Si no contestan tendrá que ser por correo certificado y acuse de recibo.
    Por si le sirve a alguien, con este texto:
    Atención al cliente,
    estando pagando a Cofidis un préstamo desde la fecha 15/3/19 y otro desde la fecha 2/4/19 y no habiendo confirmado por mi parte en soporte escrito dicho contrato les solicito que me adjunten por correo electrónico dado el estado de alarma en el que nos encontramos y siendo dificultuosos los desplazamientos, o por correo ordinario a mi nueva dirección postal, mi vinculación con Cofidis y mi aceptación por escrito firmado con la empresa Cofidis.
    Les agradeceré que me contesten a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 1 mes, en mi calidad de consumidor, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por:La Normativa del Banco de España y La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, Artículo 9.Sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente indica que:
    b) La obligación por parte de la entidad de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de un mes desde su presentación en el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente.
    En caso de que en el citado plazo no obtenga lo reclamado por mí, me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legítimos intereses.
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  8. #8
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    Avatar de Melocoton en Almibar
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    Cofidis y una señora de 70 años

    Cita Iniciado por JoseFernandez Ver mensaje
    Pedida la documentación por correo electrónico y por su propia pagina accediendo al Espacio Cliente. Si no contestan tendrá que ser por correo certificado y acuse de recibo.
    Por si le sirve a alguien, con este texto:
    Atención al cliente,
    estando pagando a Cofidis un préstamo desde la fecha 15/3/19 y otro desde la fecha 2/4/19 y no habiendo confirmado por mi parte en soporte escrito dicho contrato les solicito que me adjunten por correo electrónico dado el estado de alarma en el que nos encontramos y siendo dificultuosos los desplazamientos, o por correo ordinario a mi nueva dirección postal, mi vinculación con Cofidis y mi aceptación por escrito firmado con la empresa Cofidis.
    Les agradeceré que me contesten a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 1 mes, en mi calidad de consumidor, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por:La Normativa del Banco de España y La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, Artículo 9.Sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente indica que:
    b) La obligación por parte de la entidad de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de un mes desde su presentación en el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente.
    En caso de que en el citado plazo no obtenga lo reclamado por mí, me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legítimos intereses.
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    Espero tengas suerte, pero así no se reclama la documentación..
    Vaya por delante que sino te contestan, el BDE no admite correos electrónicos como base de prueba, así que aviso a navegantes no seguir el Consejo de este Forero si queréis llegar a buen puerto. Un saludo.

    Enviado desde mi MI 8 Lite mediante Tapatalk
    Vive y se feliz

  9. #9
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    Cita Iniciado por JoseFernandez Ver mensaje
    Pedida la documentación por correo electrónico y por su propia pagina accediendo al Espacio Cliente. Si no contestan tendrá que ser por correo certificado y acuse de recibo.
    Por si le sirve a alguien, con este texto:
    Atención al cliente,
    estando pagando a Cofidis un préstamo desde la fecha 15/3/19 y otro desde la fecha 2/4/19 y no habiendo confirmado por mi parte en soporte escrito dicho contrato les solicito que me adjunten por correo electrónico dado el estado de alarma en el que nos encontramos y siendo dificultuosos los desplazamientos, o por correo ordinario a mi nueva dirección postal, mi vinculación con Cofidis y mi aceptación por escrito firmado con la empresa Cofidis.
    Les agradeceré que me contesten a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 1 mes, en mi calidad de consumidor, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por:La Normativa del Banco de España y La Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, Artículo 9.Sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente indica que:
    b) La obligación por parte de la entidad de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de un mes desde su presentación en el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente.
    En caso de que en el citado plazo no obtenga lo reclamado por mí, me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legítimos intereses.
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    Debes estar pendiente de tu correo electrónico, si te contestan será por ese medio, si ves que han pasado unos días y no responden, reclama tal como se te ha indicado.

    Suerte.

  10. #10
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    Lo que no acabo de entender, es que pidas consejo en este foro, varios foreros te dan el correspondiente consejo y todos esos consejos están explicados perfectamente en nuestro procedimiento de reclamación (que evidentemente no has leído) y a pesar de todo actuas de la forma que te da la gana.

    Mi pregunta = Para que pides nuestra ayuda, si haces lo que te parece mejor a ti?

    Conclusión = Estás perdiendo el tiempo si no sigues el procedimiento paso a paso.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

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