Bueno, estoy a tres frentes contra cofidis, citibank y cetelem. Con letra propia, y con parrafos tomados de otras reclamaciones del foro, he redactado esta para cofidis, que os parece? Le falta algo, le sobra alg? esta bien?. Ya se que no tenia mucho de donde tirar, pero ya esta bien, que pasa, solo ellos pueden hacer lo que quieran? a ver quien gana xD
A ver que os parece:
SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE COFIDIS HISPANIA EFC. S.A.
Pza. de la Pau s/n Edif. WTC AP1
08940 Cornellá de Llobregat (Barcelona)
Estimado Sr. Pérez,
habiendo leido su escrito con fecha 13 de Julio de 2011, paso a detallarle mi disconformidad con uno de los puntos:
La repercusión de la prima de protección de pagos , la cual no recuerdo haber activado, ya que hubiera intentado hacer uso de este seguro hace dos años aproximadamente, cuando me encontre en situacion de baja, a consecuencia de varias operaciones medicas.
Me resulta extraño el adjunto al documento numero dos (el cual no recuerdo haber firmado) enviado en su carta, ya que parece ser que mi firma estuviera ampliada y pegada en dicho documento, entrando presuntamente asi en un caso de falsificacion de documentos, cosa que yo no puedo demostrar, pero que quizas un juez si, amparado por la:
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
"Artículo 395.
El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."
"Tres primeros números del apartado 1 del artículo 390":
1º Alteracion de un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
2º Simulacion de un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
3º Suposicion en un acto de la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
Ademas, usted dice que yo confirmé la adhesión a su seguro en la solicitud de ampliacion, de fecha 25 de Enero de 2001, siendo el adjunto al documento dos de fecha 15 de Diciembre de 2008, con lo que no entiendo el porque de tantas confirmaciones, si segun usted, ya estaba confirmado a fecha 25 de Enero de 2001.
Dicho esto, les solicito la devolucion en su totalidad del concepto "Prima de seguro".
De confirmarse que mis reclamaciones son justas y el cobro ha sido indebido les agradezco que me abonen el dinero correspondiente en la deuda que yo mantengo con ustedes para aminorar esta, junto con los respectivos intereses incrementados en un 5% según lo que dicta la ley del préstamo al consumo de 1995 que enuncia en el artículo 13 sobre el cobro indebido: “Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos.”
Les comunico que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria he acudido a la ayuda de una plataforma, sin ánimo de lucro y de la cual me he hecho socio, con experiencia en este tipo de reclamaciones.-
Les agradeceré que me contesten, por escrito, a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 2 meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar mi reclamación ante el Servicio de reclamaciones del Banco de España, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a mi petición, DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES e INTERESES y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que considero una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.*
Atentamente