Hola. Una pregunta, puede un banco devolver un recibo de luz de hace dos meses para pagar su mensualidad de tarjeta revolving?, pone razón no especificada por cliente. Gracias.
Hola. Una pregunta, puede un banco devolver un recibo de luz de hace dos meses para pagar su mensualidad de tarjeta revolving?, pone razón no especificada por cliente. Gracias.
Si puede. A mi, en su momento, la Caja Rural me hizo exactamente lo mismo, para cubrir un descubierto, no con un recibo si no con varios. Sin avisar, por supuesto. Y me hizo un buen pifostio.
Última edición por efcarrasco; 30/04/2022 a las 18:21
Yo no tenía ninguno más que pudieran devolver, lo demás eran superiores a dos meses, pero yo no tenía la cuenta en negativo.
Según he leído no es legal, no cumple la ley de servicios de pago, al no tener autorización.
Tendrás que ver qué dice el contrato de la cuenta en este tema.
Un saludo.
Enviado desde mi M2007J3SG mediante Tapatalk
Vive y se feliz
Normalmente esas cosas vienen en los contratos y lo firmamos
No es legal.
Incumple la ley de 2018 de servicios de pago, que exige que después de pagado tiene que autorizarlo el titular y el BDE ya se pronunció en un caso parecido.
16 Cajamar retrocedió cargos procedentes de unos recibos asentados en la cuenta de su cliente, pues los mismos aparecían con carácter definitivo, sin que se hubiera informado al cliente de su naturaleza provisional. Es opinión de este Servicio que, adeudados en cuenta unos determinados recibos, aun cuando el cargo se haya realizado produciendo un descubierto o aumentando el ya existente, la oficina no está legitimada en modo alguno para efectuar las devoluciones de los mismos, sin el consentimiento del titular de la misma y sin causa que lo justifique.
Y en mi caso a mayores no había descubierto, había dinero suficiente para pagar ese recibo.
Yo no firmé que si no hay para pagar la cuota tarjeta, devuelvan en mi nombre un recibo de hace dos meses, firmé por ejemplo que si hay 100 euros en la cuenta, lo utilicen para pagar un recibo de cuota vencida.
Reclamación al SAC y según la ley al BDE y a consumo.
ASOCIATE A A.C.U.S.A .
PREGUNTAS FRECUENTES
Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n
GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.
Repito tienes que mirar la letra pequeña de tu contrato sino viene nada ya tardas en ir a la comandancia de la guardia civil a denunciar los hechos.
Un saludo.
Enviado desde mi M2007J3SG mediante Tapatalk
Vive y se feliz
Lo he mirado y no viene nada de eso, el contrato de cuenta es del 2012 y la ley de servicios de pago de 2009, derogada por la del 2018, ya decía que tenía que ser con autorización del titular, no van a poner cláusulas contrarias a ley.
En el de la tarjeta lo que pone es que si tienes dinero en cuenta te puedes hacer cobros de la cuota parciales si no tienes suficiente cantidad para cubrir toda.
Me devolvieron el recibo, tenía 0, pone razón devolución no especificada por cliente y ya había dinero, y a los 5 minutos cargaron la cuota de la tarjeta.
Según otro foro es algo que suelen hacer las sucursales para los objetivos mensuales o trimestrales de morosidad, aunque sea contrario a la ley.
Última edición por Jannnn; 30/04/2022 a las 20:05
El bde pone esto
En los expedientes de referencia, las entidades no acreditaron contar con el consentimiento previo de sus clientes para que se les adeudaran en sus cuentas los respectivos recibos o documentos de pago, o bien devolvieron recibos adeudados en las cuentas de sus clientes sin haber acreditado que contaran con autorización previa (de sus clientes) para la devolución. En este sentido, debemos insistir en que, en la medida en que esta autorización (igual que la que se precisa para adeudar recibos) va a tener trascendencia jurídica (tanto para el cliente como para terceros), debe poder acreditarse fehacientemente tanto su existencia como los exactos términos de las instrucciones recibidas.