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MARIBELICA
Si le perdonaron 50.000€ es por que no los debía... Por que esas deudas estarian hinfladas a usura y clausulas abusivas.... Y tambien incurres en error si piensas que a todo el mundo le sale lo mismo... Depende de cada persona en particular, de sus ingresos, de sus bienes, de sus deudas y del tipo que sean...
Si tu mujer no paga nada, hay muchos que si les queda por pagar.... Te repito, mucho cuidado con dar a entender que a todos les pasa lo mismo y con todos va igual la LSO, que no.
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Esto último que comentas es algo que, con todos los "despachos" que he hablado, me han dejado claro. Evidentemente depende de cual es la situación económica y financiera de la persona y de como ha llegado a ese nivel de endeudamiento y si está comprometido con las consecuencias, que también avisan que se les han dado todo tipo de casos. También de los casos donde la gente miente sobre su situación o lo que hará a posteriori realmente.
Yo entiendo que el espíritu del foro es la lucha contra la usura bancaria, yo mismo tuve éxito hace unos años (En el hilo hucha está). Luego lo intenté con otras entidades y me topé con un muro, difícil de salvar sin entrar en numerosos pleitos con el consecuente perjuicio para mi escasísima economía y familia.
Pero todo es cuestión de ponderar ambos caminos: la lucha sin descanso o buscar el descanso aceptando los parámetros de la ley. En la actualidad, en mi caso, es lo que creo más conveniente para el futuro, sobre todo de mi niña. Al fin y al cabo no toda la deuda es usura y puedes llegar, en los tiempos que corren, fácilmente al sobreendeudamiento. Y con más información que hace 8 años!!..
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MARIBELICA
Si le perdonaron 50.000€ es por que no los debía... Por que esas deudas estarian hinfladas a usura y clausulas abusivas.... Y tambien incurres en error si piensas que a todo el mundo le sale lo mismo... Depende de cada persona en particular, de sus ingresos, de sus bienes, de sus deudas y del tipo que sean...
Si tu mujer no paga nada, hay muchos que si les queda por pagar.... Te repito, mucho cuidado con dar a entender que a todos les pasa lo mismo y con todos va igual la LSO, que no.
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Buenas tardes,
añado una opinión más a lo comentado por Maribelica, en lo que cada caso es "especial" y hay que hacer muchas preguntas al abogado que nos lleve el caso, preguntas que partiendo por encima de todo, de la honestidad y profesionalidad del abogado, puede no saberlas ni tenerlas previstas.
Expongo mi ejemplo brevemente:
deuda real 65.000 €,
deuda que me reclaman 95.000 €.
No estoy acogido a dicha Ley, porque hice muchas preguntas "de situaciones futuras a dos abogados con los que contacté, independientemente".
Está claro que, si hay BEPI, es porque no pueden cobrarse lo que piden.
El plazo que "estaremos controlados" son unos 7 o 8 años. Duración del proceso + 5 años del plan de pagos.
Otros 5 años, que estaremos vigilados, por los acreedores por si nos toca la lotería, la herencia, o ha mejorado tu situación financiera.
Aunque nadie te garantiza que tu vivienda habitual no entre en la liquidacion de tu patrimonio, o sea que la mantengas, porque el coste de venderla es superior al beneficio que se obtendría.
Pero qué pasaría si dentro de 10 años, el valor de tu vivienda habitual ha aumentado, y como debes "menos préstamo hipotecario" ahora puede ser interesante su venta, No olvidemos que ha mejorado tu situación financiera.
Total 12 o 13 años controlado y/o vigilado, en mi caso habría llegado a la jubilación y con ésta el rescate del plan de pensiones de la empresa nada del otro mundo 6000€, resumiendo habría terminado de pagar la totalidad de los 95000€, sin haber luchado por la legalidad de los intereses y comisiones cobradas indebidamente (30000€).
Porque los acreedores no olvidan ni perdonan.
Por eso como muy bien dice Maribelica, hay que darle muchas vueltas al asunto y cada caso es "único".
Bueno espero que la exposición de mi caso personal "sirva" a alguien.
un abrazo.
PD: tal vez me he vuelto un poco paranoico….jjjj
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Hay está todo Peromato, valorar todo.
y nadie mejor que tú sabes tu situación financiera.
Saludos y suerte
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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

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peromato
Esto último que comentas es algo que, con todos los "despachos" que he hablado, me han dejado claro. Evidentemente depende de cual es la situación económica y financiera de la persona y de como ha llegado a ese nivel de endeudamiento y si está comprometido con las consecuencias, que también avisan que se les han dado todo tipo de casos. También de los casos donde la gente miente sobre su situación o lo que hará a posteriori realmente.
Yo entiendo que el espíritu del foro es la lucha contra la usura bancaria, yo mismo tuve éxito hace unos años (En el hilo hucha está). Luego lo intenté con otras entidades y me topé con un muro, difícil de salvar sin entrar en numerosos pleitos con el consecuente perjuicio para mi escasísima economía y familia.
Pero todo es cuestión de ponderar ambos caminos: la lucha sin descanso o buscar el descanso aceptando los parámetros de la ley. En la actualidad, en mi caso, es lo que creo más conveniente para el futuro, sobre todo de mi niña. Al fin y al cabo no toda la deuda es usura y puedes llegar, en los tiempos que corren, fácilmente al sobreendeudamiento. Y con más información que hace 8 años!!..
El espiritu de este foro, en primer lugar es ayudar.. ¿Como?.. Enseñando como son las cosas realmente, con la verdad contrastada con letrados expertos.....
A nosotros, y estamos en nuestro derecho, no nos gusta esta ley para deudas relativamente pequeñas... ¿Por que?... Por que nadie regala duros a tres pesetas, su procedimiento tiene un coste en ocasiones y segun profesionales que lo gestionen totalmente abusivo teniendo en cuenta que quienes se acogen a esta ley lo hacen por que no pueden pagar sus deudas.. Ya empezamos mal sableando al que no tiene.. Despues tienes que estar dispuesto a perder tu patrimonio si lo tienes o herencias futuras que te puedan llegar de familia... No me refiero a grandes herencias.. Una casita, un piso, un pequeño terreno..... En fin..
Esta ley viene bien sobre todo a empresarios, autònomos etc que deben mucho dinero..... Una persona de a pie con deudas de 50,60.000€ o por una deuda hipotecaria de 100.000€, es un desproposito pagar por que te gestionen esta ley y te controlen y limiten durante años... Por que las deudas siguen ahí. No las borran del mapa....
Por supuesto, cada cual es libre de hacer lo que guste mas... Lo mismo que yo de opinar lo que opino...
NO A ESTA LEY POR DEUDAS PEQUEÑAS.
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Última edición por MARIBELICA; 15/06/2022 a las 21:07
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MARIBELICA
Si le perdonaron 50.000€ es por que no los debía... Por que esas deudas estarian hinfladas a usura y clausulas abusivas.... Y tambien incurres en error si piensas que a todo el mundo le sale lo mismo... Depende de cada persona en particular, de sus ingresos, de sus bienes, de sus deudas y del tipo que sean...
Si tu mujer no paga nada, hay muchos que si les queda por pagar.... Te repito, mucho cuidado con dar a entender que a todos les pasa lo mismo y con todos va igual la LSO, que no.
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Yo no estoy dando a entender que a todo el mundo le pase lo que, a mi mujer, estoy diciendo que hay casos y casos.
Cuando te acoges a esta ley te informan detalladamente sobre las cosas que te pueden pasar, tanto si tienes coche como una vivienda.
En el caso de mu mujer ni tiene vivienda ni coche ni herencia ni nada de nada, por eso ella valoro y decidió acogerse a esta ley, mi caso es igual y como digo ella le funciono, yo estoy en mitad del proceso y veremos cómo me va.
Sobre que la deuda nunca se va, no estoy seguro de ello, pero una vez que obtienes el bepi que te lo dan cuando el plan de pagos a fallado tienes 5 años para que los acreedores puedan reclamar siempre y cuando en los 5 años siguientes a la concesión del bepi aparecen bienes o ingresos ocultos del deudor, se elimine la buena fe del deudor, el deudor no cumpla las obligaciones de pago de deudas no exoneradas y mejore sustancialmente la economía del deudor.
Y vuelvo a repetir, yo no estoy diciendo que todo el mundo le vaya a salir bien, yo hablo de mi caso de lo que he vivido yo y que a nosotros nos funcionó, ni tenemos vivienda y el coche que tenemos no vale la pena ni venderlo para pagar parte de la deuda porque tasado nos dan 4 duros por él.
Esto es como reclamar los intereses usureros, habrá gente que le funcione y gente que no, pues la segunda oportunidad también.
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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

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Spyro
Yo no estoy dando a entender que a todo el mundo le pase lo que, a mi mujer, estoy diciendo que hay casos y casos.
Cuando te acoges a esta ley te informan detalladamente sobre las cosas que te pueden pasar, tanto si tienes coche como una vivienda.
En el caso de mu mujer ni tiene vivienda ni coche ni herencia ni nada de nada, por eso ella valoro y decidió acogerse a esta ley, mi caso es igual y como digo ella le funciono, yo estoy en mitad del proceso y veremos cómo me va.
Sobre que la deuda nunca se va, no estoy seguro de ello, pero una vez que obtienes el bepi que te lo dan cuando el plan de pagos a fallado tienes 5 años para que los acreedores puedan reclamar siempre y cuando en los 5 años siguientes a la concesión del bepi aparecen bienes o ingresos ocultos del deudor, se elimine la buena fe del deudor, el deudor no cumpla las obligaciones de pago de deudas no exoneradas y mejore sustancialmente la economía del deudor.
Y vuelvo a repetir, yo no estoy diciendo que todo el mundo le vaya a salir bien, yo hablo de mi caso de lo que he vivido yo y que a nosotros nos funcionó, ni tenemos vivienda y el coche que tenemos no vale la pena ni venderlo para pagar parte de la deuda porque tasado nos dan 4 duros por él.
Esto es como reclamar los intereses usureros, habrá gente que le funcione y gente que no, pues la segunda oportunidad también.
Perfecto.. Es lo que quería que se me entendiera.. Cada caso es particular..
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jalopezg
Buenas tardes,
añado una opinión más a lo comentado por Maribelica, en lo que cada caso es "especial" y hay que hacer muchas preguntas al abogado que nos lleve el caso, preguntas que partiendo por encima de todo, de la honestidad y profesionalidad del abogado, puede no saberlas ni tenerlas previstas.
Expongo mi ejemplo brevemente:
deuda real 65.000 €,
deuda que me reclaman 95.000 €.
No estoy acogido a dicha Ley, porque hice muchas preguntas "de situaciones futuras a dos abogados con los que contacté, independientemente".
Está claro que, si hay BEPI, es porque no pueden cobrarse lo que piden.
El plazo que "estaremos controlados" son unos 7 o 8 años. Duración del proceso + 5 años del plan de pagos.
Otros 5 años, que estaremos vigilados, por los acreedores por si nos toca la lotería, la herencia, o ha mejorado tu situación financiera.
Aunque nadie te garantiza que tu vivienda habitual no entre en la liquidacion de tu patrimonio, o sea que la mantengas, porque el coste de venderla es superior al beneficio que se obtendría.
Pero qué pasaría si dentro de 10 años, el valor de tu vivienda habitual ha aumentado, y como debes "menos préstamo hipotecario" ahora puede ser interesante su venta, No olvidemos que ha mejorado tu situación financiera.
Total 12 o 13 años controlado y/o vigilado, en mi caso habría llegado a la jubilación y con ésta el rescate del plan de pensiones de la empresa nada del otro mundo 6000€, resumiendo habría terminado de pagar la totalidad de los 95000€, sin haber luchado por la legalidad de los intereses y comisiones cobradas indebidamente (30000€).
Porque los acreedores no olvidan ni perdonan.
Por eso como muy bien dice Maribelica, hay que darle muchas vueltas al asunto y cada caso es "único".
Bueno espero que la exposición de mi caso personal "sirva" a alguien.
un abrazo.
PD: tal vez me he vuelto un poco paranoico….jjjj
No soy experto, ni mucho menos, pero por lo que me han dicho si conceden el bepi, son cinco años en un registro concursal. Y nada más. Y lo que piden me parece lógico, si tienes patrimonio nuevo pues se pagan las deudas...
Si tienes un plan de pagos será, probablemente con una quita importante, sin bepi. No hay registro concursal pero se tiene uno que acoger a lo acordado y (esto ya no lo tengo claro) alguien supongo que velará porque ese plan se cumpla...
Esto en cuanto a la LSO. ¿Cómo se llega a esa deuda? Ese es otro tema... En mi caso concreto no hay mucho reclamable que saliera rentable pelearlo. Veo más sensato, en mi caso concreto, esta salida que la pelea con tres entidades que no resolverían mi situación ni aunque fuera favorable, sólo la retrasaría y además con frustración y muchos gastos también porque, al final, también hay que llegar al juzgado...
Es sólo mi caso concreto...
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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD
Ojo... Que te sacan de ficheros de morosidad pero entras en un registro en el que no se te permite endeudarte mas, pidiendo creditos o financiaciones.
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MARIBELICA
Ojo... Que te sacan de ficheros de morosidad pero entras en un registro en el que no se te permite endeudarte mas, pidiendo creditos o financiaciones.
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Bueno, en el caso de incluirme en ficheros de morosos por dejar de pagar y tener embargo de nómina tengo la impresión de que tampoco iba a tener demasiado acceso a créditos o financiaciones. En cualquier caso esa sería una buena "terapia" para no volver a incurrir en los mismos errores..
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jalopezg indicó/indicaron que le/s gusta esto.
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LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

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peromato
Bueno, en el caso de incluirme en ficheros de morosos por dejar de pagar y tener embargo de nómina tengo la impresión de que tampoco iba a tener demasiado acceso a créditos o financiaciones. En cualquier caso esa sería una buena "terapia" para no volver a incurrir en los mismos errores..
Por supuesto que sí... Pero como he leido en mensajes anteriores que esta ley es estupenda entre otras cosas por que te sacan de ficheros de morosos sin esperar la prescripcion de 5 años..........pues eso... Que te sacan de uno y te meten en otro mucho mas delicadito.
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