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Tema: Monitorio de MyKredit

  1. #11
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    Avatar de alvaroadv
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    Voy a pedir dinero a un familiar y decirle lo que vaya a pagarlo, podria usted decirme, que debo hacer, donde lo pago y que hago, de corazon se lo agradezco, no tengo dinero para un abogado, muchas gracias

  2. #12
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    Si vas a pagar esa cantidad pide cuenta de consignación judicial en el juzgado que lleva tu procedimiento, lo abona y llevas copia del justificante de pago a ese juzgado
    INFORMACION PARA SOCIOS

    SI DESEAS ASOCIARTE Y SOLICITAR ABOGADO
    www.asociacionacusa.org

    Si eres nuevo visita este enlace primero
    https://www.foroantiusura.org/thread...-DE-HACER-NADA

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  4. #13
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    Llama al juzgado y pide que te den todos los datos necesarios para ingresar ese pago en la cuenta del juzgado, has el ingreso y lleva o envía por mail ese resguardo al juzgado para que conste que has recuperado el pago de la deuda.

  5. #14
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    Buenas tardes, me va a ser imposible reunir el dinero para hacer el pago antes de este martes. Podría alguien asesorarme para hacer un escrito o algo que me dé un margen hasta el día 10 al menos del mes que viene... Algo que me dé tiempo o algo... Por favor... Que desesperación y sin vivir... Muchas gracias de antemano por todo lo que hacéis por nosotros.

  6. #15
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    A ver, no te agobies. No es necesario un escrito ni nada. Paga cuando puedas, cuanto antes mejor. Si no te da tiempo en los 20 días, y tienes que esperar al día 10, pues esperas y lo haces ese día, como si lo haces dentro de un año.

    La única consecuencia es que si no pagas en tiempo, le dan "poder" a la parte que te demandó para que pida embargo de tu nómina, por ejemplo, mediante una nueva demanda que se llama Ejecución de títulos judiciales. Esto conlleva más gastos, pero tampoco son una barbaridad. Y tampoco me voy a enrollar porque todavía ni ha sucedido, ni se sabe si va a suceder. Por tanto, y en resumen, paga cuando puedas aunque sea fuera de plazo

  7. #16
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    Primero: la desesperación no lleva a ningún sitio. Apárcala.
    Tienes un mes para buscar soluciones (son veinte días HÁBILES).
    Lo peor que puede pasar es que no pagues (la razón, a estos efectos, es irrelevante). Entonces el Juzgado archivará el Monitorio, y se abrirá el plazo para que la demandante presente el escrito solicitando la ejecución (normalmente, unos meses después).
    Ahí es cuando entrará en juego el embargo.
    No te angusties tampoco por eso, en España, las reglas de embargo son bastante estrictas y, en general, protegen bastante al deudor.
    Tú sabrás cuáles son tus bienes, pero ya te voy a ir diciendo algo: no hay Juez en España que embargue una casa por una deuda de mil euros.
    Y tranquilo, que he visto deudas muchísimo peores y la gente ha salido.

  8. #17
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    Avatar de Rosella
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    Sobretodo deja a un lado la angustia....hasta el dia 10 tienes tiempo.....y si llegara que te han de embargar tampoco se acaba el mundo
    Piensa que esto es el principio del fin

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  9. #18
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    Muchas gracias por vuestro apoyo..... crei que esto era ya un embargo, yo no tengo nada a mi nombre, pero no se yo que pasaria si llega un embargo de nomina a mi jefe. Mi sutuacion laboral correria peligro seguro.... pero bueno.... al menos tengo un margen para juntar ese dinero y no hacer locuras para con el poco dinero que tengo intentar sacar mal con juego e historias.

    Mi ultima pregunta es? tendre una carta o plazo de pago antes de que ejecuten un embargo?

    Gracias por todo, sois geniales

  10. #19
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    Avatar de Rosella
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    Tu jefe que te va de decir?
    Una cosa es lo laboral y otra lo personal...pues con la de gente embargada que hay!


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  11. #20
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    Ya se cuidará muy mucho tu jefe de despedirte por una deuda privada que no tiene nada que ver con la empresa. Eso no es causa objetiva de despido y podría tener implicaciones legales para tu jefe.
    Además, en primer lugar, tienes que tener en cuenta que si tu sueldo es inferior al SMI, ni siquiera podrán embargarte nada. Y luego irá por tramos.
    Respecto a plazo de pago...te acaban de dar un mes...jeje...antes de que se libre ejecución, puedes pagar. Y, en realidad, siempre vas a poder pagar...si pagas la deuda, en el momento que sea, se termina el proceso y en paz.

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