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Monitorio furius capital (crédito si)
Buenas noches!
Como os comentaba ayer, recibí en domicilio donde no resido una carta del sac civil confirmé tenían algo para mi.
Les llamé y me mandaron el tlf del juzgado primera instancia 57, contacte con ellos por email, exponiendo les mi caso, que no vivo ahí.... Y finalmente me dijeron que ya me dirán algo, pero examinando mi caso creen que van archivar el caso y para que me lo pongan el caso en el juzgado de mi localidad.
Que ya me dirán algo por dicho email, ya primeramente me envían a enviar dicha carta por correos.
Revisando ya que me envíaron la demanda por email, veo que es monitorio de furio capital (crédito si) y hay un apartado que pone adminito a tramite solicitud de procedimiento monitorio....
Y más abajo pone confirme lo dispuesto art... Requiero al deudor que en un plazo 20 dias
.. (vale esto se, por lo que decís)
Pero más abajo pone modo impugnación,.. Recurso reposición, ante la letrada... mediante un escrito que se debe presentar en un plazo de 5 días hábiles...
(entonces mi duda a que hay que hacer caso a los 20 días o 5 hábiles)
Si me han dicho que finalmente no me lo van a mandar por correos, que están examinando mi caso, que creen que lo van archivar y poner para que lo lleve el juzgado de mi localidad.
(esto que querrá decir, que lo cierran el caso, y furius tendrá qur volver demandarme? O rapidamente me volverán a citar para que me presente en el juzgado pero de mi localidad???)
Viene agosto, entonces como funcionan los juzgados y estás demandas?
Gracias, si podéis responderme.
Os agradecería si pudierais contestarme o orientarme, ya que es el primero y voy muy perdid@. Leo el foro, pero me entero de la mitad o menos
Última edición por sagitario85; 20/07/2022 a las 08:17
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Entiendo que tenéis vida, familia... Estáis de vacaciones...
Pero alguien puede contestarme o orientarme.
No puedo hacerme socio ahora mismo, por questiones personas.
Pero si podríais responderme o orientarme, bajo todo lo que sabéis. Os lo agradeceria
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Pues si te han dicho eso desde el JUZGADO tendrás que esperar a que te comuniquen algo. Yo, de todas formas, lo que haría es hablar por teléfono, si directamente no puedes ir en persona (que es lo ideal), a ser posible con el Letrado de la Administración (antiguo secretario judicial). Fiarse de lo que te diga un administrativo es jugártela a la ruleta rusa con cinco balas de seis en el tambor del revólver.
Ah, y agosto es totalmente INHABIL para estos temas.
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Monitorio furius capital (crédito si)
Mientras no te llegue nada en papel a tus manos, todo es especular... Y sí, como dice efcarrasco, yo no me fiaria de un funcionario cualquiera.. Unos saben de lo que hablan y otro dicen verdaderas barbaridades.
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Muchas gracias por vuestras respuesta.
He hablado por tlf con el sac y por email con el juzgado de primera instancia
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Iniciado por
MARIBELICA
Mientras no te llegue nada en papel a tus manos, todo es especular... Y sí, como dice efcarrasco, yo no me fiaria de un funcionario cualquiera.. Unos saben de lo que hablan y otro dicen verdaderas barbaridades.
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Buenas noches!!
Os acordáis lo que os dije hace dias
Pues justo han pasado 15 días y voy, bueno ara mismo que llego de currar me encuentro que a venido correos y tengo una carta certificada para pasar a recoger a oficina (claro solo trabajan de lunes a viernes, por la mañana) y es de dicho juzgado de bcn.
Mi duda y necesito de vuestra ayuda. Pone que tengo 15 días naturales para pasar a recogerlo.
Supuestamente me dijeron que no me iban a mandar nada, que espera noticias a dicho email que me informaran, que estaban estudiando mi caso, para archivarlo y enviarlo al juzgado de mi localidad.
Entonces ahora, que pasa? Esa es mi pregunta.
Los 20 días para alegar ya cuentan desde que informaron por email dicha notificación, ya que me adjuntaron los papeles, pero al decirles yo eso. Me dijeron que me esperase a noticias de ellos.
Si no la e recogido pero la recoge en unos días, ya que marcho fuera. Los 20 días entonces cuando cuentan?
Que hago chic@s???!!!??
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Dentro de esos 15 días debes ir a recoger del Juzgado y los días cuentan desde el siguiente día que recojas lo que te han enviado.
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ERCI
Dentro de esos 15 días debes ir a recoger del Juzgado y los días cuentan desde el siguiente día que recojas lo que te han enviado.
Los 20 días para oponerte, cuentan entonces ahora también, porque a llegado el 29 de julio a casa, pero sin estar nadie.
O al ser agosto inhábil, ya pasa a contar para septiembre?
Lo que no entiendo, si es me. Dijeron lo más seguro lo archivemos y se deriva a tu juzgado de localidad, ya te informaremos por dicho email, ya que hablamos por dicho email. Como que no me han dicho nada, o envían la csrta? O quizás sea una csrta informando el que sucede al final.??
Porque aunque me lo enviaran por email, no es viable no? Tengo que tenerlo yo en mano, no?
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Agosto es inhábil para el Juzgado, no para correos.
Última edición por ERCI; 30/07/2022 a las 00:25
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Iniciado por
ERCI
Agosto es inhábil para el Juzgado, no para correos.
Si si lo se. Pero entonces aunque ya este en correos,cuando la recoja dentro de estos 15 días naturales. Al día siguiente de ese día, ya empieza a contar los 20 días del juzgado o empieza a contar a partir de septiembre? Ya que yo la tendré en mano el papel en agosto, pero el juzgado me lo mandó por email en julio.