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Buenos dias a todos, pues como ya os imagenareis, han suspendido el juicio, he tenido que subir al juzgado 8 para informarme, al parecer la parte demandante mando un escrito al escrito para que se suspendiera y a mi no me lo han notificado. Esto fue el 15 de noviembre de 2023 y dicen que no les ha dao tiempo de informarme.
Al parecer me comenta el funcionario que la jueza esta esperando a una resolucion que hay pendiente del tribunal supremo sobre el T.A.E.Me gustaria saber si se pueden pedir daños y prjuicios segun el articulo442 de la LEC pues he perdido el dia en el tarbajo que no es retribuible y el aparcamiento y la gasolina del coche de mi amiga que me ha acompañado.
Muchas gracias a todos por estar ahi
Para aplicar el articulo 442, debió haberse celebrado la Vista, grabarse la vista, y que el Juez confirmara la incomparecencia de la demandante.
Para luego después, resolver en un Auto el desistimiento de la parte demandante y ahí si poder acogerte al Artículo 442 de la Lec.
Suele pasar muchas veces que cualquiera de las partes mediante escrito pida la suspensión de la vista y el juzgado no resuelva tal situación antes se celebrarse la vista.
Te tiene que llegar algo del Juzgado, cuando te llegue lo comunicas por aquí para ver que decidió el Juzgado, y así tu poder actuar en consecuencia.
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"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".