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Tema: ayuda contestacion sac banco CAM

  1. #1
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    ayuda contestacion sac banco CAM

    Hola chicos , despues de dos meses esperando hoy me toco pasar por mi oficina a recojer la resolucion del sac de la cam. a lo mejor es que no saven donde vivo digo yo bueno al grano,les envie la reclamacion segun modelo de aqui para que me devolviesen las comisiones cobradas por reclamacion de deuda desde el año 2008.

    Bueno pues su contestacion literal es la que pongo entre comillado:
    ''al respecto le informamosde que la actuacion de este servicio de atcliente viene regulada por la orden ECO/734/2004,de 11 marzo sobre los departamentosy servicios de at al clientey el defensor del cliente de las entidades financieras, la cual regula los requisitos a respetar por departamento o servico de at al cliente,asi como el procedimiento aque se somete la resolucion de las quejas y reclamaciones ; en la que se vasa el reglamento de la defensa del cliente.


    En el referido reglamento consta su
    art. 11 plazo de presentacion
    El plazo para la presentacion de quejas o reclamaciones sera de dos años a contar desde la fecha en que el cliente tuviese conocimento de los echos causantes de la queja o reclamacion.

    Consecuentemente solo nos es posible atender su solicitud desde los dos ultimos años''


    Osea entiendo que me dan la razon pero solo quieren pagarme los dos ultimos años , pero yo me pregunto ¿no tengo hasta cinco años para reclamarles? eso me a parecido leer por aqui , que devo hacer echarme una mano gracias de antemano

  2. #2
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    Debes comunicarles que acabas de tener conocimiento de la improcedencia de esos cobros y que estas asesorado por los letrados de una Asociación especializada en la recuperación de estas comisiones improcedentemente cobradas y que por lo tanto alegas que acabas de ser consciente de este hecho.

    Consecuentemente, reclamaras al Banco de España si no acceden a la devolución integra de lo reclamado con sus respectivos intereses y de resultar la resolución de dicho organismo favorable a tus intereses, presentaras una demanda ante los tribunales de justicia en defensa de tus legítimos intereses.

    Saludos
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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  3. #3
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    ok , otras dos cosas 1 cuando hice la reclamacion no puse los intereses al ser una hipoca que devo poner el interes cobrado en el ejercicio mas el 5% ointeres legal del dinero que si no me equivoco es el 4%

    y 2 que plazo legal tienen para contestarme a esta segunda car 2 meses?

  4. #4
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    El interes legal del dinero si este fuera superior al firmado en el préstamo hipotecario.
    El plazo sigue siendo de dos meses.

    Saludos
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  5. #5
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    muchas gracias por todo

  6. #6
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    Querido RCB me gustaria dieses un vistazo a dicha carta voy a remir mañana al sac por si devo rectificar algo muchas gracias de antemano:

    Estimados Sres.
    Después de desplazarme 35 km hasta la sucursal donde yo tengo mi cuenta, pará recoger su escrito, pues al parecer es evidente mi dirección no la tienen, me remito a contestarle a los hechos expuestos en ellos.
    Les comunico que acabo de tener conocimiento de la improcedencia de esos cobros, de no ser así los hubiera reclamado anteriormente. He sido asesorado a través de unos letrados de una asociación especializada en la recuperación de estas comisiones, por lo tanto acabo de ser consciente de tal echo.
    Por lo tanto vuelvo a remitirles el anexo con el cuadro de comisiones cobradas improcedentemente, añadiendo a estas los interese más un 5% de penalización por malas practicas bancarias tal y como especifica en su boletín el banco de España en su artículo ley del préstamo al consumo de 1995 enuncia en el artículo sobre el cobro indebido:
    “Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos.”
    Por consecuente les remito el anexo actualizado con dichas cuotas ,intereses más 5% de penalización ,haciéndoles saber que esta calculado a fecha de 20/7/2012 siendo esta fecha la del calculo, si su abono fuera posterior a dicha fecha estas cantidades podrían variar hasta que la cantidad reclamada fuere abonada.
    No obstante les recuerdo que a día de hoy todavía se me siguen cobrado dichas comisiones, con lo cual seguiré reclamándoles mientras ustedes no den solución al hecho.
    Espero su pronta contestación y dejo aquí a pie de página mi dirección postal para que les quede constancia así como mi correo eléctrico, sin más atentamente:

    Anexo

  7. #7
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    Estimados Sres.

    En respuesta a su escrito, de fecha xx-xx-xxxx y tras tener que desplazarme 35 km hasta la sucursal donde yo tengo mi cuenta, pará recoger su escrito, pues al parecer es evidente mi dirección no la tienen, procedo a responder a las alegaciones expuestas por ustedes.

    Tal y como ustedes mismos indican en su escrito, en referencia al reglamento que indica textualmente, que "El plazo para la presentacion de quejas o reclamaciones sera de dos años a contar desde la fecha en que el cliente tuviese conocimento de los hechos causantes de la queja o reclamacion", les comunico que acabo de tener conocimiento de la improcedencia de esos cobros reclamados, de no ser así los hubiera reclamado anteriormente. Igualmente les comunico que estoy siendo asesorado por los letrados de una asociación especializada en reclamaciones por malas prácticas bancarias y en consecuencia, alego que acabo de ser consciente de la improcedencia del cobro de las citadas comisiones.

    Por lo tanto, vuelvo a remitirles en documento anexo, una tabla de cálculo de intereses, con la totalidad de comisiones cobradas improcedentemente, así como las fechas de repercusión de estas, añadiendo a estas los intereses correspondientes, más un 5% de penalización, según la ley del préstamo al consumo de 2011, que enuncia en si artículo 25, sobre el cobro indebido:


    2. Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos. No consideraré mi reclamación atendida si no me devuelven el importe reclamado más los intereses del TAE del préstamo incrementados en un 5%.

    Por consiguiente les remito el anexo actualizado con dichas cuotas , intereses y el citado 5% de penalización , haciéndoles saber que esta calculado a fecha de 20/7/2012 siendo esta fecha la del cálculo, si su abono fuera posterior a dicha fecha estas cantidades podrían variar hasta que la cantidad reclamada fuere abonada.

    Les agradeceré que retrotraigan dichas cantidades, y los respectivos intereses, a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de 2 meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ªInstancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.

    Sin nada más que añadir, y quedando a la espera de que accedan a las peticiones expuestas en el presente escrito, reciban un cordial saludo.

    DATOS
    NOMBRE Y APELLIDOS
    DIRECCIÓN
    NIF
    Firma

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  8. #8
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    ole esto si es una carta y no la que yo habia escrito con un par , un millon de gracias

  9. #9
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    Buenos deciros que todavia no e recibido respuesta por parte de estos señores es verdad que ahun les queda de plazo hasta el 18 del mes que biene

  10. #10
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    Hoy e recibido carta del sac la cual no estoy conforme , que devo hacer?,adjunto su carta mas la clausula de mi escritura :

    Archivo adjunto 1740

    tengo que decir que al respecto de la clausula de reclamacion de recivos devueltos que hay en mi escritura dice literalmente lo siguiente;
    "24,euros, a percivir de una sola vez ,por recivo vencido,en el momento que se genere la primera reclamacion por escritosolicitando su regularizacion"
    Lo cual entiendo deverian hacerlo por carta certificada o burofax no?
    Que puedo hacer?
    1º solo me quieren dar la diferencia de dos años ,y ademas sin intereses
    2º como demuestran ellos que me han notificado?si lo unico que tengo son sus recibos echos por ordenador y me lo cargan encima justo el dia 25 que es cuando yo cobro y la hipoteca es el dia 20
    3ºa que gestiones efectivas se refieren para dicho recobro
    Última edición por luis valencia; 31/08/2012 a las 13:06

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