Es criterio del Banco de Esapaña, que la simple remisión de una carta generada por ordenador, no resulta suficiente para aplicar la citada comisión, por lo tanto pueden decir misa, que no pueden cobrartelo.
Por otra parte, y tal y como ellos mismos indican, el plzo para reclamar es de dos años, a partir de que el cliente tenga conocimiento de las irregularidades, por lo tanto tienes que alegar que acabas de tener conocimiento de la improcedencia de las citadas comisiones.
A reclamar..........!!!!!
Saludos