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Tema: Dudas de posibles embargo

  1. #1
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    Dudas de posibles embargo

    Buenas tardes tengo una duda si tengo una deuda de 2600 y pierdo en el juicio y me toca pagar costas y todo podrían ejecutar la casa si no tiene hipoteca ? La casa está tasada la última vez por 165000 .
    La quedan 15000 que en 2 años acabo .
    Gracias ????


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  2. #2
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    Ningún juez va a aceptar un embargo de un bien superior a la deuda
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    SI DESEAS ASOCIARTE Y SOLICITAR ABOGADO
    www.asociacionacusa.org

  3. #3
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    Dudas de posibles embargo

    Si eso lo he leído en el foro. Pero como ponía salvo que no haya ningún bien más. Solo tengo pensión 1258 supongo que harían anotación y embargarían de nóminas.


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  4. #4
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    Dudas de posibles embargo

    Cita Iniciado por Sjuan Ver mensaje
    Si eso lo he leído en el foro. Pero como ponía salvo que no haya ningún bien más. Solo tengo pensión 1258 supongo que harían anotación y embargarían de nóminas.


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    Artículo 584. Alcance objetivo y suficiencia del embargo.

    No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, salvo que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior a esos conceptos y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución.

    Teniendo nomina, pues tiraran de ahí, devoluciones de Hacienda, barridos de cuentas. Etc etc,

    Ahora pueden hacer una anotación de embargo, si la cantidad de la deuda no es mucho, no lo suelen hacer porque eso les cuesta dinero.
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

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  6. #5
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    Dudas de posibles embargo

    Mira otra cosa que aprendo con vosotros.
    No sabía que tenían que pagar por anotación en la vivienda. Calculo unos 6000 en total .


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  7. #6
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    Dudas de posibles embargo

    Cita Iniciado por Gofi Ver mensaje
    Artículo 584. Alcance objetivo y suficiencia del embargo.

    No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, salvo que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior a esos conceptos y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución.

    Teniendo nomina, pues tiraran de ahí, devoluciones de Hacienda, barridos de cuentas. Etc etc,

    Ahora pueden hacer una anotación de embargo, si la cantidad de la deuda no es mucho, no lo suelen hacer porque eso les cuesta dinero.
    Eso de que no hacen anotación de embargo por poco dinero a lo mejor los bancos no pero los organismos oficiales si. A mi en el año 2009 me hizo la S. S. Una anotación de embargo por 4 recibos de autonomo que debía a la S. S. Que en aquella época eran de unos 1000€ en total o algo menos.

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  8. #7
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    Dudas de posibles embargo

    Cita Iniciado por Sjuan Ver mensaje
    Mira otra cosa que aprendo con vosotros.
    No sabía que tenían que pagar por anotación en la vivienda. Calculo unos 6000 en total .


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    Y esa anotación te la suman a tu deuda y aparte cuando liquidez la deuda tienes que volver a pagar para que se anule la anotación o dejar pasar 5 años desde la inscripción hasta que se anule automáticamente

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  9. #8
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    Dudas de posibles embargo

    Cita Iniciado por maribel53 Ver mensaje
    Eso de que no hacen anotación de embargo por poco dinero a lo mejor los bancos no pero los organismos oficiales si. A mi en el año 2009 me hizo la S. S. Una anotación de embargo por 4 recibos de autonomo que debía a la S. S. Que en aquella época eran de unos 1000€ en total o algo menos.

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    Las entidades públicas, Juzgados, Seguridad Social y Hacienda no les cuesta nada inscribir la anotación de embargo, a las entidades Privadas si les cuesta dinero.
    Última edición por Gofi; 27/02/2023 a las 19:32
    ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.

    "Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".

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