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Solicitudes a la AEPD
Me gustaría poner en conocimiento de tod@s vosotr@s por si alguien no está al tanto que las solicitudes que se hacen a la AEPD se pueden enviar por correo certificado con acuse de recibo (lo cuál nos va al bolsillo) o bien mediante su presentación en los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es decir, en un organismo público oficial (Junta, Subdelegación Gobierno, Delegación Gobierno, etc.), en algunos ayuntamientos creo que también es posible; y desde ahí se hace llegar a la AEPD.
Quedaros siempre con una copia sellada de lo que presentáis, creo que la copia es obligación del registro hacerla sino la lleváis ya hecha.
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