Muchas Gracias
Enviado desde mi M2006C3MG mediante Tapatalk
Muchas Gracias
Enviado desde mi M2006C3MG mediante Tapatalk
Tu no puedes elegir lo que te embargan.Normalmente te embargan un tanto por ciento de la nomina y de una de 1400€ te embargarian 80€.Ahora bien lo que hacen en la CTA son barridos y tienes que estar al tanto de cuando te ingresen la nómina sacar el dinero xque sino te lo quitan.Si el dinero lleva en la CTA.mas de un mes de considera ahorro y se quedan con ellos.Si el dinero procede de tu nómina y se lo quedan tienes que ir al juzgado y reclamarlo pero no te lo devuelven al momento puede tardar
Enviado desde mi 2209116AG mediante Tapatalk
Muchas Gracias por contestar tan rápido.
Pueden tardar de 20 días en levantar el embargo?
Y otra cuestión que no sé si esta en otro hilo.
Se puede ir pagando poco a poco en la cuenta de consignación del juzgado con el fin de reducir el dinero embargado y la deuda?
Muchas Gracias
Enviado desde mi M2006C3MG mediante Tapatalk
Si te embargan la nomina tú cobras ya con el embargo .Es decir que el juzgado da una orden de embargo a tu empresa y la empresa te quita ese dinero de la nomina.
Si por ejemplo ganas 1400€ te restan el salario mínimo interprofesional que es inembargable y este año son 1134€ y se lo restan a los 1400€ o a lo que ganes y de lo que queda te embargan 30% es decir 80€ sobre 1400€.Si ganas menos de 1134€ no te pueden embargar nada y si quieres claro que puedes pedir en el juzgado una cita.de consignación e ir ingresando más dinero si quieres pero guárdalos resguardos
Enviado desde mi 2209116AG mediante Tapatalk