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¿Puedes sacar el dinero de la cuenta de manutención? Quiero decir mientras se aclaran las cosas, si no hay dinero en la cuenta no te pueden hacer un barrido de cuenta.
Porque si lo hacen eres tu quien debe demostrar que ese dinero era inembargable, y el proceso es muy lento.
Y con otras cuentas puedes hacer lo mismo, si no hay dinero en la cuenta no se pueden llevar nada.
Eso no tiene nada que ver con el embargo, el cual se hace en origen, o sea, lo hace la empresa antes de ingresar la nomina en el banco.
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ÑAME,
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También puedes cambiar el titular de la cuenta de tus hijos y ponerlo a nombre de ellos.
Y con la sentencia que seguramente tienes de la manutencion de tus hijos , te quedas por debajo del SMI
el cual entonces no podran embargarte el salario.
Como te dice maribelica habla con el juzgado
Yo pediria la comparecencia , y aportaba las dos cosas , la libreta y la sentencia.
Se hace el camino al caminar.
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Ejecución de Títulos Judiciales

Iniciado por
Beamg
Si si, por eso separo ese dinero de mi cuenta.
Entonces en cuanto reciba el documento de ejecución que he visto en la sede electrónica, tengo que ir al juzgado con un certificado de mi banco con las cuentas a mi nombre y el único bien que tengo es una vivienda con hipoteca.
Madre mía, qué ganas tengo que que pase esta etapa tan mala de mi vida!!
Si vas con el certificado y te toman declaración, mejor todavía.
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Iniciado por
gandalfelblanco
Una vez en el juzgado,se paga al juzgado. Es la manera de justificar ante el mismo que abonas el dinero. No, el juzgado no paraliza el embargo porque tú hagas ingresos puntuales, solo va disminuyendo la cantidad a embargar, pero el embargo sigue su curso hasta que abones deuda con intereses y costas. Los barridos son barridos y el juzgado ni el banco entiende de donde procede ese saldo, eres tu el que tiene que ir a demostrar que ese dinero es para alimentación de tus hijos y solicitar la devolución
El dinero de pensiones alimenticias, al ser un saldo de cuenta corriente a tu nombre no proveniente de una pensión, nómina o salario previamente embargada, ES EMBARGABLE EN SU TOTALIDAD. Ojo con esto. Mi consejo es que esa cuenta que utilices te pongas de autorizada (o a nombre de tus hijos y tú de interviniente o como se llame) o, en cuanto llegue el dinero, lo saques inmediatamente.
Última edición por efcarrasco; 21/10/2024 a las 16:34
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Si, lo sé pero ya sabemos que en los barridos electrónicos el banco no tiene en cuenta estas cosas y el dinero vuela, así que por eso le decía que cuidado si esa cuenta está a su nombre porque no es al primero que esas pensiones hemos leído por aquí que al estar en cuenta le han dejado desplomado y luego tienen que movidas con el juzgado.
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No solo movidas con el juzgado. Es que directamente no se lo devuelven al no ser salario. Es embargable 100%
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Buenas tardes,
Esta mañana he hablado con el banco para poner de titulares a mis hijos y me han dicho que cierrre la cuenta y abra otra cuenta nueva, poniendo a mis hijos cómo titulares.
Lo único no sé si el padre se entera que son sus hijos los titulares de la cuenta, porque por sentencia de convenio tenía que ser la madre la titular.
Me he llenado de deudas por tener que pagar los juicios que me puso durante años.
Si se entera de mi situación …
Con los consejos que me habéis dado sí que he visto que lo más conveniente es abrir otra cuenta poniendo a ellos de titulares y así protejo su pensión y me evito problemas, porque se la embargan
Muchas gracias, por todos vuestros consejos
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Si ves que tienes problemas cin el tema de la titularidad de esa cuenta, puedes hacer también lo que indica Maribelica, hacer una comparecencia en el juzgado por escrito demostrando que esa cuenta es solo para domiciliar la pensión de alimentos de tus hijos y que por tanto no la toquem si realizan algún embargo telematico.
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Buenas noches a todos,
Hoy he recibido una notificación electrónica del juzgado por email para abrir en referencia a la ejecución de títulos judiciales.
Por cuestiones laborales y dado que únicamente se puede descargar en un ordenador, todavía no he abierto y acabo de ver que me han embargado de la cuenta nómina 45 euros, cuando mi nómina neta son 1310 € y la pensión de alimentos está en otra cuenta que desvío haciendo caso a vuestros consejos a una cuenta con mi cuenta cómo titular y yo autorizada.
Mi pregunta es cómo lo realizan si mi nómina neta no supera el salario mínimo.
El salario bruto es un poco superior a los 1500 pero el neto no y no preguntan ni lo que cobro.
Muchas gracias por vuestra ayuda y consejos
Feliz Navidad!!
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Ejecución de Títulos Judiciales
Es que lo que te han embargo es la cuenta y no la nómina y han pillado lo que hubiese en ese momento.
Un saludo.
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