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Buenas amigo, ánimo, a mi me asignaron administrador concursal y acepto, de hecho hoy mismo me bloquearon las cuentas a mi nombre. Esto es una jodienda sinceramente. Mi caso es una deuda de unos 100.000 euros, y solo tengo vivienda habitual y coche. He propuesto plan de pago de 500 euros a cinco años. Pues lo primero que me ha instado el administrador es que va a pasar una asignación mensual a una cuenta donde no esté yo (mi mujer) correspondiente al salario mínimo interprofesional (unos 1200 euros) y que ssi necesito mas que lo solicite a su señoria. Ya me diréis que pagando 660 euros de hipoteca al día y suministros básicos lo que me quedará para darle de comer a mis dos hijos menores de edad y mi mujer. Vivimos con solo un sueldo. No es donde irá el resto del dinero sobrante a la asignación ni el tiempo que durará esto, pero no se, para un particular con solo una vivienda que es fácil relativamente comprobar sus propiedades, pero en fin, es lo que hay. Si lo llego a saber no me meto en este embolado y que me embarguen de la nómina
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verticalesdecadiz1979
Buenas amigo, ánimo, a mi me asignaron administrador concursal y acepto, de hecho hoy mismo me bloquearon las cuentas a mi nombre. Esto es una jodienda sinceramente. Mi caso es una deuda de unos 100.000 euros, y solo tengo vivienda habitual y coche. He propuesto plan de pago de 500 euros a cinco años. Pues lo primero que me ha instado el administrador es que va a pasar una asignación mensual a una cuenta donde no esté yo (mi mujer) correspondiente al salario mínimo interprofesional (unos 1200 euros) y que ssi necesito mas que lo solicite a su señoria. Ya me diréis que pagando 660 euros de hipoteca al día y suministros básicos lo que me quedará para darle de comer a mis dos hijos menores de edad y mi mujer. Vivimos con solo un sueldo. No es donde irá el resto del dinero sobrante a la asignación ni el tiempo que durará esto, pero no se, para un particular con solo una vivienda que es fácil relativamente comprobar sus propiedades, pero en fin, es lo que hay. Si lo llego a saber no me meto en este embolado y que me embarguen de la nómina
Pienso como tú, si lo sé no me meto.
Ahora entiendo que valoraran tu vivienda, el coche, y decidirán si aceptan el plan de pagos, lo aumentan o lo disminuyen. O plantean lo más negativo "liquidacion del patrimonio", esto es lo que me preocupa.
Una pregunta si no es mucho preguntar, ¿que orden de salario manejas?.
Porque teóricamente creía entender que solo se destinaría a la masa activa "la parte embargable" según el articulo no se cual....
Vamos como en mi caso que es un sueldo de unos 2600, la parte embargable sería unos 600€. Quedando a mi disposición unos 2000€. Por eso te preguntaba tu sueldo.
Pero en otro caso que lei el informe del administrador hablaba de asignarle el SMI a secas, y eran un sueldo elevado, por lo que sería doble "jodienda". Solo espero que la hipoteca quedara dentro del dinero que "bloquean".
Respecto al tiempo que estarás en esa situación mínimo hasta que el administrado concursal presente el informe y el juez decida. Ponle unos 2 o 3 meses.
Suerte,
y esperemos que los Reyes MAgos nos traiga el plan de pagos y el EPI provisional
Última edición por jalopezg; 11/12/2024 a las 19:32
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Buenas nuevamente jalopezg, pues mi sueldo es similar al tuyo, algo más alto, unos 2850 euros. Ayer estuve leyendo un poco, y según el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte correspondiente al SMI es inembargable (1134 euros en 2024) y si es un sueldo superior se embarga el 30% en la primera fracción superior, 50 en la segunda y así. En el correo que me mandó El abogado del administrador me especifico que la asignación mensual sería tras el cálculo del mínimo inembargable, por lo que entiendo que es como tu dices, si ganó 2800 me quitan unos 650 aproximadamente, y este mes que viene con paga extra el SMI es el doblez es decir 1134 euros x2. Suerte y ya te voy contando
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verticalesdecadiz1979
Buenas nuevamente jalopezg, pues mi sueldo es similar al tuyo, algo más alto, unos 2850 euros. Ayer estuve leyendo un poco, y según el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte correspondiente al SMI es inembargable (1134 euros en 2024) y si es un sueldo superior se embarga el 30% en la primera fracción superior, 50 en la segunda y así. En el correo que me mandó El abogado del administrador me especifico que la asignación mensual sería tras el cálculo del mínimo inembargable, por lo que entiendo que es como tu dices, si ganó 2800 me quitan unos 650 aproximadamente, y este mes que viene con paga extra el SMI es el doblez es decir 1134 euros x2. Suerte y ya te voy contando
OK, eso espero que sea tal como bien dices y dice el articulo 607 de LEC.
Gracias por la respuesta y seguimos en contacto.
SAludos.
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Lo que nunca entenderé es el motivo de "bloquearte" dinero que es tuyo. Donde va ese dinero? Para que se requiere? Porque si dices bueno, de ahí se toma el arancel del administrador o si de ahí se utiliza para reducir el plan de pagos, pues bueno, te lo compro, es una especie de inversión. Pero si no e utiliza para alguno de estos fines, a donde va ese dinero? Porque ya puestos a leer experiencias en este foro te da que pensar mal.
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LEY SEGUNDA OPORTUNIDAD quinto AC

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verticalesdecadiz1979
Lo que nunca entenderé es el motivo de "bloquearte" dinero que es tuyo. Donde va ese dinero? Para que se requiere? Porque si dices bueno, de ahí se toma el arancel del administrador o si de ahí se utiliza para reducir el plan de pagos, pues bueno, te lo compro, es una especie de inversión. Pero si no e utiliza para alguno de estos fines, a donde va ese dinero? Porque ya puestos a leer experiencias en este foro te da que pensar mal.
El motivo de bloquear dinero es siempre y en todos los temas el mismo.... Al tener deudas impagada ese dinero no es tuyo.. Lo debes.
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Vale bien, lo entiendo, pero a lo que voy, ese dinero después se descuenta de lo adeudado o plan de pagos? Porque si no es así, cual es su destino?. Sinceramente cada vez pienso más que es casi más rentable que te embarguen la parte proporcional de la nómina a acogerse a esta ley. Te pones a hacer cuentas realmente y no se si sale si sale rentable.
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verticalesdecadiz1979
Vale bien, lo entiendo, pero a lo que voy, ese dinero después se descuenta de lo adeudado o plan de pagos? Porque si no es así, cual es su destino?. Sinceramente cada vez pienso más que es casi más rentable que te embarguen la parte proporcional de la nómina a acogerse a esta ley. Te pones a hacer cuentas realmente y no se si sale si sale rentable.
ese dinero que retienen va a formar parte de la masa activa, y en principio se destina a pagar los gastos del administrador y si sobrara se destinaría a repartirlo entre los distintos acreedores, a parte de lo que diga el plan de pagos o la liquidacion de la masa activa (vivienda, coche, etc) según el caso.
Saludos.
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Buenas tardes compis,
ya ha llegado después de 1 año declarado en concurso y abierta la fase común aparezco en el Registro Concursal.
Apareciendo el administrador concursal que ha aceptado.
Acabo de mirar en el BOE, y ahi esta mi numero de expediente, ahora mismo las pulsaciones del corazón están al máximo.
Solo espero que todo valla bien, y por supuesto que acepten el plan de pagos y "por nada del mundo" se pusiera en liquidacion la vivienda habitual "no sé si podría superarlo".
Ya contaré...
Saludos y gracias por los apoyos que soleis darme.
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Suerte amigo, estate tranquilo que ya verás te aceptan el plan de pagos, me parece muy raro que si solo tienes una vivienda habitual donde vives tú y tus hijos o familia, y la llevas al día, dudo mucho que te la pongan en liquidación cuando puedes pagar un plan de pagos. Esto solo es parte del proceso, o así quiero verlo yo.
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