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Monitorio 20 años después
Hola,
Abro este hilo para contar e ir actualizando hasta el final mi caso, y poder escuchar opiniones que me puedan ayudar a mí y a otros.
He recibido monitorio de una empresa de gestión de deudas que compro a otra empresa una deuda a mi nombre. La línea de crédito se firmó su solicitud hace 20 años y no he tenido constancia de esta deuda en ningún momento, ya ni me acordaba de esto. Se pudo quedar algo pendiente pero no lo recuerdo.
Adjuntan la siguiente documentación:
• Certificado unilateral de la cesión de la deuda.
• Certificado de apoderamientos judiciales.
• Certificado unilateral de que la deuda es “principal: 350€” “intereses remuneratorios: 50€”. No aportan nada más, ni extractos, ni fechas de devolución de recibos, ni justificación de gastos.
• Documento de para solicitar el crédito.
Si yo debo algo lo pagaré, no me gusta deber, pero necesito que este justificado. Han pasado 20 años y tengo muy complicado acceder a los extractos bancarios. Por este motivo me estoy planteando oponerme al monitorio, exponiendo lo siguiente:
1. La deuda no está debidamente justificada, para aceptar la deuda y pagar necesitaría los movimientos, saber capital inicial e interés aplicado, recibos devueltos. Lo necesario para poder calcular si esos 350 + 50 son correctos.
2. El interés que aparece en el documento de solicitud podría ser usura.
3. La deuda ha prescrito al haber pasado más de 15 años y no haber sido reclamada la deuda de forma fehaciente en este tiempo.
Espero vuestras opiniones, e iré planteando algunas dudas que tengo en este mismo hilo.
Un saludo y muchas gracias.
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Si te ha llegado un monitorio del juzgado....necesitas responder con alegaciones si es menor de 2.000€
Lo importante es que estén bien fundamentada en ACUSA la letrada las hace por 107€
Si pasa de 2.000€ necesita abogado y procurador.
Para acceder a los servicios de los letrados necesitas ser socio en este caso tendrías que abonar 44€ de dos anualidades, porque se necesitan tres meses de socio para acceder a los letrados y no es tu caso.
Última edición por Anele; 20/12/2024 a las 11:25
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Como veis si le pido por email al demandante que me de contrato original y movimientos del préstamo? Si no me los da puedo adjuntar el email a la oposición del monitorio demostrando que la deuda no está justificada.
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Monitorio 20 años después
No te va a enviar NADA. Todo está en el juzgado y a eso debes remitirte. Si sabes hacer las alegaciones RAZONADAS Y FUNDAMENTADAS EN DERECHO puedes hacerlo, si no te lo tendrá que hacer un abogado o corres el riesgo de que el juez no te las admita.
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Entonces, para entenderlo bien, ¿estos fondos buitre, al presentar la demanda presentan todo lo que tienen?. Si yo alegó prescripción es de esperar que no vengan después con cartas certificadas porque ya las habrían presentado?
Y se supone que tampoco tienen el original del préstamo, donde debería estar el capital prestado, interés y cuotas?
La verdad no entiendo como pueden admitir a trámite una demanda si justificar la deuda.
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Por eso te dicen los asesores que si no tienes los conocimientos suficientes para alegar fundamentando en derecho, es mejor que un especialista en la materia (abogado) te vea el caso y te haga las alegaciones y él o ella, alegará lo más beneficioso para tí.
De momento y a menos que el abogado o los asesores digan lo contrario, no es aconsejable aportar pruebas que no hayan aportado los demandantes( en este caso me refiero a los contratos). Ánimo.
Última edición por jl72; 21/12/2024 a las 01:07
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Para poder defenderte lo mejor es ir con una alegaciones hechas por un abogad@ ya que ellos son los que entienden y saben justamente que poner y te será más beneficioso. Vale la pena. Mucha suerte!!!
La vida es 10% de lo que te sucede y 90% cómo reaccionas ante ello
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Entiendo que lo mejor es acudir a un abogado y lo estoy mirando, pero mientras, voy a informarme bien de todo esto. Tengo que valorar el coste del abogado, ya que la deuda es de 400, y algunos me piden más de la mitad.
Tengo tiempo porque recogí el monitorio el 17 de este mes y son inhábiles del 24 a 6. Por eso, aunque al final acuda a un profesional, todo lo que pueda aprender antes no está de más, además me gusta aprender de estos temas.
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Desde la reforma de la LEC aunque no sea preceptivo abogado en demandas menores a 2mil euros, si no lo fundamentas correctamente en derecho cin normativas y sentencias corres el riesgo de que el juez lo lleve a la papelera. A partir de aquí ya tu mismo.
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Sería aconsejable poner que sí deseo vista oral? O mejor dejar al juez que decida, en caso de que ninguna parte lo pida.