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Tema: Monitorio 20 años después

  1. #21
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    Hola,

    Bueno pues ya esta presentado, ahora a esperar.

    Una pregunta, al salir y echar un vistazo a mi escrito con su sello, he visto que yo he puesto el año 2024 en la firma. Podría ser eso un defecto de forma? Entiendo que lo que vale es la fecha del sello.

    Un saludo.

  2. #22
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    Lo que vale es la fecha del sello. Lo demás es anecdótico.

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  4. #23
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    Hola,

    En la parte dispositiva me ponía este párrafo:
    “En el escrito de oposición deberá necesariamente pronunciarse sobre la pertinencia de la celebración de vista para el supuesto de que la misma deba continuarse conforme a los trámites previstas en los artículos 438 y ss de la LEC para los juicios verbales.”

    No he dicho nada en mi escrito, ¿el no decir nada se entiende que no pides vista?, o debería haberlo puesto explícitamente. Como aún tengo días de plazo, si es necesario aclarar este punto, ¿debería hacer un escrito aclarando que no quiero vista?

    Un saludo y muchas gracias.

  5. #24
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    Monitorio 20 años después

    Cita Iniciado por thder Ver mensaje
    Hola,

    En la parte dispositiva me ponía este párrafo:
    “En el escrito de oposición deberá necesariamente pronunciarse sobre la pertinencia de la celebración de vista para el supuesto de que la misma deba continuarse conforme a los trámites previstas en los artículos 438 y ss de la LEC para los juicios verbales.”

    No he dicho nada en mi escrito, ¿el no decir nada se entiende que no pides vista?, o debería haberlo puesto explícitamente. Como aún tengo días de plazo, si es necesario aclarar este punto, ¿debería hacer un escrito aclarando que no quiero vista?

    Un saludo y muchas gracias.
    Deberías haberlo puesto... De todas maneras si la otra parte no la pide, a tí te lo van a preguntar.

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  6. #25
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    Vale, mañana llamare al juzgado y les preguntaré si quieren un escrito para adelantarles que no quiero vista o les vale así.

    Lo quite por recomendación de una asesoría gratuita del ayuntamiento. Me he dado cuenta estos días, porque he echado mano de varios servicios jurídicos gratuitos, que cada uno dice una cosa.

    Ahora mismo, al oponerme alegando entre otras cosas la prescripción, el juez puede actuar de oficio y decretar la prescripción? O hay que pasar si o si por la vista oral en caso de que el demandante la pida (esto mismo no han sido capaces de aclarármelo en ningún sitio).

  7. #26
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    Monitorio 20 años después

    Si una de las partes la pide, el juez tiene que celebrar la vista oral obligatoriamente.

  8. #27
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    Hola,

    En vez de llamar al juzgado les envié un mail, diciendo que no me había pronunciado sobre la pertinencia de la vista. Me indicaron que se lo haga llegar a través del Juzgado Decano.

    Me recomendáis hacer un escrito, haciendo referencia a mi escrito de oposición y completar que no quiero vista?
    Si hago esto, se hace por triplicado, igual que la oposición?
    o lo dejo así y ya me preguntaran si la otra parte no pide vista?
    seria motivo de no aceptar la oposición?

    Un saludo.

  9. #28
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    Si, lo presentas igual que la oposición

  10. #29
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    Actualizo el estado, me ha llegado resolución que dice que se cierra monitorio y se acepta mi oposición, abriéndose juicio verbal. Pone algo de recurso de revisión con un plazo de 5 días, esto no me aplica a mi verdad?

  11. #30
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    Nada el proceso sigue su curso.

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