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Tema: Sentencia favorable

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    Sentencia favorable

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    BANCA/ CONSUMIDORES
    Open Bank, condenado a devolver más de 87.000 euros a un cliente

    Etiquetas: apelación, depósito, créditos, OpenBank, consumidores, banca

    24/07/2012 - Galiciaé LV / Axencias

    La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a Patagon, ahora Open Bank, filial de Banco Santander, a devolver 87.146 euros, más intereses legales, a un cliente, F.G.E., que contrató en el año 2000 una cuenta de crédito para inversión de valores y fondos de inversión por importe máximo de 14,5 millones de pesetas.
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    La audiencia pontevedresa ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra una sentencia de octubre de 2010 del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo que absolvía a Patagon Internet Bank de supuestos vicios de consentimiento a la hora de vender dicho producto financiero.

    El juez declara en la nueva sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la resolución del contrato en base al incumplimiento de la obligación, por parte de la entidad financiera, de aportar al cliente la información preceptiva: la última memoria anual, el folleto explicativo de cada fondo y el último informe trimestral.

    Argumenta que este "incumplimiento contractual grave y reiterado" se produjo en las "múltiples" operaciones de compra de fondos de inversión y de valores por parte de este cliente.

    Abunda en que el demandante, dada su condición de minorista y ante "la fragilidad" del ámbito financiero en que se movía, y "la complejidad" de algunos productos, tenía derecho a acceder a "las fuentes de información" y a que se le asesorase "con transparencia, plenitud y periodicidad legal y contractualmente precisas".

    Cliente y banco acordaron en noviembre de 2000 la apertura de una línea de crédito por importe máximo de 14,5 millones de pesetas con la finalidad de adquirir fondos de inversión o valores. El demandante ingresó en esa fecha 10 millones para tal fin y la suscripción de los primeros fondos de inversión se produjo dos meses después.

    El contrato incluía el compromiso, por parte de Patagon, de facilitar, aparte de la información preceptiva, todos los datos que ayudasen al cliente a decidir sobre las distintas opciones y cuál satisfaría mejor sus necesidades, lo que no aportó.

    La entidad se limitó a remitir los extractos y las tablas de productos y precios, según consta en la sentencia de la Audiencia de Pontevedra, que rechaza, sin embargo, la concurrencia de falta de consentimiento por parte del cliente, vicios de error o dolo en la contratación de los servicios, tal y como argumentaba en la demanda.

  2. #2
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    Leido en el diario online de,, diario de pontevedra... Osea que lo de informar por correo al cliente,, asi de cualkier manera en medio de extractos ,, no vale hay que ser claro

  3. #3
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    Pienso que es una suerte que los jueces empiecen a ser cabales en la manera de actuar para con los usureros. Y que pongan las cosas en su sitio. Este tipo de sentencias nos serviran de ejemplo a muchos. Gracias por la información torbrus.

  4. #4

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Noticia para infamia financiera!

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