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Tema: Costas de ejecución

  1. #1
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    Costas de ejecución

    Tengo una duda....
    En 2012 me pusieron monitorio de 8000 €
    No me defendí y empezó a correr el tiempo
    Casi 5 años despues empieza el embargo
    El abril del año pasado se acabó de pagar y me mandaron la resolución de las costas.....el juez taso por debajo de lo que pedían y hay que liquidar 1200€ xque los 4 años que tardaron en ejecutar también generaron intereses
    Pero es que no han pedido ejecución de las costas
    Esta liquidación prescribe?
    Pueden volver a pedir más intereses por este año que ha pasado?
    En unos días podría pagar este dinero ...
    Que me aconsejáis?

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  2. #2
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    Costas de ejecución

    Cita Iniciado por Rosella Ver mensaje
    Tengo una duda....
    En 2012 me pusieron monitorio de 8000 €
    No me defendí y empezó a correr el tiempo
    Casi 5 años despues empieza el embargo
    El abril del año pasado se acabó de pagar y me mandaron la resolución de las costas.....el juez taso por debajo de lo que pedían y hay que liquidar 1200€ xque los 4 años que tardaron en ejecutar también generaron intereses
    Pero es que no han pedido ejecución de las costas
    Esta liquidación prescribe?
    Pueden volver a pedir más intereses por este año que ha pasado?
    En unos días podría pagar este dinero ...
    Que me aconsejáis?

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    La situación que describes tiene varios puntos importantes a considerar:

    1. Prescripción de las costas y la liquidación

    Si el acreedor no ha solicitado la ejecución de la liquidación de costas, el plazo de prescripción dependerá del tipo de procedimiento y cuándo se haya dictado la resolución.

    En general, la prescripción de la ejecución de costas es de 5 años desde la firmeza de la tasación, según el artículo 518 de la LEC.

    Si no han iniciado ejecución, cada año que pasa sin que reclamen acerca la posibilidad de que prescriba.


    2. ¿Pueden pedir más intereses por este año que ha pasado?

    Sí, si no has pagado todavía, el acreedor podría reclamar intereses de demora hasta que se haga el pago efectivo.

    Pero si no han instado la ejecución, se podría alegar prescripción más adelante.


    3. ¿Qué te conviene hacer?

    Si puedes pagar en los próximos días, evitarás posibles complicaciones y más intereses.

    Si prefieres esperar, podrías comprobar exactamente cuándo se notificó la tasación firme de costas para ver cuándo empieza el plazo de prescripción de la ejecución.







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