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Tema: Cobrar mandamiento de pago

  1. #71
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    Es el trámite normal si estás esperando cobrar..
    Si te han puesto la certificación de Lexnet no veo por que te van a mentir.

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    Gracias MARIBELICA.

  2. #72
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    Bueeeeno, parece que por fin lo vas a conseguir, ya nos informas cuando lo tengas.

  3. #73
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    Puff...Hasta que no vea el dinero en mi cuenta, mi mente no va a descansar. Fíjate hasta que punto llega que, me da por pensar, que ya han cobrado el mandamiento y que esto lo han hecho como un paripé pero que realmente no lo han enviado. De hecho, no veo nada en la sede electrónica del juzgado. La vez anterior cuando lo solicitaron de nuevo, aparecía como proveído y la fecha.
    También me da por pensar que como dijeron que el procurador estaba inhabilitado, que van a echar la solicitud para atrás.

  4. #74
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    Buenas tardes a tod@as. Hoy me ha dado por consultar la sede electrónica y me aparece lo siguiente:

    Escritos
    Nº Entrada Tipo Escrito Estado Fecha Presentación Forma Presentación
    /2025 Escrito General Enviado 24/04/2025 08:19 Traslado de Copias - Lexnet

    Parece que por una vez no me han mentido. ¿Alguien me podría decir si se va actualizando los estados del escrito según lo gestionan y cuales serian esos estados? El certificado de titularidad de mi cuenta que han presentado esta fechado en febrero de este año. ¿Tiene que tener una fecha mas actual o valdría? Lo pregunto por si resulta que el funcionario que tendría que hacer la solicitud de la transferencia podría decir que no es valido por no estar fechado en una fecha mas actual.
    A ver si con un poco de suerte termina esta pesadilla en mayo.
    Gracias por vuestra ayuda. Que paséis buen fin de semana.

  5. #75
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    Cobrar mandamiento de pago

    ¡Buenas!

    Te comento por partes:

    1. Sobre el estado del escrito en la sede:
    Sí, normalmente los estados se van actualizando a medida que lo tramitan. Lo habitual es que veas, en este orden:

    Enviado (como tienes ahora).

    Recibido o Registrado (cuando el juzgado lo incorpora oficialmente al expediente).

    En tramitación (si es un escrito que requiere actuación, como un decreto de pago, por ejemplo).

    Finalizado o Archivado (cuando ya han resuelto esa parte).


    Pero depende del juzgado y de cómo actualicen ellos la sede, a veces no ves todo tan detallado.


    2. Sobre el certificado de titularidad bancaria:
    Que esté fechado en febrero de 2025 no debería ser problema. Mientras:

    El número de cuenta esté claro.

    Tu nombre o el del titular sea el correcto.

    No haya cambios recientes en la cuenta.


    Es perfectamente válido.
    De hecho, muchos juzgados admiten certificados de hasta 6 meses de antigüedad sin problema. Si quisieran algo más reciente, te lo requerirían (pero no suele pasar).


    3. Sobre tu comentario de "a ver si termina en mayo":
    Ojalá. Si ya han presentado lo que faltaba (como parece), ahora sólo quedaría que el juzgado tramite el pago. A veces eso puede tardar unas semanas, pero mayo parece una expectativa realista.








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  6. #76
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    Cobrar mandamiento de pago

    Cuando ya han presentado el certificado de titularidad bancaria, lo normal es que el procedimiento siga así:

    1. El funcionario revisa que el número de cuenta esté correcto y que esté a nombre de quien debe cobrar (en tu caso, tú).


    2. Si todo está bien, el funcionario prepara un decreto de pago o un mandamiento de pago (depende del juzgado).
    Este decreto lo firma el Letrado de la Administración de Justicia (el LAJ, el antiguo secretario judicial).


    3. Una vez firmado, el departamento de pagos del juzgado hace la transferencia bancaria a tu cuenta.


    4. ¿Cuánto tarda cada paso?

    Desde que presentas el certificado hasta que firman el decreto: unos días o un par de semanas (depende de la carga de trabajo que tengan).

    Desde que firman el decreto hasta que ves el dinero en tu cuenta: otros 5 a 10 días aproximadamente.




    Importante:

    A veces primero suben el decreto a la sede electrónica. Si quieres, puedes ir mirando si aparece un nuevo "escrito" o resolución.

    No te preocupes si no ves movimiento diario. En algunos juzgados acumulan varios pagos y los tramitan juntos.


    Resumen:
    Ya estás en la recta final. Si todo sigue normal, a lo largo de mayo deberías tener ya el dinero ingresado.






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  7. #77
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    Cuando ya han presentado el certificado de titularidad bancaria, lo normal es que el procedimiento siga así:

    1. El funcionario revisa que el número de cuenta esté correcto y que esté a nombre de quien debe cobrar (en tu caso, tú).


    2. Si todo está bien, el funcionario prepara un decreto de pago o un mandamiento de pago (depende del juzgado).
    Este decreto lo firma el Letrado de la Administración de Justicia (el LAJ, el antiguo secretario judicial).


    3. Una vez firmado, el departamento de pagos del juzgado hace la transferencia bancaria a tu cuenta.


    4. ¿Cuánto tarda cada paso?

    Desde que presentas el certificado hasta que firman el decreto: unos días o un par de semanas (depende de la carga de trabajo que tengan).

    Desde que firman el decreto hasta que ves el dinero en tu cuenta: otros 5 a 10 días aproximadamente.




    Importante:

    A veces primero suben el decreto a la sede electrónica. Si quieres, puedes ir mirando si aparece un nuevo "escrito" o resolución.

    No te preocupes si no ves movimiento diario. En algunos juzgados acumulan varios pagos y los tramitan juntos.


    Resumen:
    Ya estás en la recta final. Si todo sigue normal, a lo largo de mayo deberías tener ya el dinero ingresado.






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    ¡Muchísimas gracias MARIBELICA!Que pases un fin de semana estupendo.

  8. #78
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    Buenos días. Hoy el estado del escrito aparecía así:

    Tipo Escrito Estado Fecha Presentación Forma Presentación
    /2025 Escrito General Proveído 24/04/2025 08:19 Traslado de Copias - Lexnet

    El anterior escrito que presentaron, se quedo en este estado y no se actualizo a ninguno mas. Espero que en este me vaya apareciendo la actualización.
    Os iré informando. Un saludo y feliz lunes a tod@s.

  9. #79
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    Buenos días. De momento no se nada de el dinero. En la sede electrónica no hay actualización del estado del escrito. Sigue en "Proveido"
    Lo que si he visto en las RRSS de estos abogados es que ha escrito una persona y le están haciendo lo mismo que a mi. Su historia es calcada a la mía: perdida del mandamiento en los juzgados, que si la semana que viene te hago el ingreso, que ahora es semana santa y se va a retrasar...
    Me gustaría consultaros una cosa ya que visto lo visto estos son capaces de cualquier cosa:
    ¿seria posible que ellos hayan cobrado el mandamiento antes de solicitar en al juzgado el ingreso en mi cuenta del dinero consignado? o si ellos al cobrar el mandamiento en el banco les llega a el juzgado una notificación de que han retirado el dinero. Entiendo que si ya lo hubieran retirado, el juzgado se hubiese enterado y al ver que el procurador solicita de nuevo el ingreso en mi cuenta les saltaría la alarma.
    Quizás sean paranoias mías pero es que ya no se que pensar de esta gente...
    Un saludo.

  10. #80
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    Cada expediente tiene un número de cuenta bancaria, por lo que si el dinero se cobró, por supuesto que el Letrado lo ve.

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