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Tema: Cofidis grabación

  1. #11
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    [QUOTE=jal;62891]Bueno RCB, creo que es una duda razonable:

    -Firmas un documento en una solicitud donde se dice que has recibido todo (aunque no lo sea)

    EN EFECTO ESTAS FIRMANDO QUE DESEAS CONTRATAR UN SEGURO, PERO ESTE NO ESTARÁ CONTRATADO Y NO ENTRARÁ EN VIGOR HASTA QUE NO SE CUMPLAN UNA SERIE DE REQUISITOS, COMO POR EJEMPLO, LA FIRMA DE LA PÓLIZA QUE TE TIENEN QUE ENVIAR, TIENES QUE FIRMARLA Y TIENES QUE DEVOLVERLA. HASTA ENTONCES NO HAY SEGURO, DIGAN LO QUE DIGAN. PUNTO.

    - Dices por voz que has recibido todo (aunque tampoco lo sea)

    EN EFECTO, TAMBIEN ESTAS FIRMANDO QUE DESEAS CONTRATAR UN SEGURO, PERO LA DIFERENCIA CON LA ANTERIOR CONTRATACION ES QUE EN ESA MISMA GRABACION SE CUMPLEN CON CADA UNO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA FORMALIZAR DICHA CONTRATACION Y TRAS ESCUCHAR TODO EL TRÁMITE LEGAL EXIGIDO Y TE COMUNICAN ABSOLUTAMENTE TODOS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE TE ASISTEN Y DAS TU CONFORMIDAD, DESDE ESE MOMENTO LA GRABACIÓN PASA A SER LA PÓLIZA DE TU SEGURO.

    NOTAS LA DIFERENCIA ENTRE UNA CONTRATACIÓN Y OTRA?


    En ningún caso recibes póliza en tu domicilio. ¿Existe realmente una diferencia aquí?.

    LO QUE SI REMARCA EXPRESAMENTE, ES QUE DE DICHA CONTRACION, deberá quedar constancia de las ofertas y de los contratos celebrados en un soporte duradero (es decir, en papel o en cualquier otro instrumento que permita al tomador almacenar la información y recuperarla fácilmente cuando así lo requiera).
    Última edición por RCB; 27/07/2012 a las 00:29
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  2. #12
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    Claro, lo entiendo RCB. El problema está en que yo puedo hacer que tu me digas que sí a cualquier cosa en una grabación y luego no asegurarte, así como puedes firmarme una solicitud y tampoco tienes nada mío como que estás asegurado y puedo no asegurarte.

    Claro, si recibes copia del soporte pues ya tienes una "prueba" de estar asegurado (esto es lo que faltaba y a lo que me refería desde el principio amigo), al igual que debes recibir una póliza en tu domicilio si firmas simplemente una solicitud. En caso contrario: igual ni te han asegurado con la compañía de seguros y ni lo sabes. Y tu no tienes nada para probar lo contrario.
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  3. #13
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    Para explicarlo de forma más sencilla: todo contrato necesita que ambas partes tengan una copia.
    Si el cliente, cuando contrata algo, no tiene prueba de nada, entonces la otra parte podría hacer lo que quisiera. En este caso, si no tienes pruebas o soporte duradero o póliza, pues la otra parte perfectamente te podría decir cuando pidas lo que te corresponde como asegurado: usted no tiene seguro con nosotros.
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  4. #14
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    Jal, te empeñas en querer demostrarme no se qué.

    La legislación no la hago yo y lo que he colgado mas arriba es la legislación.

    Me imagino que tras la grabación te enviarán documentación suficiente que justifique que estas asegurado e incluso podría valer el recibo de pago de ese seguro, como demostración de la existencia de ese seguro, al igual que ocurre por ejemplo con el seguro del coche, cuya existencia no lo demuestra el tener una póliza firmada por ambas partes, sino la posesión del recibo que demuestra el pago del mismo.

    De hecho cuando te para la Guardia Civil no te piden la póliza para ver si estas asegurado, te piden el recibo, porque?

    En cualquier caso yo no lo se, me limito a constatar un hecho que es el que la legislación vigente anuncia.

    Saludos
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  5. #15
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    ¡Qué va RCB!, ¿cómo voy yo a demostrarte algo?. Simplemente decía prácticamente lo mismo que dijiste ya anteriormente tu, pero veía un vacío legal "contra nosotros" en ese tema de que no recibamos una parte de lo contratado y siendo un contrato debería ser algo para las dos partes. Por eso decía que era una duda sobre contratación.
    Si hay una grabación que sirve de contratación pues quería decir que debería enviarse también una prueba o "copia" a nosotros (como se hace con cualquier contrato entre 2 partes), porque si no es así entonces estaríamos en el vacío que estamos ahora cuando firmamos una solicitud y no recibimos la póliza, que reclamamos, y podrían no asegurarnos y ni siquiera lo sabríamos. Así que supongo que efectivamente deberíamos recibir esa grabación si ha servido de contratación.
    Toma mi respuesta como algo a meditar del por qué no hacen eso.
    Esto que respondiste ahora es a lo que me refería. Quizás es un tema que deberían revisar los abogados del foro para hacer algo de fuerza, no sé. Sólo una idea
    Perdona si no me expliqué bien RCB.
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  6. #16
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    Te pongo otro ejemplo, cuando contratas algo a través de Internet, no hay un contrato físico a firmar entre las dos partes, basta con que "firmes", clicando sobre un botón, en el que aceptas unas condiciones.

    Cuando clicas, que prueba tienes tu de haber realizado esa contratación? Ninguna

    Lo máximo que puedes hacer, es imprimirte esas condiciones, pero eso no demostraría que tu las has aceptado, sin embargo ellos si pueden demostrar que tu has clicado.

    No se si me entiendes a lo que me refiero.

    Saludos
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  7. #17
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    Muy cierto eso RCB, pero en vías de reclamar tratándose de un seguro que podíamos haber contratado telefónicamente, ¿cómo podemos saber que realmente nos han asegurado?. ¿No existe ninguna vía de poder reclamarles que nunca recibimos una parte de lo que hemos contratado?.
    Lo digo porque hemos estado pagando unas cuotas mensuales durante mucho tiempo y ellos pueden decir: usted contrató telefónicamente con nosotros. Pero ya sabes: ellos tienen la grabación y luego ni te aseguran, y tu no tienes absolutamente nada. Si algún día les reclamas el dinero del seguro pueden decirte: usted no está asegurado. Y no habría manera de probar nada.
    ¿No hay ninguna ley que exija que en un contrato, cada una de las partes tenga alguna "prueba" o copia de lo que se contrató, y que en caso contrario sea inválido?. Al menos en muchas webs dejan bajarte una copia o factura en pdf como prueba de transacción, pero aquí es que no tiene uno nada.
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  8. #18
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    Me refiero al estado de indefensión en que se encuentra el cliente. ¿No se puede hacer nada contra esto?.
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  9. #19
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    Que si, Jal, que te entiendo.

    Me imagino, pero no lo se, si después de la controvertida grabación te tienen que enviar algún documento con el numero de póliza de dicha contratación, que confirme que dicha contratación queda realizada.

    Pero insisto, no lo se.

    Saludos
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  10. #20
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    A ver si existe algo para poder reclamar por esta indefensión y darles un poco por ahí
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