Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Página 3 de 3 PrimerPrimer 123
Resultados 21 al 29 de 29

Tema: NUEVA LEY 1/2025 – CÓMO TE AFECTA SI TIENES MICROCRÉDITOS, TARJETAS ABUSIVAS O DEUDAS

  1. #21
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Elperegrino
    Fecha de ingreso
    15 ene, 21
    Ubicación
    MADRID
    Mensajes
    4,100
    Me gusta (Dados)
    2185
    Me gusta (Recibidos)
    1258
    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Quizás sería bueno incluir en nuestras reclamaciones como paso previo, decirles que vamos a solicitar un MASC, previo a la demanda... De perder la demanda si no lo aceptan, pagarían ellos todas las costas incluido el MASC.

    Yo, si estuviera en el lugar de ellos, atendería las reclamaciones amistosas y evitaría llegar al MASC y posterior demanda.

    Las costas se les van a subir mucho, por que con intereses entre 1000 y 3000% TAE en sus productos, veo difícil pasar el filtro de la ley en todos sus ámbitos.

    Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
    Si sería genial y posible actualizar la DANA. Yo tengo que enviar 4 DANAS
    Recuperadas GRACIAS al foro.

    BBVA 1300€ (2014).
    CASHPER 1000€ (2022).
    WANDOO 300€ (2024)
    2025
    DINEVO 600
    MYKREDIT 2040
    PARETO 142,52
    MONEYMAN 1590,10
    MOVINERO 565,18
    PRESTAMER 1.129,77
    LUZO 33
    MI-PRÉSTAMO 150,44
    LUZO - OSMAR CAPITAL 389,5
    HEIMONDO - MONEYMAN 3250
    SMARTCREDITO - KHORTEX 625
    CREDITERO - BUSINESS ACTION - AKCP 1126
    CASH CONVERTERS 925

  2. #22
    Estado
    Desconectado
    Avatar de dagoperez
    Fecha de ingreso
    04 may, 25
    Mensajes
    99
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    42

    NUEVA LEY 1/2025 – CÓMO TE AFECTA SI TIENES MICROCRÉDITOS, TARJETAS ABUSIVAS O DEUDAS

    Supongo que todo esto hace que el proceso en el que una entidad que ofrece microcréditos te manda un monitorio se ralentizara no??


    Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
    Cantidades recuperadas GRACIAS al foro.

    LOANEY 520€ (2025)
    WANDOO 3805,97€ (2025)
    AVAFIN 3692,77€ (2025)
    FINJET 247,50€ (2025)

    Pendientes o en proceso (2025)

    MYKREDIT (2025)
    MONEYMAN (2025)
    VIVUS (2025)

  3. #23
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Lila345
    Fecha de ingreso
    03 ene, 22
    Mensajes
    8
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    0

    NUEVA LEY 1/2025 – CÓMO TE AFECTA SI TIENES MICROCRÉDITOS, TARJETAS ABUSIVAS O DEUDAS

    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 ha introducido en España la obligación de intentar resolver ciertos conflictos mediante un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de presentar una demanda en los ámbitos civil y mercantil. Esta medida busca fomentar la resolución extrajudicial de disputas y aliviar la carga de los tribunales .

    ¿Qué implica esta obligación?

    Para que una demanda sea admitida, es necesario acreditar que se ha intentado previamente una negociación a través de alguno de los siguientes MASC:

    Negociación directa entre las partes, con o sin asistencia letrada.

    Mediación, con la intervención de un mediador neutral.

    Conciliación, ya sea ante notario, registrador u otro profesional cualificado.

    Opinión de un experto independiente sobre el objeto del conflicto.

    Oferta vinculante confidencial formulada por una de las partes.


    Es obligatorio documentar este intento de resolución extrajudicial. Si no se aporta la documentación que acredite la realización de un MASC, la demanda no será admitida a trámite .

    ¿Existen excepciones?

    Sí, hay situaciones en las que no es obligatorio recurrir a un MASC antes de demandar. Estas incluyen casos relacionados con la protección de derechos fundamentales, violencia de género, medidas cautelares urgentes o asuntos en los que no hay margen de negociación, como ciertas cuestiones de familia .

    ¿Cómo afecta esto a las reclamaciones de deudas?

    En el caso de reclamaciones de deudas, como las que puedan gestionar empresas de recobro, es recomendable que el acreedor intente una negociación previa con el deudor antes de presentar una demanda. Esto puede realizarse mediante una comunicación formal (por ejemplo, un burofax) en la que se proponga una solución extrajudicial al conflicto. Si el deudor no responde o rechaza la propuesta, el acreedor podrá presentar la demanda, adjuntando la documentación que acredite el intento de resolución previa.

    Por tanto, si recibes una comunicación de este tipo, es aconsejable responder, ya que tu participación o falta de ella puede influir en el proceso judicial posterior.




    Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
    Gracias ! Se puede subir el documento para que me ayudéis a identificar si es un masc “ legal “ o no según lo que me has explicado ? Gracias gracias


    Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

  4. #24
    Estado
    Desconectado
    Avatar de MARIBELICA
    Fecha de ingreso
    19 nov, 13
    Ubicación
    CÓRDOBA
    Mensajes
    33,675
    Me gusta (Dados)
    216
    Me gusta (Recibidos)
    14958

    NUEVA LEY 1/2025 – CÓMO TE AFECTA SI TIENES MICROCRÉDITOS, TARJETAS ABUSIVAS O DEUDAS

    Vamos a ver.. Un documento no es un masc.





    ¿Qué profesionales intervienen en un MASC?

    Cuando hablamos de un MASC (Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias), los profesionales que suelen participar son:

    1. Las partes en conflicto

    Son quienes tienen el problema (por ejemplo, un acreedor y un deudor, o dos vecinos con un problema de lindes).

    Pueden ir solas o con asistencia de sus abogados.



    2. Profesionales que facilitan el MASC

    Mediador:

    Es una persona neutral e imparcial.

    Su trabajo es ayudar a las partes a comunicarse y a encontrar por sí mismas un acuerdo.

    No decide quién tiene razón ni impone soluciones.

    Puede ser un mediador privado (contratado directamente) o un mediador de los registros públicos (por ejemplo, en los registros de mediadores acreditados del Ministerio de Justicia o en el colegio profesional).


    Conciliador:

    Similar al mediador, pero su papel es más activo.

    Puede proponer soluciones concretas (no impuestas).

    También debe ser neutral e imparcial.

    Puede ser un conciliador de un servicio público (como el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, SMAC, en temas laborales) o privado.


    Árbitro:

    Es una persona experta que sí tiene capacidad de decidir.

    La decisión del árbitro se llama “laudo” y tiene fuerza de sentencia judicial (es decir, es vinculante).

    Puede ser un árbitro privado o designado por una institución arbitral.




    3. Abogados de las partes (opcional pero muy recomendable)

    Asesoran a las partes sobre sus derechos y las consecuencias de los acuerdos.

    Preparan la documentación (por ejemplo, para que el acuerdo sea válido y pueda elevarse a escritura pública si se quiere).



    4. Notarios o fedatarios públicos (en algunos casos)

    Si las partes quieren que el acuerdo sea aún más seguro y tenga efectos ejecutivos (como si fuera una sentencia), pueden elevarlo a escritura pública.

    El notario da fe del acuerdo alcanzado.






    ¿Cómo se desarrolla un MASC?

    1. Solicitud o invitación: Una de las partes propone a la otra iniciar un MASC.


    2. Aceptación: La otra parte decide si acepta (en la mediación y conciliación, la participación es voluntaria, salvo excepciones como el MASC obligatorio de la nueva Ley 10/2025 para determinados asuntos).


    3. Sesiones:

    El profesional (mediador, conciliador o árbitro) organiza reuniones.

    Se exponen las posturas y se buscan soluciones.



    4. Acuerdo o desacuerdo:

    Si hay acuerdo, se firma un acta o convenio que refleja el contenido.

    Si no hay acuerdo, se emite un acta de finalización que demuestra que se intentó pero no se consiguió.





    ¿Cuándo es obligatorio el MASC?

    Con la nueva Ley 10/2025, en algunos casos civiles y mercantiles es obligatorio intentar un MASC antes de ir al juzgado.
    Si no se hace, el juez puede:

    Suspender el juicio hasta que lo hagan.

    Incluso rechazar la demanda.




    Conclusión

    El MASC es un mecanismo útil y ahora obligatorio en muchos casos. Para que sea válido y eficaz, deben participar las partes interesadas y al menos uno de estos profesionales: mediador, conciliador o árbitro, según el tipo de MASC que se elija. El abogado no siempre es obligatorio, pero casi siempre es recomendable para asegurarse de que los acuerdos respetan los derechos de cada parte y que no hay abusos.





    Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
    Última edición por MARIBELICA; 27/05/2025 a las 00:09
    ASOCIATE A A.C.U.S.A .

    PREGUNTAS FRECUENTES



    Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.


  5. #25
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Lavanda72
    Fecha de ingreso
    24 mar, 21
    Mensajes
    237
    Me gusta (Dados)
    236
    Me gusta (Recibidos)
    90

    NUEVA LEY 1/2025 – CÓMO TE AFECTA SI TIENES MICROCRÉDITOS, TARJETAS ABUSIVAS O DEUDAS

    Gracias Maribelica, siempre tan eficiente.

    Otra duda: los de EOS Spain me enviaron una carta según la cual pusieron la demanda en el mes de marzo.

    Aún no me ha llegado nada del juzgado, pero en el caso de que llegue: se podría alegar que no se ha tramitado el MASC?


    Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

  6. #26
    Estado
    Desconectado
    Avatar de MARIBELICA
    Fecha de ingreso
    19 nov, 13
    Ubicación
    CÓRDOBA
    Mensajes
    33,675
    Me gusta (Dados)
    216
    Me gusta (Recibidos)
    14958

    NUEVA LEY 1/2025 – CÓMO TE AFECTA SI TIENES MICROCRÉDITOS, TARJETAS ABUSIVAS O DEUDAS

    Desde el 3 de abril de 2025, está en vigor en España la Ley Orgánica 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que establece la obligatoriedad de intentar un MASC (Medio Adecuado de Solución de Controversias) antes de interponer una demanda en el ámbito civil y mercantil, salvo en ciertos casos excepcionales .

    ¿Qué implica esta nueva ley?

    Requisito de procedibilidad: Para que una demanda sea admitida, es necesario acreditar que se ha intentado resolver el conflicto mediante un MASC, como la mediación, conciliación, negociación directa, opinión de experto independiente, oferta vinculante confidencial o derecho colaborativo .

    Ámbito de aplicación: Esta obligación se aplica a todos los procedimientos declarativos del Libro II (juicio ordinario y verbal) y a los procesos especiales del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

    Excepciones: No será necesario acudir a un MASC en casos como la tutela judicial civil de derechos fundamentales, adopción de medidas previstas en el artículo 158 del Código Civil, medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad, filiación, paternidad y maternidad, tutela sumaria de la tenencia o posesión de una cosa o derecho, demolición o derribo de obras en estado de ruina, ingreso de menores con problemas de conducta en centros de protección y juicio cambiario .


    ¿Cómo afecta esto a tu situación con EOS Spain?

    Si EOS Spain presentó una demanda en marzo de 2025, antes de la entrada en vigor de la ley, no estaban obligados a acreditar haber intentado un MASC. Sin embargo, si la demanda fue presentada después del 3 de abril de 2025, deberían haber cumplido con este requisito.

    En caso de que recibas una notificación del juzgado y la demanda haya sido presentada después de la entrada en vigor de la ley sin acreditar el intento de un MASC, podrías alegar la inadmisibilidad de la demanda por no cumplir con el requisito de procedibilidad .





    Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
    ASOCIATE A A.C.U.S.A .

    PREGUNTAS FRECUENTES



    Hacerse socio - https://www.foroantiusura.org/thread...formaci%C3%B3n

    GRACIAS A A.C.U.S.A ESTAMOS AQUÍ AYUDÁNDOTE.


  7. #27
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Lavanda72
    Fecha de ingreso
    24 mar, 21
    Mensajes
    237
    Me gusta (Dados)
    236
    Me gusta (Recibidos)
    90
    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Desde el 3 de abril de 2025, está en vigor en España la Ley Orgánica 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, que establece la obligatoriedad de intentar un MASC (Medio Adecuado de Solución de Controversias) antes de interponer una demanda en el ámbito civil y mercantil, salvo en ciertos casos excepcionales .

    ¿Qué implica esta nueva ley?

    Requisito de procedibilidad: Para que una demanda sea admitida, es necesario acreditar que se ha intentado resolver el conflicto mediante un MASC, como la mediación, conciliación, negociación directa, opinión de experto independiente, oferta vinculante confidencial o derecho colaborativo .

    Ámbito de aplicación: Esta obligación se aplica a todos los procedimientos declarativos del Libro II (juicio ordinario y verbal) y a los procesos especiales del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

    Excepciones: No será necesario acudir a un MASC en casos como la tutela judicial civil de derechos fundamentales, adopción de medidas previstas en el artículo 158 del Código Civil, medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad, filiación, paternidad y maternidad, tutela sumaria de la tenencia o posesión de una cosa o derecho, demolición o derribo de obras en estado de ruina, ingreso de menores con problemas de conducta en centros de protección y juicio cambiario .


    ¿Cómo afecta esto a tu situación con EOS Spain?

    Si EOS Spain presentó una demanda en marzo de 2025, antes de la entrada en vigor de la ley, no estaban obligados a acreditar haber intentado un MASC. Sin embargo, si la demanda fue presentada después del 3 de abril de 2025, deberían haber cumplido con este requisito.

    En caso de que recibas una notificación del juzgado y la demanda haya sido presentada después de la entrada en vigor de la ley sin acreditar el intento de un MASC, podrías alegar la inadmisibilidad de la demanda por no cumplir con el requisito de procedibilidad .




    Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
    Hoy me han llamado del Decanato que tienen allí un monitorio para entregarme, así que todo parece indicar que sí presentaron la demanda, y estoy casi segura que fue antes de entrar la ley en vigor.

    Gracias Maribelica

  8. #28
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Jorge299
    Fecha de ingreso
    04 ago, 21
    Mensajes
    352
    Me gusta (Dados)
    175
    Me gusta (Recibidos)
    41
    Wow no conocia esto, es digno de estudio. Lo que para el nuevo usuario va a ser un quebradero de cabeza importante.

  9. Me gusta ERCI indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  10. #29
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Zoompy
    Fecha de ingreso
    15 feb, 24
    Mensajes
    10
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    2
    Muchas gracias por este post tan grandioso. Yo había leído algo pero no sabía hasta qué punto nos podría afectar. Es una pena que no se pueda echar mano de las amenazas, a mí aun esta semana me exigían el pago total de una deuda antes del viernes porque sino ya se iban "con todo" al juzgado a demandarme. Sé que es una falsedad, pero molesta que puedan hacerlo con total impunidad.

  11. Me gusta ERCI, Elperegrino indicó/indicaron que le/s gusta esto.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.