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Tema: Acoso de Axactor

  1. #1
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    Acoso de Axactor

    Buenas tardes.

    Tras unos años tras haberlos perdido de vista, han vuelto a mi vida estos buitres. Todo empieza en 2018 cuando por una deuda con Banco Santander por un préstamo que no pude pagar, la tal Axactor empezó a ejercer las labores del cobro de la deuda. El acoso era lo típico, multitudes de llamadas diarias, correos electrónicos, alguna llamada muy esporádica a algún familiar y muy de vez en cuando enviaban alguna carta al buzón de mi casa. El acoso fue disminuyendo progresivamente hasta que últimamente solo mandaban alguna carta al buzón de forma esporádica. Llamar ya no podían porque cambié de número. Me llama mucho la atención, que ahora que me he vuelto a abrir una cuenta bancaria en el banco con el que tengo la deuda, Axactor haya averiguado mi tlfn y estén llamándome sin parar a diario de nuevo.
    Ayer me llamaron y, tonto de mí, les escuché y hablé con ellos. Les dije que pago lo que reclaman siempre y cuando me den facilidades para el pago y que sobretodo me envíen por correo certificado las condiciones del acuerdo y los comprobantes de la deuda que ellos dicen. Las facilidades de pagos me lo concedieron pero me dijeron que no podían mandarme nada por correo certificado, que solo me o mandarían por correo electrónico. Me han exigido empezar a pagar el primer plazo de la deuda ya la semana que viene sin haberme enviado ninguna documentación ni nada. Por supuesto no lo haré si no envían absolutamente todo debidamente por correo certificado... Lo que me preocupa es el acoso al que empezaré a estar sometido ahora porque sospechosamente han averiguado mi número de tlfn. Estuve años en ficheros de morosidad por esta deuda. Me advirtió el buitre que me llamó que como no pague este primer plazo, me incluirán en ficheros de morosidad. ¿Es posible volver a estar en ficheros de morosidad por esta deuda habiéndolo estado ya durante unos años y ya me han sacado por la antigüedad de la deuda? También me advirtió que iniciarán un monitorio, la verdad que lo prefiero antes que vuelva el acoso al que estuve sometido durante años al comienzo de todo esto.

  2. #2
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    Cita Iniciado por Hcx22 Ver mensaje
    Buenas tardes.

    Tras unos años tras haberlos perdido de vista, han vuelto a mi vida estos buitres. Todo empieza en 2018 cuando por una deuda con Banco Santander por un préstamo que no pude pagar, la tal Axactor empezó a ejercer las labores del cobro de la deuda. El acoso era lo típico, multitudes de llamadas diarias, correos electrónicos, alguna llamada muy esporádica a algún familiar y muy de vez en cuando enviaban alguna carta al buzón de mi casa. El acoso fue disminuyendo progresivamente hasta que últimamente solo mandaban alguna carta al buzón de forma esporádica. Llamar ya no podían porque cambié de número. Me llama mucho la atención, que ahora que me he vuelto a abrir una cuenta bancaria en el banco con el que tengo la deuda, Axactor haya averiguado mi tlfn y estén llamándome sin parar a diario de nuevo.
    Ayer me llamaron y, tonto de mí, les escuché y hablé con ellos. Les dije que pago lo que reclaman siempre y cuando me den facilidades para el pago y que sobretodo me envíen por correo certificado las condiciones del acuerdo y los comprobantes de la deuda que ellos dicen. Las facilidades de pagos me lo concedieron pero me dijeron que no podían mandarme nada por correo certificado, que solo me o mandarían por correo electrónico. Me han exigido empezar a pagar el primer plazo de la deuda ya la semana que viene sin haberme enviado ninguna documentación ni nada. Por supuesto no lo haré si no envían absolutamente todo debidamente por correo certificado... Lo que me preocupa es el acoso al que empezaré a estar sometido ahora porque sospechosamente han averiguado mi número de tlfn. Estuve años en ficheros de morosidad por esta deuda. Me advirtió el buitre que me llamó que como no pague este primer plazo, me incluirán en ficheros de morosidad. ¿Es posible volver a estar en ficheros de morosidad por esta deuda habiéndolo estado ya durante unos años y ya me han sacado por la antigüedad de la deuda? También me advirtió que iniciarán un monitorio, la verdad que lo prefiero antes que vuelva el acoso al que estuve sometido durante años al comienzo de todo esto.
    ¡Gracias por compartir tu situación! Es un caso muy común en España y entiendo perfectamente la ansiedad que puede generar el acoso de empresas como Axactor. Vamos a repasar **qué medidas puedes tomar**, tus derechos y los posibles escenarios legales.

    ---

    ## 1. **Sobre la inclusión en ficheros de morosos**

    - **¿Pueden volver a incluirte?**
    Si ya estuviste incluido en ficheros como ASNEF o Equifax y te eliminaron por antigüedad (normalmente 5-6 años), **no pueden volver a incluirte por la misma deuda** salvo que haya habido algún reconocimiento expreso de la deuda por tu parte (por ejemplo, firmar un acuerdo de pago, abonar algún importe, etc.).
    - **Excepción:**
    Si has reconocido la deuda de alguna manera, podría reiniciarse el plazo de inclusión. Si no lo has hecho, **no pueden volver a inscribirte** por la misma deuda antigua.

    ---

    ## 2. **Sobre el acoso telefónico y la privacidad**

    - **Obtención de tu número:**
    Es habitual que las agencias de recobro utilicen bases de datos, rastreen información pública o incluso obtengan datos de manera dudosa. **Tienes derecho a la protección de tus datos personales** (LOPDGDD y RGPD).
    - **Medidas:**
    - Exige por escrito (correo electrónico sirve) que dejen de contactar por teléfono y que toda comunicación sea por escrito.
    - Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) si consideras que han obtenido o están usando tus datos de manera indebida.

    ---

    ## 3. **Sobre la documentación y los acuerdos**

    - **No pagues nada sin documentación:**
    Haz bien en no abonar ningún importe ni firmar nada sin recibir antes:
    - Reconocimiento de la deuda (certificado, extracto, etc.)
    - Condiciones de pago por escrito
    - Identificación clara del acreedor y del importe reclamado
    - **Correo certificado:**
    Es legítimo exigir que te lo envíen por correo postal certificado. Si insisten en solo enviarlo por email, asegúrate de que sea desde una dirección oficial y guarda todos los correos.
    - **Si pagas algo, podrías estar reconociendo la deuda** y reiniciando plazos legales.

    ---

    ## 4. **Sobre el procedimiento monitorio**

    - **¿Qué es?**
    Es un procedimiento judicial rápido para reclamar deudas dinerarias. Si te llega una notificación de monitorio:
    1. Puedes **pagar**, **oponerte** (si no reconoces la deuda o está prescrita), o **no hacer nada** (en cuyo caso pueden pedir ejecución).
    2. Si la deuda es antigua y está prescrita, puedes alegar la prescripción (normalmente 5 años para préstamos personales).
    - **Ventaja:**
    El monitorio es menos agresivo que el acoso telefónico y te permite defenderte legalmente.

    ---

    ## 5. **Recomendaciones prácticas**

    1. **No cedas a la presión ni al acoso.**
    2. **Solicita toda comunicación por escrito.**
    3. **No pagues ni firmes nada sin documentación.**
    4. **Guarda todas las comunicaciones.**
    5. **Si vuelve el acoso, reclama ante la AEPD.**
    6. **Si te llega un monitorio, consulta con un abogado o acude a un servicio de orientación jurídica del Colegio de Abogados de tu ciudad.**
    7. **Si la deuda está prescrita, alega prescripción.**

    ---

    ## 6. **Recursos útiles**

    - [Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)](https://www.aepd.es/)
    - [Facua - Defensa del Consumidor](https://www.facua.org/)
    - [Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN)](https://www.asufin.com/)

    ---

    ### **Resumen**

    - No pueden volver a incluirte en ficheros de morosos por la misma deuda si ya prescribió y no la has reconocido.
    - No pagues nada ni firmes acuerdos sin documentación clara y por escrito.
    - Puedes exigir que te dejen de llamar y reclamar ante la AEPD.
    - Si te llega un monitorio, puedes defenderte, sobre todo si la deuda está prescrita.

    Si necesitas un modelo de reclamación para la AEPD o para exigir comunicaciones por escrito, dímelo y te lo preparo. ¡Ánimo y no te dejes intimidar!

    Fuentes
    Recuperadas GRACIAS al foro.

    BBVA 1300€ (2014).
    CASHPER 1000€ (2022).
    WANDOO 300€ (2024)
    2025
    DINEVO 600
    MYKREDIT 2040
    PARETO 142,52
    MONEYMAN 1590,10
    MOVINERO 565,18
    PRESTAMER 1.129,77
    LUZO 33
    MI-PRÉSTAMO 150,44
    LUZO - OSMAR CAPITAL 389,5
    HEIMONDO - MONEYMAN 3250
    SMARTCREDITO - KHORTEX 625
    CREDITERO - BUSINESS ACTION - AKCP 1126
    CASH CONVERTERS 925

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  4. #3
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    Acoso de Axactor

    Me temo que sin querer has reconocido la deuda. Espero equivocarme.

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    COMUNICADO PARA LOS QUE SE DEN DE ALTA EN ACUSA: https://www.foroantiusura.org/thread...00#post1160600
    Enlaces útiles e importantes dentro del foro: https://www.foroantiusura.org/thread...entro-del-foro
    Aviso importante. Queda eliminado el foro de presentaciones.
    Te explicamos los motivos de ésta decisión. https://www.foroantiusura.org/thread...PRESENTACIONES

  5. #4
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    Me uno a lo que comenta exkemao: al reconocer la deuda, podrías haber reactivado algo que, si no resides en Cataluña, ya estaría prescrito. Es importante informarse bien antes de responder o asumir nada.

  6. #5
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    Solo fue una conversación telefónica. ¿Aún así habría reconocido la deuda y se reactivarían plazos? (entendiendo que ellos tendrían pruebas de que he reconocido la deuda)

  7. #6
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    Acoso de Axactor

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    Solo fue una conversación telefónica. ¿Aún así habría reconocido la deuda y se reactivarían plazos? (entendiendo que ellos tendrían pruebas de que he reconocido la deuda)
    Yo creo que lo peor que hiciste fue hablar con ellos, y además decir que estás dispuesto a pagar lo que te piden. Yo no soy abogado y me puedo equivocar, a ver si algún compañero nos puede iluminar un poco.

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  9. #7
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    Solo fue una conversación telefónica. ¿Aún así habría reconocido la deuda y se reactivarían plazos? (entendiendo que ellos tendrían pruebas de que he reconocido la deuda)
    @Hcx22, te contesto con base en la normativa aplicable y en la guía que tienes en mi firma (sobre prescripción de deudas), que deberías leer detenidamente porque ahí tienes explicado paso a paso cómo actuar y qué consecuencias puede tener cada acción.

    En relación con tu pregunta: sí, es posible que hayas interrumpido el plazo de prescripción de la deuda, aunque haya sido en una conversación telefónica y sin haber firmado ni pagado nada todavía.

    La razón es que la ley no exige una forma concreta para interrumpir la prescripción; basta con un reconocimiento expreso o tácito por parte del deudor.

    Qué dice la ley exactamente

    El artículo 1973 del Código Civil establece lo siguiente:

    "La prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor, y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor."

    Esto incluye no solo pagos, sino manifestaciones verbales que puedan interpretarse como una aceptación de la deuda o una voluntad de pago, aunque sean informales. Si en esa llamada afirmaste que ibas a pagar o que aceptabas la deuda si te enviaban condiciones por escrito, eso puede calificarse como un reconocimiento claro, y por tanto, reinicia el cómputo de la prescripción desde cero.

    ¿Qué ocurre si no pueden probarlo?

    Aquí hay un matiz importante: para que esa interrupción sea válida ante un juez, deben probarla. Si tú niegas haber reconocido la deuda, y la empresa no tiene grabación o prueba escrita, tendrán muy difícil justificar que la prescripción se interrumpió. Por eso es fundamental que no vuelvas a mantener comunicaciones verbales y te limites a respuestas por escrito.

    Qué debes hacer ahora

    1. No mantengas más conversaciones telefónicas. Exige que cualquier comunicación sea exclusivamente por escrito.
    2. Responde por burofax o carta certificada alegando prescripción. En la guía tienes modelos completos que puedes adaptar a tu caso. Ahí se deja claro que no has reconocido la deuda, ni has recibido demanda, ni has hecho ningún pago que interrumpa el plazo.
    3. Solicita el cese inmediato de cualquier reclamación extrajudicial, y la cancelación de tus datos en ficheros de morosidad.
    4. Guarda una copia de todo. El documento que envíes será clave si en el futuro intentan demandarte o justificar una inclusión en registros de impagados.
    5. Si te llega un procedimiento judicial, responde dentro del plazo (normalmente 20 días hábiles) alegando la prescripción. No lo dejes pasar, porque el juez no la aplica de oficio.

    En resumen

    Aunque no hayas pagado ni firmado nada, el simple hecho de haber expresado tu disposición a pagar puede ser interpretado como reconocimiento de deuda. Si tienen grabada la conversación, es muy probable que puedan usarla como prueba válida para reiniciar el cómputo del plazo de prescripción. Si no tienen pruebas, y tú actúas con rapidez, puedes defender la prescripción alegando por escrito que no la has reconocido formalmente.

    Lee bien la guía para entender qué plazo aplica en tu caso (5 años o 10, según el lugar y el tipo de contrato), y actúa con calma pero de forma inmediata y documentada.

    Si necesitas ayuda para adaptar el modelo de burofax a tu caso concreto, puedo ayudarte a redactarlo correctamente.

    PDF DESCARGAR - GUÍA RÁPIDA CÓMO SOLICITAR LA PRESCRIPCIÓN DE DEUDAS (PLAZOS Y PASOS CLAVE) .pdf

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  11. #8
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    @Hcx22, te aclaro una cuestión importante sobre la llamada que mantuviste con Axactor y qué puedes hacer ahora en relación con ella.

    ¿Puede Axactor usar esa llamada como prueba para interrumpir la prescripción?

    Sí, pero sólo si pueden probar que la llamada cumple con ciertos requisitos legales, y eso no siempre es tan sencillo como parece.

    Según el artículo 1973 del Código Civil, la prescripción se interrumpe por:

    "su ejercicio ante los tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor, y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor."

    Es decir, si reconoces la deuda de forma clara (aunque sea verbal), eso puede reiniciar el cómputo. Ahora bien, para que esa llamada tenga valor legal real como prueba, deben cumplirse varias condiciones:


    1. Debían informarte de que la llamada iba a ser grabada


    Están obligados a hacerlo bajo el artículo 5.1.a del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

    Si no lo hicieron, puedes impugnar esa grabación por haberse obtenido sin cumplir el deber legal de información.


    2. Deben demostrar que eras tú quien hablaba


    Para que esa conversación tenga valor probatorio como “reconocimiento de deuda”, deben poder acreditar que realmente estaban hablando contigo y no con otra persona. Si no verificaron tu identidad, el valor legal de esa prueba queda en entredicho.


    3. Lo que dijiste debe constituir un reconocimiento claro y directo


    No basta con decir “si me lo mandan lo pago”. El Tribunal Supremo exige que el reconocimiento sea claro, concreto y no condicional. Si lo que dijiste fue ambiguo, condicionado o incompleto, puede no ser suficiente para interrumpir la prescripción.


    ¿Qué puedes hacer ahora?


    Puedes tomar las siguientes medidas:

    A. Ejercer tu derecho de acceso (art. 15 RGPD)

    Tienes derecho a pedir a Axactor copia de cualquier grabación en la que se recojan datos personales tuyos (como tu voz o información identificativa). Esto les obliga legalmente a entregarte la grabación o una transcripción.

    Modelo básico:

    "En virtud del artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos, solicito el acceso a cualquier grabación de voz, transcripción o archivo de llamada en el que consten mis datos personales o manifestaciones atribuidas a mí, relativas a cualquier conversación mantenida con su entidad en fecha reciente. Les ruego me remitan copia de dichos registros por escrito."

    Deben responder en un máximo de 30 días.


    B. Si no cumplieron los requisitos, puedes impugnar la grabación

    En caso de que Axactor intente usar la grabación en un proceso judicial, puedes alegar que:

    • No te informaron del uso de la grabación (incumpliendo el RGPD).
    • No acreditaron que eras tú quien hablaba.
    • Lo dicho no fue un reconocimiento claro de deuda.

    Si el juez acepta esos argumentos, la grabación puede ser descartada como prueba de interrupción de la prescripción.


    C. También puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos

    Si crees que han grabado o utilizado tu voz sin cumplir con la normativa de protección de datos, puedes presentar una reclamación formal ante la AEPD (www.aepd.es).

    En resumen: la empresa puede alegar que la llamada reinicia la prescripción, pero sólo si puede probarlo legalmente, y tú tienes margen para defenderte o impugnar esa prueba si no cumple con los requisitos formales. Actúa con rapidez y por escrito para proteger tu posición, y no vuelvas a hablar con ellos por teléfono.

    Si necesitas ayuda para redactar el escrito de acceso a las grabaciones o la impugnación posterior, dímelo y te lo preparo.

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  13. #9
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    Vaya estupidez que cometí…

    Ya con los nervios y la duda no sé si en alguna parte de la conversación reconocí explícitamente la deuda. Lo que sí tengo claro es que durante la conversación les dije que si no mandaban documentación del acuerdo y la deuda que no pagaría nada.
    ¿Como puedo entonces alegar ya que eso está prescrito? Me imagino que en mi caso, al no ser de Cataluña, serían 5 años…

  14. #10
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    Vaya estupidez que cometí…

    Ya con los nervios y la duda no sé si en alguna parte de la conversación reconocí explícitamente la deuda. Lo que sí tengo claro es que durante la conversación les dije que si no mandaban documentación del acuerdo y la deuda que no pagaría nada.
    ¿Como puedo entonces alegar ya que eso está prescrito? Me imagino que en mi caso, al no ser de Cataluña, serían 5 años…
    @Hcx22, ya te lo he explicado en los dos mensajes anteriores y te he dejado un PDF completo que lo detalla todo paso a paso. Lo tienes disponible más arriba en este mismo hilo y también está enlazado en mi firma.

    En resumen:

    Aunque ahora tengas dudas sobre lo que dijiste exactamente en la llamada, el riesgo existe si Axactor puede probar que hiciste algún reconocimiento de la deuda, incluso si fue condicionado. Como te comenté, el artículo 1973 del Código Civil establece que la prescripción se interrumpe por cualquier acto de reconocimiento del deudor, aunque sea verbal.

    Ahora bien, también te he explicado que ellos tienen la carga de probarlo. Y para que esa llamada tenga validez legal real, tienen que demostrar que:

    1. Te informaron de que te estaban grabando.
    2. Hablaban realmente contigo, y no con otra persona.
    3. Lo que dijiste fue un reconocimiento claro e inequívoco, no algo condicionado.

    Por tanto, tienes margen para defenderte, pero debes actuar de inmediato y por escrito, como te indico en el PDF. Ahí tienes los modelos para alegar la prescripción correctamente y los pasos a seguir, tanto si la reclamación es extrajudicial como si llegara a vía judicial.

    Te recomiendo que te leas detenidamente el PDF y los mensajes que te he enviado, porque ahí tienes toda la información que necesitas para saber si la deuda está prescrita y cómo actuar para protegerte.

    Si necesitas que te ayude a redactar el burofax o a solicitar acceso a la grabación, dímelo. Pero primero, por favor, léete bien todo lo que ya tienes disponible.

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