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Tema: apunte en el CIRBE del banco de España de una deuda judicializada.

  1. #1
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    apunte en el CIRBE del banco de España de una deuda judicializada.

    Buenos días:
    Hace como 3 años denuncié judicialmente una tarjeta wizink oro.
    Les debía 11000 euros. Al enterarse de que les había denunciado me hicieron una oferta telefónica, que era perdonarme todo menos 1067 euros. Les dije que me lo enviaran por correo electrónico, pero me dijo que no, que o lo aceptaba o tendría que pagar todo de golpe. Les dije que no aceptaba.
    Vino el juicio y lo gané pero ellos apelaron. Eso hace 3 años desde la denuncia.
    hace como una semana voy a pedir un préstamo y me lo deniegan porque me dicen que tengo una anotación den el cirbe de 1067 euros con situación de operación I21.
    Como me corre prisa, he intentado pagar dicha deuda (ya lo reclamaré después) y me ha sido imposible. He llamado a todos los teléfonos de esta panda de usureros y no me dan solución.
    Lo he reclamado al banco de España, porque en teoría no se pueden meter deudas judicializadas y la cantidad se la ha inventado wizink.
    No se lo que tardarán en contestar.
    Mientras tanto no me dan ningún tipo de financiación.
    Ya os iré contando....
    Un saludo.

  2. #2
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    Avatar de jl72
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    A mí me suena más a excusa para denegarte la financiación. Creo que hay algo más detrás que no te están diciendo, como tu historial crediticio. Y sinceramente, dudo que te la hubieran concedido aunque no tuvieras ese apunte.

    Lo digo desde mi punto de vista: yo tengo un apunte de un préstamo personal de 16.000 €, una hipoteca que también aparece reflejada, y he estado en ASNEF. Aun así, el banco lo vio todo en su momento y, a día de hoy, tengo disponible un préstamo personal inmediato de hasta 48.000 €.

    Esto no quiere decir que no lo intentes, por supuesto. Sólo digo que miran muchas más cosas además del CIRBE: tu nómina, si eres considerado cliente de riesgo (que no sé exactamente cómo lo miden), tu relación con la entidad… En fin, un conjunto de factores que hacen que te concedan o no la financiación.

  3. #3
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    apunte en el CIRBE del banco de España de una deuda judicializada.

    Si tienes un apunte con I21 en Cirbe, no te van a dar nada, es un código por insolvencia del cliente.
    Con respecto a lo que comenta j72, el que tengas preaprobado un préstamo por una cantidad X, no significa que te lo den xq es un préstamo que tiene también su estudio fuera de la entidad, xq para tu entidad puedes ser un magnífico cliente pero de ahí para fuera…
    En definitiva, hay muchos factores para la concesión de un préstamo pero tener ese código en cirbe, te cierra las puertas.


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  5. #4
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    apunte en el CIRBE del banco de España de una deuda judicializada.

    1. Situación en CIRBE (clave I21):
    La clave I21 indica que la operación está vencida y en situación irregular, normalmente tras un impago prolongado o reclamación judicial. Si hay un procedimiento judicial en marcha o ya ha habido una sentencia (aunque no sea firme), la entidad no debería seguir reportando esa deuda como vencida si no hay una resolución firme que reconozca el importe reclamado.


    2. El importe de 1.067 €:
    Si ese importe no figura en ninguna sentencia y solo fue ofrecido de forma verbal como "acuerdo", no puede considerarse una deuda líquida, vencida y exigible. En ese caso, incluirlo en CIRBE puede ser considerado una infracción del deber de veracidad y exactitud en los datos reportados.


    3. Imposibilidad de pagar esa cantidad:
    Aunque se quiera pagar "para quitarse el problema", si la entidad no facilita un canal claro para hacerlo, o no reconoce la deuda documentalmente, no es recomendable pagar sin antes dejar constancia por escrito de que el pago no supone reconocimiento de la deuda ni renuncia a futuras reclamaciones.


    4. Reclamación al Banco de España:
    Es una vía adecuada, aunque el Banco de España no tiene capacidad sancionadora. Solo emite informes con valor orientativo. En este caso concreto, lo importante es destacar:

    Que se trata de una deuda discutida judicialmente.

    Que no hay resolución firme.

    Que el importe anotado no coincide con ninguna sentencia ni contrato firmado.



    5. Qué hacer mientras tanto:

    Pedir el informe CIRBE actualizado para confirmar qué entidad mantiene la anotación y en qué condiciones.

    Enviar reclamación formal a la entidad exigiendo la eliminación de la anotación y justificación del importe.

    Si no responden, presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por tratamiento indebido de datos personales, ya que la inclusión en CIRBE implica una cesión de datos que requiere base legal clara.

    Si la situación lo permite, estudiar la posibilidad de presentar medidas cautelares o reclamación por daños si la anotación está causando perjuicio económico injustificado.







    Conclusión:

    Si la deuda está judicializada, no existe acuerdo firmado y no hay sentencia firme que reconozca la deuda, la inclusión en CIRBE de ese importe no tiene justificación legal. Esta práctica puede vulnerar los principios de exactitud y minimización del tratamiento de datos personales, además de obstaculizar el acceso a financiación de forma indebida.

    Quien esté en esta situación está haciendo lo correcto reclamando, y tiene herramientas legales para exigir la corrección de sus datos, incluso aunque no pueda resolverlo de inmediato.



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  6. #5
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    Al final reclamé en el Cirbe y me ha contestado que va a bloquear el apunte mientras se pone en contacto con wizink. Me gustaría denunciar a estos mafiosos porque lo han hecho de mala fé. Si quita el apunte wizink puedo denunciarles posteriormente?.

  7. #6
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    Muchas gracias por las respuestas. Saludos

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