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Tema: Vivus

  1. #11
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    Avatar de gandalfelblanco
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    Si, lo comprendo pero en esa demanda de deuda entre otras cosas en sus oposición se debería haber alegado usura, abusividad y haber solicitado reconvencción por haber pagado 2mil euros en intereses, y o bien no se hizo o bien el juez no lo tuvo en cuenta. Si por cada demanda dineraria se pueden poner 2 una por deuda y luego la contraparte por usura y abusividad pues es la primera vez que yo leo esto por aquí.Por ejemplo
    En su momento El Coete Inglés me demandó por una deuda, yo la perdí, ahora quieres decir que yo puedo demandarles por usura y abusividad?
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  2. #12
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    vaya tae de los bajitos jejeje yo tube uno del 26693.33 imajite jejeje a vivis ni agua

  3. #13
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    Vivus

    Cita Iniciado por gandalfelblanco Ver mensaje
    Si, lo comprendo pero en esa demanda de deuda entre otras cosas en sus oposición se debería haber alegado usura, abusividad y haber solicitado reconvencción por haber pagado 2mil euros en intereses, y o bien no se hizo o bien el juez no lo tuvo en cuenta. Si por cada demanda dineraria se pueden poner 2 una por deuda y luego la contraparte por usura y abusividad pues es la primera vez que yo leo esto por aquí.Por ejemplo
    En su momento El Coete Inglés me demandó por una deuda, yo la perdí, ahora quieres decir que yo puedo demandarles por usura y abusividad?
    Buena pregunta. Vamos por partes, porque estás planteando un tema muy relevante: si es posible presentar una demanda posterior contra una entidad financiera por usura o abusividad cuando ya hubo una demanda judicial previa por impago, incluso con sentencia firme.

    1. ¿Se puede presentar una nueva demanda por usura/abusividad después de perder un juicio por impago?

    Sí, en determinados casos es posible, aunque con matices importantes.

    ???? El Tribunal Supremo lo ha permitido en ocasiones.

    Aunque se haya dictado una sentencia por impago de deuda (por ejemplo, una reclamación de cantidad en procedimiento monitorio o verbal), eso no impide que posteriormente tú puedas demandar al prestamista alegando que el contrato contenía cláusulas abusivas o que era usurario.
    Esto se ha hecho, por ejemplo, en casos de tarjetas revolving o créditos rápidos con intereses desproporcionados.

    > Sentencias del TS como la 149/2020 (revolving) o las posteriores, reconocen el derecho del consumidor a reclamar intereses ya pagados si eran usurarios o abusivos, aunque no se haya opuesto correctamente en su momento.



    2. ¿Qué problemas puedes encontrar si hubo una sentencia anterior?

    ? Cosa juzgada

    Es el principal obstáculo. Si en el procedimiento anterior se alegó usura o abusividad y el juez lo valoró expresamente, puede considerarse que ya está resuelto y no se puede volver a reclamar.

    Pero si no se alegó, o no se resolvió ese punto (por ejemplo, porque el consumidor no compareció o no tuvo defensa técnica), entonces se puede presentar una nueva demanda.

    3. Entonces… en tu caso con El Corte Inglés, ¿podrías demandar ahora por usura?

    Depende de estos factores:

    ¿La demanda que perdiste era solo por impago, o se resolvió algo más?

    ¿Tu defensa (si la hubo) incluyó alegaciones de usura o cláusulas abusivas?

    ¿Pagaste intereses desproporcionados (TAE superior al 20%)?

    ¿Dispones de documentos o extractos que lo acrediten?


    Si no se valoró en juicio anterior la posible usura o abusividad, podrías:

    Reclamar la nulidad de la cláusula de intereses por abusiva o por usura (Ley de Represión de la Usura de 1908).

    Solicitar la devolución de lo pagado en exceso, o la nulidad del contrato si es revolving.


    > Incluso aunque te hayan embargado o hayas terminado de pagar, podrías reclamar si el contrato era nulo por usura. La nulidad radical no prescribe.














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