
Iniciado por
MARIBELICA
1. Sobre el uso de la carta DANA y qué adjuntar
Sí, puedes y debes usar la carta DANA para dejar constancia de tu rechazo a los intereses abusivos. Si además quieres ofrecer el pago del capital pendiente, puedes indicarlo en la carta o en un párrafo aparte: por ejemplo, “manifiesto mi voluntad de abonar únicamente el capital pendiente una vez compensadas las cantidades indebidamente cobradas”.
No estás obligado a enviar todos los contratos, aunque si los tienes, puedes adjuntarlos para dejarlo todo claro. Pero basta con que les mandes el cuadro resumen con fechas, cantidades prestadas, cantidades pagadas y cálculo del exceso. Es importante que tú guardes bien toda la documentación por si llegara un juicio.
En resumen: DANA + cuadro resumen es suficiente. Si quieres, añade un párrafo breve explicando que estás dispuesto a pagar la diferencia si tras restar lo pagado de más todavía queda capital.
2. Si no acceden a negociar: ¿pagar el capital o esperar?
Aquí tienes dos opciones válidas, y depende de lo que tú prefieras:
Opción 1: Pagar solo el capital prestado.
Si lo haces, deja constancia clara en el concepto de la transferencia de que se trata del "capital prestado sin intereses usurarios".
Luego, guarda justificante y captura, y envías un correo avisando de que has pagado la cantidad justa y no estás dispuesto a abonar intereses abusivos.
Esto no significa que estés reconociendo los intereses. Estás mostrando buena fe. En caso de monitorio, puedes aportar el justificante.
Opción 2: No pagar hasta que acepten negociar o hasta que te demanden.
Si prefieres esta opción, también es válida, sobre todo si tienes dudas de que acepten quitarte de los ficheros o si no te dan un documento de deuda cancelada.
En resumen: ambas opciones son defendibles. Pagar el capital muestra tu intención de saldar la deuda, y puede ayudarte ante un juez. No pagar si no hay acuerdo también es válido si quieres conservar más fuerza en la negociación.
3. Si dicen que han vendido la deuda
Aunque te digan que han vendido la deuda, sí puedes enviar la DANA a la empresa original, ya que fue la que te prestó el dinero.
También puedes escribir a la empresa de recobro, pero siempre dejando claro que rechazas los intereses abusivos y que la deuda ya está vencida.
Si negocias con la nueva empresa, pide siempre justificante de cesión de deuda, es decir, que te acrediten que legalmente ahora son los titulares de tu deuda.
4. Cuándo mandar burofax y por qué
El burofax se envía cuando no contestan al primer correo, o si lo hacen con una negativa rotunda y agresiva. Sirve para dejar constancia legal fehaciente de tu posición.
Puedes esperar 20-30 días tras el primer correo, y si no contestan o la respuesta no es satisfactoria, entonces enviar burofax.
También puedes aclarar en el correo inicial que, si no responden, procederás a enviar burofax para dejar constancia.
5. Negociaciones parciales (te lo bajan un poco)
Si te dicen: “te dejamos la deuda en 280 € en vez de 470 €”, aún sigue siendo usura si el capital fue, por ejemplo, 200 €.
En esos casos puedes contestar:
“Agradezco la propuesta de reducción, pero no puedo aceptar ninguna cantidad superior al capital prestado, ya que considero que el resto son intereses usurarios. Estoy dispuesto a abonar únicamente el capital, como ya he manifestado.”
Siempre puedes volver a ofrecer el pago del capital y cerrar el tema.
6. Empresas que no envían contrato (como DISPON)
Es una práctica habitual y contraria a la normativa de transparencia. Tú ya has pedido el contrato y guardado la solicitud. Con eso es suficiente por tu parte.
En tu cuadro, especifica que no te han facilitado el contrato. Eso también te favorece si se judicializa.
7. Plazos y gestión del proceso tras mandar las DANA
Algunas empresas contestan en 10-15 días, otras no contestan nunca. Si no recibes respuesta en 30 días, puedes enviar burofax o pasar directamente al siguiente paso: pago del capital, o simplemente esperar.
Después de una respuesta negativa o silencio, puedes enviar un segundo correo o burofax reiterando tu posición, o proceder a pagar el capital si decides hacerlo.
8. Sobre si pagar puede perjudicarte o beneficiarte judicialmente
Pagar el capital NO te perjudica. Puedes hacerlo y dejar constancia de que lo haces en base a los abusos sufridos y para demostrar tu buena fe.
Un juez verá que has intentado llegar a un acuerdo, y que has saldado lo justo. Eso te puede beneficiar si hay juicio.
Lo importante es no pagar de más, ni firmar acuerdos que reconozcan toda la deuda, ni aceptar condiciones abusivas.
9. Hablar o no con empresas de recobro
Puedes hablar con ellas si lo deseas, pero no estás obligado.
Si lo haces, insiste siempre en lo mismo: “Acepto pagar el capital prestado, no los intereses abusivos. No he firmado nada con ustedes, por tanto quiero el contrato original y la cesión legal.”
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10. Resumen para que puedas actuar mañana
1. Prepara los correos con:
Carta DANA personalizada.
Cuadro resumen.
Adjunta contratos solo si lo ves necesario.
2. Envíalos por email con copia a tu carpeta.
3. Espera 20-30 días.
4. Si no hay respuesta o hay negativa:
Puedes pagar el capital.
O mandar burofax.
5. Si hay demanda, podrás defenderte con pruebas de todo lo anterior.
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