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Tema: Oposición deuda Investcapital

  1. #1
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    Oposición deuda Investcapital

    Buenas noches, Investcapital me demandó por una deuda de una tarjeta de BBVA, presenté oposición y ahora Investcapital a impugnado esa oposición con lo cual seguramente me toque pagar lo que me piden...Mi pregunta es la siguiente,si el juez dice que debo pagar yo no me niego pero solamente cobro 480€ de subsidio por desempleo al mes,el importe total de la deuda son 1700€, no tengo ahorros ni bienes ni nada por el estilo,y es que me matarían aunque me fraccionasen la deuda porque si con los 480€ no llego a fin de mes no quiero imaginarme si tuviera que quitarme por ejemplo 50€ para pagar la deuda...habría alguna opción más en caso de que tuviese que pagar?es que si me embargan tengo que estar pendiente siempre que cobre para sacar el dinero porque como hacen barridos y te dejan sin nada...

  2. #2
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    En tal caso no podrán cobrar nada, en casos así no suelen ser tan torpes de gastarse dinero en demandas si están reclamando a alguien insolvente.

  3. #3
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    Oposición deuda Investcapital

    Que InvestCapital haya impugnado tu oposición al procedimiento monitorio no significa en absoluto que vayas a perder el caso. Es importante que tengas esto muy claro: impugnar una oposición es algo completamente habitual, forma parte del trámite procesal. De hecho, en la práctica, la gran mayoría de las oposiciones que se presentan a un monitorio son impugnadas por la parte demandante. Es su forma de mantener activa su reclamación y rebatir tus argumentos, pero eso no implica que tengan razón ni que el juez les vaya a dar la razón automáticamente.

    Tú ya has cumplido con el paso más importante: presentar tu escrito de oposición, con tus alegaciones, pruebas o fundamentos jurídicos. Ahora, con la impugnación, lo que hace la parte actora es simplemente responder a tus argumentos para tratar de desvirtuarlos. Pero la decisión final la toma el juez, de manera imparcial, valorando lo que habéis planteado ambas partes.

    Así que ahora lo que toca es esperar a que el juzgado decida.
    Si el juez considera que tus motivos son fundados, puede desestimar la demanda, total o parcialmente.
    Si no los acepta, podría condenarte, pero como ya hemos comentado, una condena no implica que te puedan cobrar de inmediato si no tienes bienes o ingresos embargables.

    En resumen:

    Que hayan impugnado tu oposición no es una mala señal, es un paso más del procedimiento.

    No significa que vayas a perder.

    Tú ya has hecho tu parte, y ahora le toca al juzgado resolver.





    1. El subsidio por desempleo es inembargable

    El subsidio por desempleo que estás cobrando (480 euros mensuales) no puede ser embargado, ya que está por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 es de 1.134 euros al mes.

    Esto se basa en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que establece que el salario o ingreso que no supere el SMI es inembargable en su totalidad.

    Por tanto:

    Aunque el juez dicte sentencia en tu contra, no te podrán embargar directamente ese subsidio.

    Si no tienes más bienes ni otros ingresos, no podrán ejecutar eficazmente el cobro de la deuda.



    ---

    2. Precauciones con el embargo en cuentas bancarias

    Aunque el subsidio sea inembargable, si se ingresa en una cuenta bancaria, los juzgados pueden ordenar un embargo sobre la cuenta, y los bancos no diferencian el origen del dinero a menos que se acredite.

    Qué puedes hacer:

    Retirar el subsidio en cuanto se ingrese en tu cuenta.

    Solicitar al SEPE que te lo ingresen en una cuenta específica para ese fin, que no compartas con otras operaciones.

    En caso de embargo sobre la cuenta, puedes presentar un escrito al juzgado solicitando el levantamiento del embargo, justificando que el dinero procede del subsidio y es inembargable.



    ---

    3. Si el juez dicta que debes pagar y no puedes

    En caso de que el juez falle a favor de InvestCapital, no tienes obligación de pagar voluntariamente si no puedes. La parte demandante podrá solicitar la ejecución de la sentencia, pero si no tienes ingresos superiores al SMI ni bienes a tu nombre, no habrá posibilidad real de ejecución efectiva.

    Tampoco te pueden imponer sanciones ni consecuencias penales por no pagar una deuda civil.

    Si te notifican una ejecución, puedes presentar un escrito exponiendo tu situación económica, indicando que no puedes afrontar ningún pago ni siquiera fraccionado.


    ---

    4. En caso de mejora económica futura

    En caso de que en el futuro obtengas un empleo o una pensión superior al SMI, podrían embargarte una parte proporcional del exceso.
    La ley establece tramos progresivos para el embargo, nunca se embarga el 100 % del salario.


    ---

    5. Recomendaciones para estar más protegida

    Retira el subsidio del banco en cuanto lo cobres.

    Si se embarga la cuenta, presenta un escrito solicitando el levantamiento del embargo, alegando que procede de subsidio inembargable.

    Conserva documentación que acredite tu situación económica: resolución del subsidio, extractos bancarios, recibos de gastos,


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  4. #4
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    Cita Iniciado por Maki1989 Ver mensaje
    Buenas noches, Investcapital me demandó por una deuda de una tarjeta de BBVA, presenté oposición y ahora Investcapital a impugnado esa oposición con lo cual seguramente me toque pagar lo que me piden...Mi pregunta es la siguiente,si el juez dice que debo pagar yo no me niego pero solamente cobro 480€ de subsidio por desempleo al mes,el importe total de la deuda son 1700€, no tengo ahorros ni bienes ni nada por el estilo,y es que me matarían aunque me fraccionasen la deuda porque si con los 480€ no llego a fin de mes no quiero imaginarme si tuviera que quitarme por ejemplo 50€ para pagar la deuda...habría alguna opción más en caso de que tuviese que pagar?es que si me embargan tengo que estar pendiente siempre que cobre para sacar el dinero porque como hacen barridos y te dejan sin nada...
    Que impugnen tu oposición no quiere decir que ganen automáticamente. Meteos esto en la cabeza por favor. Es normal que lo hagan. Simplemente, tienen derecho a impugnarla y todo dios lo hace. Pero al final aquí quien decide es el de la toga y el mazo digan lo que digan ellos. Calma y paciencia, por favor. En cuanto a tu pregunta, ese dinero es absolutamente inembargable. Es decir que, hasta que tengas mejor fortuna (como dice la ley, refiriéndose a que encuentres un trabajo o te toque la lotería, por ejemplo) lo único que les queda es ajo(derse) y agua(ntarse). No es tu problema. Lo único que tienes que tener cuidado es retirar esos 480 euros en cuanto te entren en la cuenta porque ahí sí que te la pueden barrer en cualquier momento y tendrías que ir a reclamar ese dinero al juzgado (y tarda). Por lo demás tus ingresos son inembargables en este momento.

  5. #5
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    Muchísimas gracias de verdad,me quedo un poco más tranquila, yo querria evitar el embargo siempre que se pudiese pero ojalá y pudiese pagar...una pregunta bajo mi ignorancia,lo de declararse insolvente es complicado verdad?Gracias de corazón.

  6. #6
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    Oposición deuda Investcapital

    Sobre tu pregunta: declararse insolvente no es complicado en sí, pero depende de varios factores personales y requiere estar bien asesorada. Te explico de forma clara:


    ???? ¿Qué significa declararse insolvente?

    Significa que no puedes pagar tus deudas porque tus ingresos o bienes no son suficientes. Esto puede reconocerse:

    Ante el juzgado, a través de la Ley de Segunda Oportunidad (para intentar cancelar parte o todas las deudas).

    De forma práctica, al no tener bienes embargables o ingresos suficientes, aunque no se haya tramitado nada oficialmente.




    ???? ¿Es complicado?

    No es complicado si cuentas con ayuda adecuada. Lo que necesitas es:

    1. Buena documentación: ingresos, deudas, situación personal.


    2. Un abogado/a que conozca bien la Ley de Segunda Oportunidad (en tu caso, la asociación ACUSA te está ayudando, lo cual es un buen paso).


    3. No haber actuado de mala fe (por ejemplo, ocultando bienes o pidiendo muchos créditos sabiendo que no ibas a poder pagarlos).




    ???? ¿Qué pasa si no lo haces oficialmente?

    Aunque no inicies un procedimiento oficial, si no tienes ingresos embargables o bienes, puedes estar en la práctica en “insolvencia de hecho”, y aunque te demanden, no podrán embargarte más allá de lo que la ley permite (como ya sabes: nómina por encima del mínimo, coche o casa si valen mucho más que la deuda, etc.).



    ???? ¿Y si quiero hacerlo bien?

    Si decides seguir el camino oficial con la Ley de Segunda Oportunidad, se puede lograr la cancelación de las deudas, pero requiere algo de tiempo, orden y estar bien acompañada por profesionales.



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