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Tema: Procedimiento monitorio

  1. #151
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    Ni caso karymorosa, son recobradores que intentan que pagues esa deuda asustándote, las típicas cartas asustaviejas a las que no debes hacer ni caso. Ya verás como no te llega ningún expediente ni nada. De todas formas, en cualquier otra deuda que tengas, si te llega un monitorio por una cantidad inferior a 2000 euros siempre puedes oponerte a este monitorio tu misma sin necesidad de contratar abogado y procurador. Si es mayor de 2000 euros siempre podrías pedir justicia gratuíta, etc... Todavía te queda mucho para que te ocurra algo, no te agobies ¿ok?.
    Si te molestan con llamadas tu a esa gente no los conoces de nada y los puedes hasta denunciar en la Guardia Civil/Policía Nacional presentando como prueba las numerosas llamadas y acoso telefónico, a menos que hayas recibido una carta certificada, telegrama o burofax diciéndote que le han pasado la deuda a estos "señores". Te queda mucho por leer, por favor empieza por los enlaces que ves arriba cuando se hace la presentación del foro en color ocre. Usa también el buscador del foro (arriba a la derecha).
    Sería bueno que te presentaras en el apartado de "Presentaciones". Un saludo.
    Venid a mí todos los que estáis trabajados y cargados, y yo os haré descansar.
    Llevad mi yugo sobre vosotros, y aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón; y hallaréis descanso para vuestras almas.

  2. #152
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    Actualización: Desde el 14 de abril de 2011 las grandes empresas (aquellas cuya cifra de negocio anual supere los 8 millones de €) deben aportar junto con la petición inicial de procedimiento monitorio justificante (modelo 696) de haber satisfecho la tasa judicial estipulada en la Ley 53/2002:

    a) Para los procesos monitorios de cuantía superior a 3.000 €, 50 €.
    b) Además, se aplica el 0,5% sobre la cuantía reclamada (siempre que sea inferior a 1.000.000 €).

    Sin el justificante de pago, el Secretario Judicial no dará curso al mismo.
    Última edición por Javier_L; 28/09/2012 a las 00:00
    De este número son también los usureros, tiranos y cruelísimos rapiñadores, que roban y despedazan con usuras a la mísera plebe: Es usura todo aquello que se recibe además del capital que se dió, ya dinero, ya qualquiera cosa... pues por Ezequiel está escrito: "No recibirás usura, ni más de lo que diste (Ez., 18, v.17) [Catecismo romano compuesto por decreto del sagrado Concilio Tridentino]

  3. #153
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    Gracias por la noticia Javier_L
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  4. #154

    inv482679
    Avatar de inv482679
    Gracias Javier!!!

  5. #155
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    Cita Iniciado por Ocnur Ver mensaje
    Javier_L
    Bachiller antiusura

    Desde: 07/May/2010

    RE: Procedimiento monitorio

    Escrito originalmente por ubuntu09

    Tengo una duda:

    Si por ejemplo tienes una deuda con un banco(prestamo, tarjeta) de más 900€, y tú consideras que te han incluido en la deuda intereses de demora y comisiones que no se corresponden con el contrato pactado, pero ellos inician un monitorio, y te deniegan el abogado de oficio, no puedes oponerte a la reclamación, y el juez ordena la ejecución de una cantidad injusta...

    Pregunto, ¿se pueden reclamar los intereses y comisiones ilegales despues de que pase el monitorio?

    No se si me he explicado bien.

    Supongo que te refieres a si después de recaída sentencia en el monitorio puedes alegar ante el Juez la ilegalidad de tales intereses y comisiones, ¿verdad?

    Pues no, en principio la deuda cierta, vencida y exigible que queda fijada en la sentencia como debida por el deudor es ya inatacable en la ejecución.
    Buenas, sobre esto me gustaria preguntar una cosa...
    En mi caso acabo de enviar cartas a los SACS para reclamar el documento único, tienen 2 meses para contestar y en caso de que no me contesten le envio carta al BDE... mi duda es que si mientras espero esta informacion que he solicitado, me mandan un monitorio, como voy a defenderme sino tengo datos exactos de lo que me han hinchado la deuda, no puedo oponerme sin toda la información..
    ¿Entonces al final, pagaré algo que no debo realmente?
    Saludos y gracias

  6. #156
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    [QUOTE=IRIDINA;13936]Muy bien yawhara, no sirve para nada. Ellos te ponen un monirorio y despues quieren negociar. JA. Tal y como están los juzgados saben que van a cobrar cuando las ranas echen pelo.[/QUOT

    Hola, yo en estos temas na de na y pregunto... si ponen un monitorio y tardara mucho, ellos pueden ir sumando intereses al importe que reclaman inicialmente en el monitorio... o ahi se paraliza la deuda hasta que se resuelva el monitorio.
    Saludos y gracias

  7. #157
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    Precisamente tu defensa al monitorio se tiene que basar en que no has recibido la documentación solicitada, provocandote la entidad un estado de indefensión.

    Saludos
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  8. #158
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    OK, gracias por responder

  9. #159
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    Hola,
    Despues de haber leído todo el subforo, tengo dudas, ya estoy claro en cuanto al desarrollo del proceso hasta la oposicion del monitorio. A partir de ahí, segun he leído cuando el juez dictamina la sentencia como realmente le debes una cantidad a la parte acreedora, la unica solucion que leo es el embargo. Es esto así?. El Juez no tiene en cuenta tu situación, ingresos, gastos, etc., para dictar solamente el embargo o ademas puede dar otra solución, no se, ejecutar como sentencia el continuar pagando la letra que hasta el momento del impago venias pagando, o reducir esa cuota o incrementarla, no se, cualquier otra que no sea el embargo, porque de ser así, lo mejor es tratar de llegar a un acuerdo con el acreedor en mi caso el banco, yo tengo la esperanza de que a mi pareja no le embarguen la nomina, y el juez dicte otra sentencia y nos ponga en contacto o nos contacte la entidad bancaria para llegar a un acuerdo de pago.. En fin por vuestra experiencia hay algun otro final, o mejor aun como es ese final?,
    Un saludo
    Un millon de graciasaasss.

  10. #160
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    vamos a ver manolo2012 las sentencias donde un juez dicte algo fuera de lo comun se cuenta con los dedos y sobran dedos,si llegas a juicio y no has podido pagar antes y no puedas pagar ahora pues lo normal sera que te embargaran y si no tienes propiedades y tienes nomina pues te embargaran la parte que corresponda y si no trabajas pues no te embargaran hasta que tengas algo,pero que acuerdo vas a llegar si ellos ya tienen la sarten por el mango,es mas es preferible que llegado a este punto sea ya el embargo por el juzgado,lo demas son lios.

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