
Iniciado por
Pepezgz
Gracias Karen, ya lo vi y desde luego nunca hemos tenido nada de eso. Ya te digo que ni se nos preguntó si queríamos seguro o no y por supuesto nunca tuvimos las el tocho de las condiciones.
Tenía claro (bueno reconozco alguna dudilla) lo que explicaste de la póliza por eso realmente lo que me genera la duda es ese artículo 3º de las condiciones particulares. Lo que yo entiendo es que en ese apartado de la condiciones de adhesión de las condiciones generales se referiría precisamente a la póliza de adhesión, es decir que haría falta firmar esa famosa póliza.
Sin embargo el famoso artículo 3º al sustituir esos requisitos haría que solo fuese necesario ser titular de un contrato de financiación de financiera pryca, con lo que no sería necesaria la firma de esa póliza.
Perdona mi torpeza, pero es el único punto que veo un poco suelto y que podrían poner como contra, para dejar todo lo más atado posible.
Te agradezco tu ayuda.