Derecho al Honor
La Constitución Española garantiza en su Título I el "Derecho al Honor" junto a los derechos a la intimidad personal y familiar hacia todos los ciudadanos sin excepción alguna.¿Qué es el derecho al honor?
El honor es aquel derecho que a la imagen pública y social, al buen nombre y a la reputación.
Este Derecho lo tenemos todas las personas sin excepción, como un derecho único, personal e irrenunciable, propio de todo ser humano.
La realidad práctica del Derecho al Honor se pone de manifiesto en la obligación exterior a cada persona de que se la respete, dentro de su propia esfera personal cualquiera que sea la trayectoria vital del individuo.
¿Qué elementos contiene el honor?
El honor está compuesto por dos elementos complementarios como son:
1) el honor interno y
2) el honor externo.
El primero, es decir, el honor interno, sería "ideal e intangible, que posee el hombre como ser racional y que se identifica con la dignidad de la persona".
Sin embargo el honor externo sería "en el que se concreta el anterior", es decir, sería el juicio que la comunidad proyecta sobre el individuo, es decir, la reputación o fama social.
¿Qué constituye el honor de una persona?
El honor se integra por dos aspectos:
a.- El de la inmanencia, representado por la estimación que cada persona hace de sí misma, y
b.- El de trascendencia, integrado por el reconocimiento que los demás hacen de nuestra dignidad
¿Cómo se regula el derecho al honor en España?
Se regula a través de una Ley Orgánica (ley que protege derechos fundamentales), llamada "Ley Orgánica de Protección Civil al Honor, a la Intimidad Personal y familiar y a la Propia Imagen.
Esta ley desarrolla el artículo 18.1 de la Constitución, que reconoce que los Derechos al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen tienen el rango de fundamentales.
También hay un reconocimiento del derecho a la honorabilidad en la ley orgánica del derecho de rectificación de las publicaciones llevadas a cabo por medios de comunicación, como desarrollo legal del respeto de tales derechos como límite al ejercicio de las Libertades de Expresión que la propia constitución española reconoce y protege con el mismo carácter de fundamentales.
También el Derecho al Honor se encuentra regulado en la legislación penal, amparado por las prescripciones contenidas en el libro II, Título X, del vigente Código Penal, a través de la consideración de ilícitos de naturaleza criminal, los graves atentados contra la honorabilidad personal a través de los delitos privados de injurias y calumnias.
¿De qué se protege el derecho al honor?
La protección constitucional y legal del derecho fundamental al honor de las personas, y a su intimidad personal y familiar, así como a la Propia Imagen, se ordena frente a todo género de:
a.- Injerencia en el derecho de la personalidad.
b.- Intromisión ilegítima en su ámbito de protección.