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Tema: RESPUESTA DE SMARCREDITO A LA DANA

  1. #1
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    Avatar de kiles
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    Cool RESPUESTA DE SMARCREDITO A LA DANA

    Buenas tardes, tras haber remitido la DANA a Smarcredito reclamando 120 euros tras haber solicitado 4 prestamos de un total de 470 euros, me han contestado lo siguiente:

    "Estimado cliente,
    En primer lugar, gracias por ponerse en contacto con nosotros. Valoramos cualquier queja o sugerencia que nuestros clientes puedan tener sobre nuestros servicios.
    Por favor, encuentre adjunto a la presente comunicación todas las documentaciones solicitadas, las cuales ya fueron entregadas en el momento de concesión de todos los préstamos concedidos:

    1. Los contratos de préstamo,
    2. Información normalizada europea sobre los créditos al consumo solicitados,
    3. Las condiciones generales de contratación de los préstamos solicitados,
    4. Certificados cancelación de los préstamos pagados.

    Respecto a la disconformidad que nos manifiesta sobre los tipos de intereses pactados en sus contratos, le informamos que actualmente ninguna entidad pública recaba datos sobre los precios de los micropréstamos ni publica estadísticas sobre los mismos. De hecho, el Banco de España no está obligado a publicar las estadísticas de precios de empresas fuera de su supervisión, como sería nuestro caso. Por lo tanto, las estadísticas publicadas por el Banco de España no reflejan a día de hoy los tipos medios de una categoría tan específica como es el caso del micropréstamo. Por consiguiente, tras la ausencia de estadísticas por parte de entidades públicas con respecto al tipo medio previsto para con los microcréditos, podemos acudir al informe emitido por el Centro de Estudios de Consumo (CESCO), que congrega y examina los tipos medios aplicados a aquellos micropréstamos concedidos por las empresas asociadas a AEMIP (como es el caso de la presente), así como los datos recabados sobre estos precios por las asociaciones independientes de consumidores ASUFIN y FACUA.

    Por tanto, una vez analizadas las circunstancias del caso concreto y teniendo en cuenta el informe mencionado, podría determinarse que los tipos de intereses aplicados en sus contratos no resultarían manifiestamente desproporcionados, y, por ende, estos no podrían considerarse usurarios.

    A mayor abundamiento, hemos analizado de forma particular el proceso de comercialización y las cláusulas de sus contratos que regulan los tipos de intereses y hemos identificado que, en su caso concreto, concurren todos los elementos necesarios que permiten a un consumidor medio y normalmente informado comprender el funcionamiento del método de cálculo de los intereses de la operación, y, en particular, el alcance de los compromisos adquiridos en virtud de los contratos firmados y el coste total de sus préstamos, por lo que concluimos que todos los contratos firmados son plenamente válidos y se ajustan a la legalidad vigente.

    Esperando haberle podido facilitar una respuesta e información útil, deseamos manifestarle nuestro agradecimiento por la confianza depositada en Smartcredito y por la oportunidad que nos ofrece de mejorar la calidad de nuestro servicio.
    Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

    Equipo de SMARTcredito."



    Imagino que esto es algo que mandan siempre para escusarse y no se si se puede seguir reclamando o hay algún tipo de carta de disconformidad.

    Se aceptan sugerencias

  2. #2
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    Avatar de peperco
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    Cita Iniciado por kiles Ver mensaje

    A mayor abundamiento, hemos analizado de forma particular el proceso de comercialización y las cláusulas de sus contratos que regulan los tipos de intereses y hemos identificado que, en su caso concreto, concurren todos los elementos necesarios que permiten a un consumidor medio y normalmente informado comprender el funcionamiento del método de cálculo de los intereses de la operación, y, en particular, el alcance de los compromisos adquiridos en virtud de los contratos firmados y el coste total de sus préstamos, por lo que concluimos que todos los contratos firmados son plenamente válidos y se ajustan a la legalidad vigente.
    El abundamiento del consumidor medio , queriendo decir: Por añadidura, además, por si fuera poco ; de tontos nos tratan con todo este párrafo. Si ni entendemos una factura de la Luz, que para eso hay que hacer un Master, como consumidores medios, comprendemos el funcionamiento del método de calculo de los intereses, seguro.

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  4. #3
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    Avatar de MARIBELICA
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    RESPUESTA DE SMARCREDITO A LA DANA

    Esta respuesta de Smartcredito es la típica "carta estándar para quedar bien y acojonar al que no insiste más", pero no es un cierre definitivo, ni mucho menos. Vamos a desarmar su "respuesta legalita" con claridad y sin miedo:


    ---

    Respuesta para mandarles de vuelta (adaptada, clara y firme)

    Asunto: Contestación a su escrito de fecha [pon fecha de su email] – Reclamación DANA

    Estimados señores:

    He recibido su respuesta a mi reclamación, en la que pretenden justificar la legalidad de los intereses aplicados con argumentos que no desvirtúan en absoluto la realidad: que sus préstamos son claramente usurarios y, por tanto, nulos de pleno derecho, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

    En particular, la Sentencia 149/2020, de 4 de marzo, establece que el tipo de interés debe compararse con el tipo medio del crédito al consumo publicado por el Banco de España, y no con estudios privados, como el de AEMIP, que representa a los propios prestamistas y carece de imparcialidad.

    Tampoco es válido acudir a informes de asociaciones privadas como ASUFIN o FACUA para justificar intereses desproporcionados. Lo que debe aplicarse es la doctrina consolidada del Tribunal Supremo, no las estadísticas que les convienen a ustedes.

    Les recuerdo que, según dicha jurisprudencia:

    > “Si el interés estipulado es notablemente superior al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionado, el préstamo debe considerarse usurario y, por tanto, nulo.”



    Además, la entrega de contratos o documentos no subsana un interés abusivo, ni elimina el derecho del consumidor a reclamar la nulidad del contrato y la devolución de las cantidades pagadas en exceso.

    Por tanto, reitero mi reclamación por usura, y les informo de que, de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo de 15 días, me reservo el derecho a acudir a los tribunales, sin más trámite, reclamando la nulidad de los contratos, la devolución íntegra de lo pagado en exceso y los intereses legales correspondientes.

    Atentamente,
    [Firma o nombre completo]




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