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Tema: NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE

  1. #71
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    NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE

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  3. #72
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    NO SE DONDE PONER ESTO Y NECCESITO AYUDA URGENTE

    Asunto: Contestación a su segundo mensaje intimidatorio

    Estimados señores:

    Gracias por su nuevo intento de intimidación camuflado bajo la fórmula de “atención al cliente”.
    Su frase:
    “Es lo normal cuando tienes dos deudas impagadas con nosotros. Un saludo.”
    merece, al menos, una respuesta a la altura de su escasa cortesía y dudosa legalidad.

    ¿Lo normal?
    No. Lo normal en un Estado de Derecho no es lanzar reproches o amenazas veladas sin procedimiento alguno.
    Lo normal es acreditar la deuda, notificarla formalmente y permitir el ejercicio de derechos al supuesto deudor.
    Lo normal es actuar conforme a la legislación vigente, no practicar el cobro por presión psicológica.

    Les recuerdo que la Ley de Crédito al Consumo (Ley 16/2011) exige total transparencia e información clara sobre las condiciones del crédito. En caso de no haberla, la nulidad del contrato o la de sus cláusulas abusivas puede ser total o parcial, como ha establecido reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE.

    Además, el tono condescendiente y amenazante que emplean puede vulnerar derechos fundamentales del consumidor, recogidos en el artículo 51 de la Constitución Española y desarrollados por el Real Decreto Legislativo 1/2007.

    De hecho, según la Sentencia del Tribunal Supremo 96/2020, de 13 de febrero, la utilización de prácticas de presión o intimidación para cobrar una deuda puede dar lugar a indemnización por daños morales e, incluso, responsabilidades penales si persisten en el acoso.

    Les exijo:

    1. Que cesen de inmediato en este tipo de comunicaciones improcedentes.


    2. Que remitan, si se atreven, toda la documentación contractual y contable que respalde su reclamación, de forma clara y detallada.


    3. Que recuerden que el envío de comunicaciones intimidatorias y no solicitadas podrá ser objeto de reclamación ante la Dirección General de Consumo, así como ante la Agencia Española de Protección de Datos si afecta a mis derechos como persona titular de los datos.



    No les temo, señores. Les estudio.
    Y cada línea suya me da más argumentos para ir donde verdaderamente se rinden cuentas: ante el juez o la administración competente.

    Atentamente,
    [Tu nombre o alias legal]
    Miembro de la Asociación de Consumidores A.C.U.S.A.
    A disposición para seguir dialogando… jurídicamente.






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  7. #74
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    Asunto: Contestación a su segundo mensaje intimidatorio

    Estimados señores:

    Gracias por su nuevo intento de intimidación camuflado bajo la fórmula de “atención al cliente”.
    Su frase:
    “Es lo normal cuando tienes dos deudas impagadas con nosotros. Un saludo.”
    merece, al menos, una respuesta a la altura de su escasa cortesía y dudosa legalidad.

    ¿Lo normal?
    No. Lo normal en un Estado de Derecho no es lanzar reproches o amenazas veladas sin procedimiento alguno.
    Lo normal es acreditar la deuda, notificarla formalmente y permitir el ejercicio de derechos al supuesto deudor.
    Lo normal es actuar conforme a la legislación vigente, no practicar el cobro por presión psicológica.

    Les recuerdo que la Ley de Crédito al Consumo (Ley 16/2011) exige total transparencia e información clara sobre las condiciones del crédito. En caso de no haberla, la nulidad del contrato o la de sus cláusulas abusivas puede ser total o parcial, como ha establecido reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TJUE.

    Además, el tono condescendiente y amenazante que emplean puede vulnerar derechos fundamentales del consumidor, recogidos en el artículo 51 de la Constitución Española y desarrollados por el Real Decreto Legislativo 1/2007.

    De hecho, según la Sentencia del Tribunal Supremo 96/2020, de 13 de febrero, la utilización de prácticas de presión o intimidación para cobrar una deuda puede dar lugar a indemnización por daños morales e, incluso, responsabilidades penales si persisten en el acoso.

    Les exijo:

    1. Que cesen de inmediato en este tipo de comunicaciones improcedentes.


    2. Que remitan, si se atreven, toda la documentación contractual y contable que respalde su reclamación, de forma clara y detallada.


    3. Que recuerden que el envío de comunicaciones intimidatorias y no solicitadas podrá ser objeto de reclamación ante la Dirección General de Consumo, así como ante la Agencia Española de Protección de Datos si afecta a mis derechos como persona titular de los datos.



    No les temo, señores. Les estudio.
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    Gracias infinitas
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    yo ya les he enviado los dos textos ,a ver al segundo que responden

  12. #77
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    yo ya les he enviado los dos textos ,a ver al segundo que responden
    El tercero mio no lo han respondido, pero me da igual mañana se lo vuelvo a enviar.
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    a mi al segundo correo me han contestado esto:
    Es un mensaje puramente informativo y claro: estar en mora se penaliza y cada día aumenta tu deuda.

    Un saludo.
    me dan ganas de contestales diciendoles pues vosotros sois los que estais en mora debiendome a mi, asi que cada dia que pasa tambien tendria que penalizaros

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  16. #79
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    a mi al segundo correo me han contestado esto:
    Es un mensaje puramente informativo y claro: estar en mora se penaliza y cada día aumenta tu deuda.

    Un saludo.
    me dan ganas de contestales diciendoles pues vosotros sois los que estais en mora debiendome a mi, asi que cada dia que pasa tambien tendria que penalizaros
    Pues si deberíamos de enviar un email en mora. A mi me lo envían dos veces por semana. Y cuando no respondo lo intensifican
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    Sí, reenviarlo por correo electrónico es buena idea, especialmente si adjuntas el burofax escaneado o en PDF, mencionando que ya fue enviado previamente y exigiendo una respuesta inmediata y por escrito.




    Asunto: Reiteración de comunicación formal – Reclamación pendiente

    Cuerpo del mensaje:

    Buenas tardes,

    Adjunto nuevamente el burofax que les fue remitido con fecha [indica la fecha de envío], del cual no han tenido la mínima cortesía ni obligación legal de acusar recibo ni dar respuesta.

    Resulta inaceptable que, pese a haber formulado una reclamación formal por los cauces legalmente previstos, sigan enviándome recordatorios automatizados cargados de tono amenazante y chulesco, ignorando deliberadamente la comunicación recibida.

    Les exijo que cesen de inmediato este acoso injustificado y que respondan, por escrito y sin más dilación, al contenido del burofax que les reitero adjunto. En caso contrario, entenderé su silencio como una negativa a resolver el asunto por vía amistosa y me veré obligada a ejercer las acciones legales pertinentes ante la Dirección General de Consumo y otras instancias competentes.

    No admitiré más evasivas ni mensajes genéricos. Exijo una respuesta clara, formal y definitiva en un plazo máximo de 5 días naturales.

    Atentamente,
    [Tu nombre completo]
    [Tu DNI, si lo consideras necesario]
    [Tu dirección de contacto, si quieres añadirla]






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    Como he enviado este texto a 6 correos diferentes. Pues me han respondido de clientes@dispon.es y de clientes@necesito-dinero.es


    Buenas tardes,

    Consideramos que el contrato celebrado con usted se ajusta en todo momento a la legislación vigente.

    Igualmente, previo al desembolso, se le informó de las condiciones de contratación del préstamo (INE) hecho que usted aceptó y que junto con el contrato, rigen la evolución del préstamo. El incremento del importe es sólo imputable al impago de la deuda.

    Nuestra sociedad no es una entidad de crédito sujeta a la normativa del Banco de España, ni al resto de normativa u órdenes indicados por usted en su email.

    En relación a la información contractual relativa a los servicios prestados, indicarle que la totalidad de la información ha sido remitida al correo electrónico facilitado por usted en el formulario de solicitud, previo a la contratación, al cual, se le ha enviado copia puntual de toda la documentación relativa a los servicios prestados.

    Con respecto a los movimientos bancarios relacionados con la actividad mantenida, tiene la posibilidad de obtener copia de dichos movimientos a través de su entidad bancaria.

    Su expediente permanecerá incluido en el registro de morosidad mientras mantenga su deuda pendiente de pago. Puede contactar con el Departamento de Recobros en el 913990759.

    Un saludo,
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