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Tema: Sobre fondos buitre. Reflexiones.

  1. #11
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    Avatar de Pablo63
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    No entro en el fondo de monitorios o declarativos pero disiento de lo que dices si hablamos de ejecuciones hipotecarias o mpólizas de préstamo, es decir, si hablamos de ejecuciones de títulos no judiciales. Y disiento cuando dices:

    "No existe tal documentación ni expedientes. Y esto es sencillo de entender ya que según la ley organica 15/1999 de 13 de diciembre no se pueden entregar expedientes a terceros sin autorización de sus titulares , y esto nunca ocurre por mucho que la cartera de deudas este comprada ante notario. Esta comprada solo la deuda , no el expediente"

    No es así. la compra de créditos fallidos se hace en escritura pública y ante Notario bajo la figura de CESION de créditos por lo que sí se transmite el expediente, no solo la deuda. Además, si te revisas cualquier préstamo hipotecario o póliza de crédito, verás la autorización de cesión de datos a terceros a los solos efectos de cesión o reclamación de duda...ésto les salva.

    Pero te admito que ALGO tiene que parar la sucesión procesal de los cesionarios buitres ante las ETNJ presentadas previamente por cedentes....


    No es así. Si te revcisas cualquier prés

  2. #12
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    Avatar de jotaramon
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    Llevas razón. La compra de un crédito fallido se hace en escritura publica y ante notario bajo la figura de cesion de créditos. Pero te recuerdo que estamos hablando de "fondos buitre" , donde se compran carteras de millones de euros de deuda a un precio bajísimo, con el fin de sacarle rentabilidad. En esa cartera van deudas vencidas , deudas ya pagadas, deudas extinguidas, deudas inexistentes .... de todo. Y lo que firmas ante notario y en escritura publica es la cartera de deuda.

    Es algo que se esta viendo a diario. Buscan saldar esas deudas haciendo el minimo ruido posible y con quitas extraordinarias. A las mas interesantes les interponen proceso monitorio. En el momento en que se opone y la solución pasa por juicio ordinario sucede que se paraliza el proceso. Motivo: falta de documentación. Falta de EXPEDIENTE. (Ojo, que me refiero a deudas de esa cartera comprada por el fondo buitre, no a otras)

  3. #13
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    Avatar de José Vicente
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    En pocas palabras, en el camino del ciudadano de a pie le ponen piedras para que tropiece al caminar, pero a las empresas de recobros, "buitres" y de dudosa legalidad, les allanan el camino para seguir atropellando al más débil, es decir al ciudadano de a pie. Y las justicia mientras dormitando. OLE la Justicia.

  4. #14
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    gracias

    que wena información consigues¡¡
    gracias por subirlo¡
    SEGUROS DE HOGAR,OTRO TIMO +
    tanto tienes,tanto vales.
    todos quieren tu dinero,todos,no sólo los bancos

  5. #15
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    o sea, que si un fondo buitre de estos me pide una deuda de la que no sé nada desdes hace unos años, y yo, como recobradores que son ni si quiera les contesto al teléfono, en el caso de ir al juzgado a reclamarme, tendrá que demostrar al juez que yo tengo con ellos dicha deuda. Si no tienen documentación ni nada sobre mi deuda, no lo pueden demostrar. En mi caso el fondo buitre no me ha incluido en asnef, solo me llama por teléfono unas dos veces al año, yo les digo que no los conozco de nada que no tengo tal deuda que ellos dicen y que no quiero nada con ellos y que me olviden.

    Espero que entonces, me pidan la deuda judicialmente, pero claro, son demasiado listos

  6. #16
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    Avatar de jotaramon
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    Cita Iniciado por norseas Ver mensaje
    o sea, que si un fondo buitre de estos me pide una deuda de la que no sé nada desdes hace unos años, y yo, como recobradores que son ni si quiera les contesto al teléfono, en el caso de ir al juzgado a reclamarme, tendrá que demostrar al juez que yo tengo con ellos dicha deuda. Si no tienen documentación ni nada sobre mi deuda, no lo pueden demostrar. En mi caso el fondo buitre no me ha incluido en asnef, solo me llama por teléfono unas dos veces al año, yo les digo que no los conozco de nada que no tengo tal deuda que ellos dicen y que no quiero nada con ellos y que me olviden.

    Espero que entonces, me pidan la deuda judicialmente, pero claro, son demasiado listos
    Por supuesto si te demandan judicialmente , la carga de la prueba les corresponde a quien te reclama. Si lo que quieres es seguridad reclamales documentación por escrito y con acuse de recibo a ver por donde respiran.

  7. #17
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    Avatar de Pablo63
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    Cita Iniciado por jotaramon Ver mensaje
    Llevas razón. La compra de un crédito fallido se hace en escritura publica y ante notario bajo la figura de cesion de créditos. Pero te recuerdo que estamos hablando de "fondos buitre" , donde se compran carteras de millones de euros de deuda a un precio bajísimo, con el fin de sacarle rentabilidad. En esa cartera van deudas vencidas , deudas ya pagadas, deudas extinguidas, deudas inexistentes .... de todo. Y lo que firmas ante notario y en escritura publica es la cartera de deuda.

    Es algo que se esta viendo a diario. Buscan saldar esas deudas haciendo el minimo ruido posible y con quitas extraordinarias. A las mas interesantes les interponen proceso monitorio. En el momento en que se opone y la solución pasa por juicio ordinario sucede que se paraliza el proceso. Motivo: falta de documentación. Falta de EXPEDIENTE. (Ojo, que me refiero a deudas de esa cartera comprada por el fondo buitre, no a otras)
    Vamos a ver, jotaramón:

    Tengo un Cliente (S.A.) con una póliza de crédito impagada por un pastonazo y afianzada por dos de sus socios y con todo su patrimonio (varios inmuebles). bankia les presenta en 2011 una ejecucion de títulos no judiciales correctamente (con certificacion notarial de ejecutivdad, sin cláusulas abusivas, etc...).
    Justo antes de despacharse ejecución Bankia anuncia que se aparta del proceso por haberle cedido el crédito a OKO INVESTMENT quien sí se dirige a mi Cliente + fiadores mediante carta ordinaria reclamando la deuda y nombrando a Cobralia como su entidad gestora.
    has pasado casi dos años desde ese escrito de aprtamiento y OKO aún no ha sucedido procesalmente a Bankia en los autpos ETNJ.....obviamente Cobralia persigue físicamente a mis Clientes hasta el punto de ofrecerles la condonación de la deuda si abonan un 10% del importe reclamado...¿crees que NO suceden procesalmente por faltar el expediente notarial de cesión?, ¿algo tan básico se les escapa para una deuda de casi un kilo?

  8. #18
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    Si, precisamente,se les ha escapado algo.

    Si no tienen mas documentacion que un documento donde firman que compran una deuda donde solo pone cantidad e identidad del deudor.

    Tambien te recuerdo que los correos ordinaros no son una forma fehaciente de requerimiento de deuda ni de informacion de cesion.

    A si que,mientras que no les llegue un requerimiento formal y fehaciente,tus clientes no deben hacer mas caso que a la publicidadque les llega al buzon.

    Creeme que si tuvieran documentacion para pedir la ejecucion de esos titulos no juduciales,no le estarian llamando ni mandandole papelitos por correo ordinario.

    Y mas por la cantidad de pasta que dices.

    Lo llevan claro contigo tus clientes. Y los de OKO con estos procedimientos ,una de dos, o no quieren o no pueden cobrar la deuda.

    Esto lo he sacado de una noticia del 2012 que habla de ellos.
    Pese a lo que se podría pensar en un primer momento, Aktiv Kapital y Oko Investments no son fondos buitres al uso, sino empresas especializadas en la recuperación de impagados. Es decir, una mezcla entre las populares ‘Cobrador del Frac’ o ‘Monasterio del Cobro’ y las reunificadotas de deudas que tan de moda se pusieron al inicio de la crisis.


    La noticia la puedes ver en este enlace.
    http://www.elboletin.com/index.php?noticia=57768
    Última edición por Amazona22; 07/11/2013 a las 08:59

  9. #19
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    Tu solo te contestas, algo se le escapa.

    Si hay patrimonio y bienes como para cubrir la deuda, porque Bankia se aparta del proceso y cede , vende o lo que sea a Oko y no ejecuta Bankia ? Porque vender esa deuda seguramente a un precio infinitamente menor que su valor principal? Solo se me ocurren 2 cosas , o por ser incobrable porque la ejecución seria imposible por falta de aval o porque la ejecución seria imposible por falta de documentación. Por falta de aval parece que no es . Solo me queda una.

    Pero vamos a la segunda parte. Porque Oko compra esa deuda?. La única que se me ocurre es porque la compro barata y metida en una cartera de deudas en las cuales no puedes elegir esta si, esta no.

  10. #20
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    Tu solo te contestas, algo se le escapa.

    Si hay patrimonio y bienes como para cubrir la deuda, porque Bankia se aparta del proceso y cede , vende o lo que sea a Oko y no ejecuta Bankia ? Porque vender esa deuda seguramente a un precio infinitamente menor que su valor principal? Solo se me ocurren 2 cosas , o por ser incobrable porque la ejecución seria imposible por falta de aval o porque la ejecución seria imposible por falta de documentación. Por falta de aval parece que no es . Solo me queda una.

    Pero vamos a la segunda parte. Porque Oko compra esa deuda?. La única que se me ocurre es porque la compro barata y metida en una cartera de deudas en las cuales no puedes elegir esta si, esta no.

    No jotaramón. La cesión de la deuda a OKO formaba parte de un paquete de créditos que OKO compra a Bankia en julio 2011 mediante la conocida "Operación Hispania".
    Y muy posiblemente Bankia prefiere no ejecutar sobre fiadores porque sus inmuebles tenían previas hipotecas con otras entidades bancarias preferentes en créditos. Obviamente ese mismo motivo puede paralizar a OKO (digamos Cobralia), acostumbrado a pillar lo que sea por encima del precio de compra....pero es que NI SIQUIERA intentan negociar.
    ¿Puede que haya revertido esta póliza de nuevo a Bankia en virtud de una posible cláusula de saneamiento?

    Y por cierto, si hay ETNJ instado previamente x la cedente, en tiendo innecesaria la notificación fehaciente de cesión a mis Clientes ya que a la cesionaria le basta y sobra con suceder procesalmente a su cedente bankia. El juzgado hace esa función de fehacdiencia al notificarle la sucesión y otrogarle diez días para oponerse. ¿qué opinas?

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